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El Peruano Sábado 20 de junio de 2015 555574 Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 8º de la Ley Nº 29761 – Ley de Financiamiento Público de los Regímenes Subsidiado y Semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud, el Seguro Integral de Salud es el administrador de los recursos destinados al fi nanciamiento de los regímenes de aseguramiento subsidiado y semicontributivo, en su calidad de Institución Administradora de Fondo de Aseguramiento en Salud (IAFAS), con el objeto de respaldar las obligaciones y derechos que se deriven del aseguramiento universal; Que, el Reglamento para la Gestión del Riesgo Operacional en las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº 010-2014- SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD/CD, establece en sus artículos 12º y 13º la conformación y funciones del Comité de Gestión de Riesgos, asimismo en su Capítulo III regula la Autoevaluación de Riesgo Operacional; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 033-2014/ SIS se aprueba el Plan Estratégico Institucional para el periodo 2014 - 2016, cuyo objetivo es contar con una herramienta de gestión y dirección en la toma de decisiones a fi n de desarrollar competencias del Seguro Integral de Salud, en su rol fi nanciador en salud, como IAFAS pública, estableciendo lineamientos y prioridades institucionales; Que, el referido documento establece como misión del Seguro Integral de Salud ser una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS pública que administra fondos y gestiona riesgos de salud, a través de una gestión efi ciente, fi nanciando siniestros, fomentando la cultura de aseguramiento y de prevención en salud para la satisfacción de la población objetivo. Asimismo, establece entre sus objetivos estratégicos, el de brindar protección fi nanciera sostenible y oportuna para la atención de salud de la población objetivo, así como fortalecer el control prestacional para la entrega de servicios de salud de calidad a los asegurados y para ello, desarrollar y fortalecer los procesos del SIS para la mejora continua de la calidad; Que, existiendo la necesidad de implementar un conjunto de políticas, lineamientos, procesos y procedimientos a través de los cuales el Seguro Integral de Salud pueda identifi car, medir, mitigar y monitorear los riesgos inherentes a su actividad, con el propósito de defi nir el perfi l de riesgo, el grado de exposición a asumir en el desarrollo de las actividades propias, mecanismos y acciones de cobertura, que garanticen los recursos que se encuentran bajo su administración; Con el visto bueno de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformar el Comité de Administración Integral de Riesgos del Seguro Integral de Salud, el mismo que estará integrado de la siguiente manera: • El Jefe Adjunto, quien lo presidirá, • Un Asesor de la Alta Dirección, • El Secretario General, • El Gerente de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, • El Gerente de Negocios y Financiamiento. Artículo 2.- El Comité de Administración Integral de Riesgos conformado en el artículo precedente se reunirá por lo menos una (01) ves al mes. Artículo 3.- El Comité de Administración Integral de Riesgos conformado en el artículo primero de la presente Resolución Jefatural, tendrá las siguientes funciones: 1. Implementar el Sistema de Control de Riesgos y Evaluación de Riesgos con el fi n de proponer y adoptar las medidas adecuadas en orden a la mitigación de los riesgos de la institución. Asimismo, deberá diseñar la Unidad de Riesgos, proponer su funcionamiento y los criterios para elección y contratación del personal que formulará parte de dicha unidad, así como las funciones, objetivos y estructura. 2. Implementar la cultura de Gestión Integral de Riesgos en el Seguro Integral de Salud, para lo cual deberá: a) Elaborar el Manual de riesgos. b) Elaborar el Manual de Políticas y Procedimientos. c) Defi nir los riesgos asociados a las actividades del Seguro Integral de Salud. d) Identifi car los controles preventivos y detectivos. e) Desarrollar el Mapa de Riesgos por actividad de los negocios. f) Desarrollar la matriz de Riesgo. g) Desarrollar la matriz de Control Interno. h) Desarrollar los indicadores de control. i) Desarrollar los indicadores de rendimiento. j) Desarrollar el indicador de calidad de la gestión y otros indicadores relacionados a la venta de póliza o producto de aseguramiento. k) Proponer el Plan de Gestión de Riesgos (respuesta al riesgo), el Plan de Contingencia y el Plan de Acción. l) Y otras actividades que la Jefatura le encargue. Artículo 4.- Las Unidades Orgánicas del Seguro Integral de Salud, están obligadas a atender los requerimientos y recomendaciones del Comité de Administración Integral de Riesgos, bajo responsabilidad. Artículo 5.- El Comité de Administración Integral de Riesgos deberá instalarse en un plazo no mayor de cuarentiocho (48) horas de notifi cada la presente Resolución. Artículo 6.- Encargar a la Secretaría General poner en conocimiento de los miembros del Comité de Administración Integral de Riesgos la presente Resolución y coordinar su publicación en la página web del Seguro Integral de Salud. Regístrese y comuníquese. PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS Jefe del Seguro Integral de Salud 1253451-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Aprueban independización de predio ubicado en el departamento de Lambayeque SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCIÓN Nº 417-2015/SBN-DGPE-SDDI San Isidro, 17 de junio de 2015 VISTO: El Expediente Nº 350-2015/SBNSDDI, que contiene la solicitud de PROVIAS NACIONAL, representado por el Director Ejecutivo, Mag. Raúl Torres Trujillo, mediante la cual solicita la TRANSFERENCIA PREDIAL INTERESTATAL A TITULO GRATUITO del predio de 1,282.60 m2 (en la Carretera Autopista Pimentel - Chiclayo Km. 8+649 al 8+730), ubicado en el distrito de Pimentel, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque, el cual forma parte del área de mayor extensión inscritaen la partida registral Nº 02023265 del Registro de Predios de la Ofi cina Registral de Chiclayo, a favor del Seguro Social de Salud (ESSALUD), anotado en el Registro SINABIP Nº 3130 del Libro de Lambayeque y con CUS Nº 90881 (en adelante “el predio”); y, CONSIDERANDO: 1. Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), en mérito a lo dispuesto por la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes