Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2015 (07/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Jueves 7 de MORDAZA de 2015

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Que, asimismo, mediante la Ley N° 29733, Ley de Proteccion de Datos Personales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-2013-JUS, se han dictado las disposiciones necesarias con el objeto de garantizar el derecho fundamental a la proteccion de los datos personales, previsto en el articulo 2 numeral 6 de la Constitucion Politica del Peru; Que, el Decreto Supremo N° 031-2014-SA, publicado el 06 de noviembre del 2014, aprueba el Reglamento de Infracciones y Sanciones (RIS) de la Superintendencia Nacional de Salud ­ SUSALUD, el mismo que establece las normas procedimentales especificas, la tipologia de las infracciones y los criterios para la determinacion de las sanciones aplicables a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y Unidades de Gestion de IPRESS publicas, privadas y mixtas en el MORDAZA de las potestad sancionadora otorgada a la Superintendencia Nacional de Salud de acuerdo a lo dispuesto en los articulos 10º al 15º del Decreto Legislativo N° 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominacion de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud; Que, los numerales 11, 12 y 13 del Anexo I "Infracciones Aplicables a las IAFAS" del Reglamento de Infracciones y Sanciones de SUSALUD, establecen las infracciones referidas a la oportunidad, calidad e integridad de la informacion entregada relativa al Registro de Afiliados al AUS; Que, mediante Resolucion de Superintendencia N° 094-2013-SUNASA/CD del 20 de agosto del 2013, se aprobaron las Normas relacionadas al "Modelo de Transaccion Electronica de Datos Estandarizados de Facturacion TEDEF-IPRESS-IAFAS", "Modelo de Transaccion Electronica de Datos Estandarizados TEDEFSUNASA" y del Sistema de Acreditacion de Asegurados"; cuya Tercera Disposicion Transitoria declara en rediseno el Sistema de Acreditacion de Asegurados ­ SITEDS; en dicho MORDAZA en la fase de Analisis de requerimientos, Diseno, Desarrollo, Implementacion y Post-Implementacion se propone unificar a nivel de transaccion los procesos de acreditacion y afiliacion; Que, mediante Resolucion de Superintendencia N° 092-2014-SUSALUD/S del 27 de noviembre del 2014, se aprobo el "Reglamento para la Recoleccion, Transferencia y Difusion de informacion de las Prestaciones de Salud generadas por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y por las Unidades de Gestion de IPRESS", cuya Unica Disposicion Complementaria Derogatoria dispuso "Dejar sin efecto la Cuarta Disposicion Complementaria y Transitoria de la Resolucion de Superintendencia N° 042-2011-SUNASA/CD"; Que, en atencion a las disposiciones que se han citado, resulta necesario adecuar el "Reglamento para el Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud ­ AUS", de tal forma que dicho instrumento posibilite obtener de manera oportuna, suficiente y consistente, informacion de la afiliacion de una persona a un determinado seguro de salud, y sirva como un instrumento de medicion de la Cobertura del Aseguramiento Universal en Salud; Que, tratandose de una MORDAZA de caracter general, la misma fue pre-publicada mediante Resolucion de Superintendencia N° 025-2015-SUSALUD/S del 06 de febrero del 2015, conforme a lo dispuesto por el articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; Que, de conformidad con los literales f) y t) del articulo 10° del Reglamento de Organizacion y Funciones de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 0082014-SA, en concordancia con el numeral 6 del articulo 23° del Decreto Legislativo N° 1158, corresponde al Superintendente aprobar las normas de caracter general de SUSALUD, y expedir Resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo, asi como las que correspondan al ambito de sus funciones y las que se establezcan por MORDAZA legal; Con los vistos del Encargado de las funciones de la Superintendencia Adjunta de Regulacion y Fiscalizacion, del Intendente de la Intendencia de Normas y Autorizaciones, del Intendente de la Intendencia de Investigacion y Desarrollo, y de la encargada de las funciones de la Oficina General de Asesoria Juridica; y,

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Modifican el Reglamento para el Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud ­ AUS
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 081-2015-SUSALUD/S MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2015 VISTOS: El Informe N° 00045-2015/SAREFIS del 20 de MORDAZA del 2015 de la Superintendencia Adjunta de Regulacion y Fiscalizacion, y el Informe Juridico N° 013-2015Superintendencia Nacional de Salud/OGAJ del 21 de marzo del 2015 de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los articulos 9°, 11° y 13° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, se crea la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) como organismo publico tecnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera; encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, asi como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestion de IPRESS - UGIPRESS, en el ambito de su competencia; Que, de conformidad con los numerales 5 y 14 del articulo 13° del TUO de la Ley N° 29344, MORDAZA citado, son funciones de SUSALUD, "Normar, administrar y mantener el Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud", asi como "Regular la recoleccion, transferencia, difusion e intercambio de la informacion generada u obtenida por las IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestion de IPRESS", respectivamente; Que, mediante el articulo 9° del Decreto Legislativo N° 1163, que aprueba "Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud", se precisa que el Seguro Integral de Salud (SIS) utilizara como unica fuente de informacion para determinar si una persona cuenta con otro seguro de salud la contenida en el Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, asimismo, el articulo 29° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1163, aprobado por Decreto Supremo N° 030-2014-SA, establece que el Seguro Integral de Salud (SIS) verifica en el Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud de la Superintendencia Nacional de Salud, si una persona cuenta con otro seguro de salud. Se considera que una persona cuenta con seguro de salud cuando esta cubierta por planes ofrecidos por las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS senaladas en el articulo 6° del Decreto Legislativo N° 1158; Que, mediante Resolucion de Superintendencia N° 042-2011-SUNASA/CD del 24 de MORDAZA del 2011, se aprobo el "Reglamento para el Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud ­ AUS", a traves del cual se establecieron los lineamientos, procedimientos y acciones que se adoptarian para el Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud (AUS), por parte de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), mediante el uso de herramientas informaticas; Que, mediante Resolucion de Superintendencia N° 062-2013-SUNASA/S del 17 de MORDAZA del 2013, se modifica el Anexo 2 - "Manual de Usuario de Consulta al Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud", aprobado por el articulo 3º de la Resolucion de Superintendencia Nº 042-2011-SUNASA/CD;

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