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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2015 (07/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 42

El Peruano Jueves 7 de mayo de 2015 552136 Que, el Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 065- 2009-PCM, establece que el OSINFOR es un Organismo Público Ejecutor, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros con personería jurídica de derecho público interno y constituye un Pliego Presupuestal; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante OF. RE (DGM-DMA) N° 1-0-B/72 de fecha 31 de marzo de 2015, cursa invitación al Secretario General del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR), a efectos de informar sobre los funcionarios del OSINFOR que asistirían a la Undécima Reunión del Foro de las Naciones Unidas sobre Bosques (FNUB11), a realizarse en la ciudad de Nueva York – Estados Unidos de América, del 04 al 15 de mayo del presente año; Que, el tema a tratar se encuentra vinculado a las funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, por lo que mediante Ofi cio N° 072-2015-OSINFOR/01.2 se informó al Ministerio de Relaciones Exteriores respecto a la designación de la señorita Alejandra Midolo Vizcardo, como representante del OSINFOR para asistir al citado evento; Que, mediante Informe N° 036-2015-OSINFOR/04.1 emitido por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto se propone la participación de la representante del OSINFOR del 11 al 16 de mayo de 2015, al considerar que en dichas fechas se abordarán temas relacionados a la competencia del OSINFOR; Que, en tal sentido, resulta de interés nacional la asistencia y participación del OSINFOR en el citado evento, teniendo en cuenta que constituye objeto del OSINFOR, la supervisión y fi scalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque, otorgados por el Estado a través de las diversas modalidades de aprovechamiento reconocidas en la Ley Nº 27308, de tal modo que propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y ético de los recursos forestales y de fauna silvestre en permanente armonía en su entorno; Que, siendo de importancia, se ha estimado conveniente la participación de la señorita Alejandra Midolo Vizcardo, Asesora (e) de la Presidencia Ejecutiva del OSINFOR, en el citado evento; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30281 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, dispone que los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú se autorizan mediante Resolución del Titular de la entidad; Que, en consecuencia, corresponde al OSINFOR, asumir el gasto por concepto de pasajes y viáticos que genere la participación de la funcionaria antes referida en la Undécima Reunión del Foro de las Naciones Unidas sobre Bosques (FNUB11), a realizarse del 04 al 15 de mayo del 2015 en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, con cargo al Presupuesto del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre; Que, el artículo 2° de las Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, aprobadas mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modifi catorias, establece que la resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 065-2009-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señorita Alejandra Midolo Vizcardo, Asesora (e) de la Presidencia Ejecutiva del OSINFOR; del 11 al 16 de mayo de 2015, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Presidencial, se efectuarán con cargo a los Recursos Directamente Recaudados del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, de acuerdo al siguiente detalle: N° Funcionario / Servidor Pasajes Aéreos Viáticos 1 Alejandra Midolo Vizcardo $ 1276.64 $400 x 5 = $2,000 SUBTOTAL $ 1276.64 $2,000 Artículo Tercero.- Dentro de los 15 (quince) días calendarios posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria, cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución presentará al Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos asignados, de acuerdo a Ley. Artículo Cuarto.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROLANDO NAVARRO GÓMEZ Presidente Ejecutivo (e) 1233620-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Establecen medidas en favor de administrados ubicados en zonas declaradas en emergencia mediante los DD.SS. N°s. 017 y 019-2015- PCM, que permitan el cumplimiento de sus obligaciones o el ejercicio de sus derechos relacionados al servicio eléctrico RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 090-2015-OS/CD Lima, 27 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2015-PCM, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 25 de marzo de 2015, se declaró en Estado de Emergencia el distrito de Lurigancho-Chosica, provincia y departamento de Lima, por el plazo de sesenta (60) días calendario, debido al impacto de daños ocasionados por la activación de las quebradas de Pedregal, Carossio, Rayos de Sol, Quirio, San Antonio, California, La Trinchera, Buenos Aires, La Cantuta, Moyopampa, La Libertad y Mariscal Castilla, con la fi nalidad de ejecutar las medidas de excepción inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación en las zonas afectadas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2015-PCM, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 26 de marzo de 2015, se declaró en Estado de Emergencia el distrito