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El Peruano Jueves 7 de mayo de 2015 552140 de interés nacional por encontrarse enmarcado dentro de las acciones de promoción de importancia para el Perú, por lo cual se estima necesario autorizar su participación, disponiéndose, para tal efecto, que los gastos por concepto de pasajes y viáticos en los que incurra la participante, sean asumidos íntegramente por el INDECOPI; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi; Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; y, el inciso g) del Artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modifi cado por Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Teresa Guadalupe Ramirez Pequeño, Asesora de la Presidencia del Consejo Directivo y miembro de la Comisión de Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, del 16 al 20 de mayo de 2015, a la ciudad de Paris, República Francesa. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle: Nombre y Apellidos Pasajes US$ (*) Viáticos por día US$ Número de días Total Viáticos US$ Total US$ Teresa Guadalupe Ramírez Pequeño 3250 540 2+1 1620 4870 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el participante deberá presentar ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – Indecopi, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1233210-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Designan responsables de entregar información de acceso público, de la elaboración y actualización del portal de transparencia, y del Libro de Reclamaciones del OSCE RESOLUCIÓN Nº 127-2015-OSCE/PRE Jesús María, 4 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, el artículo 57º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE es un organismo público adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la información consagrada en el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 8º del citado Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, establece que las entidades identifi carán, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar la información solicitada; Que, los literales b) y c) del artículo 3º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072- 2003-PCM, establecen que es obligación de la máxima autoridad de la Entidad designar al responsable de entregar la información de acceso público, así como al responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, artículo 4º del referido Reglamento establece que la designación de los responsables de entregar información, y de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la entidad y será publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, de otro lado, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, se establece la obligatoriedad de las entidades del Sector Público de contar con un Libro de Reclamaciones, en el cual los usuarios puedan formular sus reclamos, entendidos como la expresión de insatisfacción o disconformidad respecto de la atención brindada por la entidad pública en el ejercicio de su función administrativa; Que, el artículo 5º del citado Decreto Supremo dispone que mediante resolución del titular de la entidad se designará al responsable del Libro de Reclamaciones de la entidad; Que, mediante Resolución Nº 114-2012-OSCE/PRE, de fecha 08 de mayo de 2012, se designó al señor Alfredo Orellana Battilana, Jefe de la Ofi cina de Apoyo a la Gestión Institucional como responsable del OSCE para entregar la información de acceso al público, así como de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, y como responsable del Libro de Reclamaciones del OSCE; Que, a fi n de dar continuidad a las funciones de responsable del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE para entregar la información de acceso público, conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento y del Libro de Reclamaciones, resulta necesario designar un responsable alterno; De conformidad con el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, y con las visaciones de la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir del 04 de mayo de 2015, al señor Alfredo Orellana Battilana, Jefe de la Ofi cina de Apoyo a la Gestión Institucional y al señor Miguel Caroy Zelaya, Jefe de la Ofi cina de Estudios Económicos, como responsables titular y alterno, respectivamente, del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE para entregar la información de acceso público, así como de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento. Artículo 2º.- Designar, a partir del 04 de mayo de 2015, al señor Alfredo Orellana Battilana, Jefe de la Ofi cina de Apoyo a la Gestión Institucional y al señor Miguel Caroy Zelaya, Jefe de la Ofi cina de Estudios Económicos, como responsables titular y alterno respectivamente, del Libro de Reclamaciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, quienes deberán de velar por su correcto uso y brindar respuesta oportuna a los reclamos que fueren registrados en él. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 114- 2012-OSCE/PRE de fecha 08 de mayo de 2012.