Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2015 (18/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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El Peruano Jueves 18 de junio de 2015

Disponen embanderamiento, limpieza y pintado de fachadas de predios
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2015-A/MDB Brena, 5 de junio del 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley Nº 30305, Ley de Reforma de los articulos 191º, 194º y 203º de la Constitucion Politica del Peru sobre denominacion y no reeleccion inmediata de autoridades de los Gobiernos Regionales y de los Alcaldes, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia (...); Que, el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 senala que: "Los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de intereses para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal"; Que, el 28 de MORDAZA del 2015 se celebra el Centesimo Nonagesimo MORDAZA (194º) Aniversario de la Proclamacion de la Independencia del Peru; proclamada por Don MORDAZA de San MORDAZA y Matorras, asi como tambien el dia 15 MORDAZA del presente ano, se conmemora el 66º Aniversario de la Creacion Politica del Distrito de Brena, por lo que corresponde promover que la ciudadania reafirme su identidad con la gesta emancipadora y su mensaje de MORDAZA y de afirmacion como actora de su propio destino; por lo que es deber del Gobierno Local realzar los acontecimientos civicos, incentivando la participacion del vecindario y afirmando el respeto a los simbolos patrios; Que, ante estos importantes acontecimientos, se requiere de la participacion conjunta de los vecinos, instituciones privadas, clubs, MORDAZA y establecimientos comerciales de nuestra jurisdiccion, a fin de expresar nuestro MORDAZA civico patrio, mediante el Embanderamiento General del Distrito de Brena; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el articulo 20º literal 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General de los predios del Distrito de Brena del 01 de MORDAZA al 31 de MORDAZA del presente ano, con ocasion de conmemorarse el Centesimo Nonagesimo MORDAZA (194º) Aniversario de la Proclamacion de la Independencia del Peru y el 66º Aniversario de la Creacion Politica del Distrito de Brena, incluyendose en esta disposicion a todos los predios, MORDAZA privados o publicos, de vivienda o comercio. Articulo Segundo.- DISPONER que los predios del distrito deberan estar debidamente presentados, con la limpieza adecuada y el pintado correspondiente, de conformidad con el articulo 93º numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Articulo Tercero.ESTABLECER que el incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia MORDAZA lugar a la aplicacion de las infracciones previstas en el CUIS de la Municipalidad de Brena. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA que entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, a la Subgerencia de Participacion Vecinal y Programas Alimentarios y a la Subgerencia de Fiscalizacion Administrativa, la implementacion, difusion y ejecucion del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. WU MORDAZA MORDAZA 1251806-1

Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo de la Municipalidad al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 157-2015-MDB Brena, 28 de MORDAZA del 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTO: El Informe Nº 325-2015-SGRH-GAF/MDB de fecha 11.05.2015 emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos; el Memorandum Nº 242-2015-GAF/MDB de fecha 12.05.2015 emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas; el Informe Nº 145-2015-GAJ/MDB de fecha 22.05.2015 emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; sobre la designacion del responsable de remitir ofertas de empleo al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley Nº 30305, Ley de Reforma de los articulos 191º, 194º y 203º de la Constitucion Politica del Peru sobre denominacion y no reeleccion inmediata de autoridades de los Gobiernos Regionales y de los Alcaldes, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia (...); Que, el articulo 1º de la Ley para la Transmision Radial y Televisiva de Ofertas Laborales senala que: "El Instituto de Radio y Television del Peru mediante Radio Nacional del Peru y MORDAZA 7 programara en horario que considere conveniente su Directorio, avisos de servicio publico en los que se ofrezcan puestos de trabajo publicos y privados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, se Dictan Disposiciones Reglamentarias de la Ley Nº 27736, referente a la Transmision Radial y Televisiva de Ofertas Laborales del Sector Publico y Privado y en su articulo 2º senala que: "Todo organismo publico y empresa del Estado esta obligada a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las ofertas de puestos publicos que tengan previsto concursar. Estan excluidas de esta obligacion de concursar y remitir la oferta, los puestos clasificados como de confianza conforme las reglas de la normatividad laboral publica vigente. Los organismos publicos y empresas del Estado remitiran con diez (10) dias habiles de anticipacion al inicio del concurso los puestos de trabajo vacantes a ofertar. Dicha remision puede realizarse por escrito o via electronica. El envio por escrito se puede efectuar a la oficina de la Red Cil Proempleo ubicada en la jurisdiccion o domicilio del organismo publico o empresa del Estado, o la Sede Central del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. La remision digital se realiza a la bolsa de empleo electronica: www.empleosperu.gob.pe. Los organismos publicos y empresas del Estado designaran al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designacion debe realizarse mediante resolucion del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la entrada en vigencia de la presente norma"; Que, asimismo, la Unica Disposicion Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM establece modificaciones al Reglamento del Regimen de Contratacion Administrativa de Servicios (CAS), disponiendo que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), aprobara el modelo de convocatoria y de contrato administrativo de servicios, los mismos que seran publicados en el MORDAZA Institucional de SERVIR y en el MORDAZA del Estado Peruano; Que, mediante el articulo 2º de la Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE, se aprobo el modelo de Convocatoria para la Contratacion Administrativa de Servicios, el cual incluye la obligacion de las entidades

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