Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2015 (18/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano Jueves 18 de junio de 2015

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Tecnologia de la Informacion que aprueban la Mocion de Orden del dia de los senores Regidores que proponen el Proyecto de Ordenanza Municipal que Declara Areas Intangibles de Proteccion y Conservacion Ambiental y Turismo a las Laderas de los Cerros que circundan las Urbanizaciones y Centros Poblados del distrito de Comas, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con Personeria Juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, los Gobiernos Locales conforme al articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru tienen competencia para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades en su Art. 88º prescribe que corresponde a las municipalidades provinciales y distritales dentro del territorio de su jurisdiccion, velar por el uso de la propiedad inmueble en MORDAZA con el bien comun; que asi mismo el Art. 89º senala que las tierras que son susceptibles de convertirse en urbanas, solamente pueden destinarse a los fines previstos en la zonificacion aprobada por la municipalidad provincial y que todo proyecto de urbanizacion, transferencia o cesion en uso, para cualquier fin de terrenos urbanos y suburbanos, se sometera necesariamente a la aprobacion municipal; Que, la Ley 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion de Riesgo de Desastre (SINAGERD) en el Art. 14º, Inc. 14.1 senala que los gobiernos regionales y gobiernos locales, como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evaluan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la gestion de Riesgo de desastres en el ambito de su competencia, en el MORDAZA de la Politica Nacional de Gestion de Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector, en concordancia por lo establecido en la presente ley y su reglamento; que el Inc. 14.4 del mismo articulo senala que los gobiernos regionales y gobiernos locales aseguran la adecuada armonizacion de los procesos de ordenamiento del territorio y su articulacion con la Politica Nacional de Gestion de Riesgo y Desastres y sus procesos; Que, la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, senala en su Titulo Preliminar Art. VI que la gestion ambiental tiene como objetivos prioritarios prevenir, vigilar y evitar la degradacion ambiental y el Art. 19º senala La Planificacion sobre el uso del territorio es un MORDAZA de anticipacion y toma de decisiones relacionadas con las acciones futuras en el territorio, el cual incluye los instrumentos, criterios y aspectos para su ordenamiento ambiental; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con fecha 19 de MORDAZA del ano 2007, emitio la Ordenanza Municipal Nº 1015-2007-MML en la que aprueba el reajuste integral de la zonificacion de los usos del suelo de los distritos de San MORDAZA de Porres, Independencia, Comas, Los MORDAZA y una parte del MORDAZA que forman parte del area de tratamiento normativo I de MORDAZA Metropolitana indicando a la letra: Articulo 9.- MORDAZA de Proteccion y Tratamiento Paisajista; Prohibir la ocupacion de areas calificadas como MORDAZA de proteccion y tratamiento paisajista (PTP), asi como la de las areas declaradas como MORDAZA de riesgo por INDECI, a fin de evitar posibles riesgos fisicos de los AA.HH. En estas areas debera promoverse proyectos de arborizacion, recubrimiento vegetal, tratamiento paisajista y de proteccion y seguridad fisica; Que, considerando que la ocupacion ilegal de terrenos en las diversas laderas de los cerros que circundan las urbanizaciones y centros poblados del distrito, afectan drasticamente el desarrollo MORDAZA distrital y generan la degradacion ambiental; Que, las ocupaciones ilegales de viviendas en las laderas de los cerros, colocan a las familias en una situacion de Alto Riesgo fisico ambiental, ya que por las caracteristicas geograficas (pendientes altas, zonas de alto desprendimiento de rocas, deslizamiento de lodos, derrumbes, entre otros) asi como la precariedad

publicas de publicar las convocatorias para la contratacion de personal CAS en el Servicio Nacional del Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, mediante Informe Nº 325-2015-SGRH-GAF/ MDB, la Subgerencia de Recursos Humanos, manifiesta que mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR se dictaron disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, disponiendo en su articulo 2º que la designacion del responsable de remitir las ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, debe realizarse mediante resolucion del titular de la entidad y publicarse en el Diario Oficial "El Peruano, en consecuencia opina que se designe al funcionario que se encargara de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad Distrital de Brena al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que,medianteInformeNº145-2015-GAJ/MDBlaGerencia de Asesoria Juridica, opina que resulta viable el proyecto de Resolucion de Alcaldia que designa a la Subgerente de Recursos Humanos como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad Distrital de Brena al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el articulo 20º literal 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a la Subgerente de Recursos Humanos, como el funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad Distrital de Brena al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Estadistica e Informatica, la publicacion de la presente Resolucion de Alcaldia en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Brena (www.munibrena.gob. pe). Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas la Publicacion de la presente Resolucion de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- DEROGAR toda MORDAZA o dispositivo que se contrapone a la presente Resolucion de Alcaldia. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolucion de Alcaldia. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. WU MORDAZA MORDAZA 1251457-1

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban Ordenanza que Declara Areas Intangibles, de Proteccion y Conservacion Ambiental y Turismo, las Laderas de los Cerros de las Urbanizaciones y Centros Poblados de Comas
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 437/MC Comas, 29 de MORDAZA del 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal de Comas, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Nº 002-2015-CDUyTI/MC de la Comision Permanente de Regidores de Desarrollo MORDAZA y

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