Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2015 (18/06/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano Jueves 18 de junio de 2015

555397
un alcance institucional, al ser de aplicacion obligatoria por las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con roles diferenciados y complementarios a la vez. Los roles de provision, articulacion en el territorio y seguimiento y evaluacion son ejercidos plenamente por los tres niveles de gobierno, con enfasis y participaciones diferenciadas en funcion a las intervenciones especificas y la normatividad vigente. Tiene ademas, un alcance en todo el ambito territorial, por cuanto, el Desarrollo Infantil Temprano debera ser promovido como una politica publica universal en todo el territorio de la nacion. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Articulo 9º y 10º, Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, en Sesion Extraordinaria de fecha trece de MORDAZA del dos mil quince, aprobaron la siguiente Ordenanza Regional; ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR el Plan Regional para Contribuir con la Reduccion de Desnutricion Cronica Infantil y Prevencion de Anemia en menores de 03 anos, Ucayali 2015-2017 Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ucayali, asegurar la implementacion, monitoreo y evaluacion de la Politica Regional propuesta, con participacion activa de los sectores de Salud, Educacion, Vivienda, Construccion y Saneamiento, ademas de los Gobiernos Locales. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano", en un diario de circulacion regional, y la Oficina de Sistemas su difusion en el MORDAZA institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion. En Ucayali, a los trece dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Ucayali, en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali, a los veintidos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gobernador Regional (e) 1251444-1

lineamientos juridicos nacionales, la cual cuenta con un MORDAZA normativo vigente. Que el principal objetivo es Disminuir la Desnutricion Cronica Infantil y la Prevencion de la Anemia en menores de tres anos y asi salvaguardar la salud de los ninos en crecimiento y desarrollo. Que es un Derecho que les asiste. Que, el Gobierno Regional de Ucayali tiene que contribuir con la integracion del MORDAZA sano para el desarrollo social en la Region de Ucayali con relacion a la Politica Nacional de Desarrollo e Inclusion Social. Basandose al Plan Nacional para la Reduccion de la Desnutricion Cronica Infantil y la Prevencion de la Anemia en el MORDAZA, 2014-2016, por lo tanto la Region de Ucayali cuenta con un indice elevado de desnutricion cronica infantil que demuestra segun la Organizacion Mundial de la Salud (OMS), emitido tambien en la Encuesta Demografica de Salud Familiar (ENDES). Que, con Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, la Presidencia del Consejo de Ministros, define y establece las Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional. El Articulo 2º, numeral 6.2, del Decreto Supremo en mencion, senala que, son Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento, en materia de inclusion: "Desarrollar programas destinados a reducir la mortalidad infantil, prevenir las enfermedades cronicas y mejorar la nutricion de los menores de edad". Mientras que, en relacion al aumento de las capacidades sociales, es de obligatorio cumplimiento: "Apoyar las estrategias nacionales, regionales y locales de lucha contra la pobreza y seguridad alimentaria, asi como los Planes Nacionales Sectoriales para ser articulados con los planes de desarrollo comunitario, local y regional". Que, la Convencion por los Derechos del MORDAZA, en el Articulo 24º, numeral 2), literales c), d) y e), contemplan que, los Estados Partes adoptaran medidas apropiadas para la aplicacion de la tecnologia disponible y el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua potable salubre (...), para asegurar atencion sanitaria prenatal y postnatal apropiada a las madres; y para asegurar que todos los sectores de la sociedad, y en particular los padres y los ninos, conozcan los principios basicos de la salud y la nutricion de los ninos, las ventajas de la lactancia materna, la higiene y el saneamiento ambiental (...). En este mismo contexto, el Articulo 28º senala que, los Estados partes, reconocen el derecho del MORDAZA a la educacion y, a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades ese derecho (...). Que, el Plan Regional de Accion por la Infancia y la Adolescencia, aprobado con Ordenanza Regional Nº 0102014-GRU/CR, plantea como Primer Objetivo Estrategico: Mejorar el crecimiento y nutricion de las ninas y ninos menores de 5 anos de la Region Ucayali, prioritariamente focalizados en zonas rurales y pueblos indigenas. Que, el Sistema Regional de Atencion Integral de la Primera Infancia, aprobado con Ordenanza Regional Nº 013-2014-GRU/CR, gestiona de manera concertada y articulada, la formulacion, implementacion, seguimiento y evaluacion de las politicas regionales y locales de atencion integral de la Primera Infancia de la region Ucayali, cuya finalidad es garantizar la proteccion, defensa y promocion de los derechos de los ninos y ninas como personas y ciudadanos plenos; asi como asegurar el adecuado desarrollo y la expansion de sus capacidades como individuos; generando el acceso efectivo a oportunidades de desarrollo integral. Que, segun la Organizacion Mundial de la Salud OMS, la prevalencia de Desnutricion Cronica Infantil en ninos menores de cinco anos, en Ucayali, es de 24,5% en el 2013. De acuerdo al reporte anual 2013, del Sistema de Informacion del Estado Nutricional - SIEN, segun distritos, la mayor proporcion de DCI en ninos menores de cinco anos en el 2013 se encuentra en los distritos de Yurua (52,4%), Iparia (48,1%), Purus (46,67%), Tahuania (44,6%) y Raymondi (42,0%); sin embargo, los distritos que mayor numero de ninos con DCI son Yarinacocha (2006 menores de 5 anos con DCI), Calleria (1964 menores de 5 anos con DCI) y Manantay (1385 menores de 5 anos con DCI). Segun la Encuesta Demografica y de Salud Familiar - ENDES, el 53,6% menores de tres anos, padecen de anemia en nuestra region, porcentaje que podria ir en ascenso en un 2,7%, segun el analisis a nivel regional del SIEN Que, la Resolucion Suprema Nº 413-2013-PCM senala que lo ambitos de aplicacion de los Lineamientos para la Gestion Articulada Intersectorial e Intergubernamental orientada a promover el Desarrollo Infantil Temprano, tiene

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BRENA
Aprueban el Cuadro para Asignacion de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 439-2015/MDB-CDB Brena, 14 de MORDAZA del 2015. EL MORDAZA DEL DISTRITO DE BRENA POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Brena, en Sesion Ordinaria de la fecha,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.