Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2015 (26/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Viernes 26 de junio de 2015

555905
DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO/GOB. REGIONAL/GOB.LOCAL ACOS MOSOC LLACTA POMACANCHI RONDOCAN SANGARARA ANTA ANTA ANCAHUASI CACHIMAYO CHINCHAYPUJIO HUAROCONDO LIMATAMBO MOLLEPATA PUCYURA ZURITE CALCA CALCA COYA LAMAY LARES PISAC SAN SALVADOR TARAY YANATILE CANAS YANAOCA CHECCA KUNTURKANKI LANGUI LAYO PAMPAMARCA QUEHUE TUPAC AMARU CANCHIS 0.0041290504 0.0032258658 0.0028192157 0.0009830746 0.0026331461 0.0009059051 0.0017548253 0.0014952442 0.0066558775 0.0015887370 0.0019904676 0.0034902733 0.0036651834 0.0025097470 0.0023640309 0.0055935129 0.0060660489 0.0030248394 0.0007463522 0.0018649432 0.0024148507 0.0050658607 0.0010172675 0.0014372387 0.0012310696 ÍNDICE 0.0009470466 0.0010783377 0.0035594475 0.0009671478 0.0013683797

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Información Los pliegos habilitados en el presente Decreto Supremo, informarán al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de la ejecución de los proyectos a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas suscritas, para efectos de las acciones de verificación y seguimiento a que se refiere el artículo 11 de la Ley N° 30281. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1256008-6

Índices de distribución del canon gasífero proveniente del Impuesto a la Renta del Ejercicio Fiscal 2014
(La Resolución Ministerial en referencia fue publicada en la edición del día 25 de junio de 2015) ANEXO - RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 211-2015-EF/50 INDICES DE DISTRIBUCIÓN CANON GASÍFERO PROVENIENTE DEL IMPUESTO A LA RENTA DEL EJERCICIO FISCAL 2014 DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO/GOB. REGIONAL/GOB.LOCAL TOTAL GOBIERNOS LOCALES CUSCO CUSCO CUSCO CCORCA POROY SAN JERONIMO SAN SEBASTIAN SANTIAGO SAYLLA WANCHAQ ACOMAYO ACOMAYO ACOPIA 0.0021959736 0.0006310264 0.0145874621 0.0011409163 0.0035617325 0.0083446920 0.0162520903 0.0137312459 0.0013617562 0.0032427120 ÍNDICE 1.0000000000

SICUANI CHECACUPE COMBAPATA MARANGANI PITUMARCA SAN PABLO SAN PEDRO TINTA CHUMBIVILCAS SANTO TOMAS CAPACMARCA CHAMACA COLQUEMARCA LIVITACA LLUSCO QUIÑOTA

0.0133459316 0.0018534264 0.0016091991 0.0039342597 0.0030719003 0.0017995096 0.0009843780 0.0015790743

0.0109721487 0.0024057456 0.0041717960 0.0031853148 0.0067415077 0.0036477363 0.0020105137

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