Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2015 (22/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano Viernes 22 de MORDAZA de 2015

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y con la dispensa de aprobacion del acta, el Concejo Municipal, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGISTRO Y AUTORIZACION DEL ADOLESCENTE TRABAJADOR Articulo Primero.- APROBAR el Registro y Autorizacion del adolescente que trabaja por cuenta propia, en forma independiente, el trabajo domestico y trabajo familiar no remunerado dentro de la jurisdiccion y de acuerdo al MORDAZA legal vigente; conforme al texto que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, encargando a la Sub Gerencia de Tecnologias, Sistemas de Informacion y Estadistica, la publicacion del texto integro en el MORDAZA del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el MORDAZA Institucional www.munihuacho.gob.pe; conforme a lo establecido en el Articulo 4° del Decreto Supremo N° 004-2008-PCM. POR TANTO: Mando que se Registre, Publique y Cumpla. MORDAZA MORDAZA BARBA MITRANI MORDAZA Provincial 1239809-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Ordenanza que aprueba el Registro y Autorizacion del Adolescente Trabajador
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2015 MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe N° 703-2015-GDH/MPH de la Gerencia de Desarrollo Humano, sobre proyecto de ordenanza para registro y autorizacion del adolescente trabajador; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con los articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley 27972, consagra que las Municipalidades son organos de Gobierno promotores del Desarrollo Local, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el articulo 22° de la Ley 27337, que aprueba el Codigo de los Ninos y Adolescentes, regula el derecho a trabajar del adolescente y preceptua que: "El adolescente que trabaja sera protegido en forma especial por el Estado. El Estado reconoce el derecho de los adolescentes a trabajar con las restricciones que impone este codigo, siempre y cuando no exista explotacion economica y su actividad laboral no importe riesgo o peligro, afecte su MORDAZA educativo o sea nocivo para su salud o para su desarrollo fisico, mental, espiritual, moral o social"; asi tambien, el literal b) del articulo 52° del mismo cuerpo legal, refiere que es competencia de las municipalidades provinciales y/o distritales, inscribir, autorizar y supervisar el trabajo de los adolescentes dentro de su jurisdiccion, estan incluidos en dicha competencia los trabajadores domesticos, por cuenta propia o que se realicen en forma independiente y dentro de su jurisdiccion. En todas las modalidades de trabajo, la inscripcion tendra caracter gratuito. Que, teniendo en consideracion el articulo 49° de la MORDAZA en comento, la proteccion al adolescente que trabaja corresponde al MIMDES, ahora MIMP ­ Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en forma coordinada y complementaria con los sectores de trabajo, salud, y educacion, asi como con los Gobiernos Regionales y Municipales. En este contexto, de conformidad a lo previsto en el articulo 73°, los Gobiernos Regionales y Locales dictaran las normas complementarias que esta Ley requiere, estableciendo disposiciones y sanciones administrativas adecuadas a las peculiaridades y especificidades de los ninos y adolescentes de su region o localidad. Que, conforme al Informe N° 091-2015-DEMUNA/ MPH, avalado con informe del exordio, actualmente, nuestra entidad no cuenta con un Registro del adolescente trabajador, motivo por el cual, la Jefatura de la DEMUNA ha presentado el proyecto de Registro y Autorizacion del Adolescente Trabajador, que permitira en un inicio tener la estadistica actualizada en el distrito para luego ampliar en forma articulada con las municipalidades distritales de la Provincia; propuesta que cuenta con Informe Legal N° 404-2015-OAJ/MPH, Informe N° 090-2015-GM/MPH de la Gerencia Municipal y Dictamen N° 002-2015/CALRCAMPH de la Comision de Asuntos Legales, Registro Civil y Archivo del Concejo. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el Numeral 8) del Articulo 9° de la Ley 27972 - Ley Organica de Municipalidades, sometido a debate correspondiente, con el MORDAZA unanime de sus integrantes

Ordenanza Municipal que aprueba la recuperacion de vias ocupadas por el comercio informal y comercio ambulatorio en la MORDAZA de MORDAZA
ORDENANZA MUNICIPAL N° 012-2015 MORDAZA, 29 de MORDAZA del 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza de Recuperacion de Vias Ocupadas por el Comercio Informal y el Comercio Ambulatorio en la MORDAZA de Huacho; y, CONSIDERANDO: Que, es funcion de las Municipalidades en materia de Abastecimiento y Comercializacion de Productos y Servicios, regular y controlar el comercio ambulatorio, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 83º Numeral 1.2) y 3.2) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Que, la Administracion Municipal ha emitido las Ordenanzas Municipales N° 019-1997 de fecha 04.08.1997; Ordenanza Municipal Nº 032-1997 de fecha 30.09.1997, y Ordenanza Municipal Nº 029-1999 de fecha 10.09.1999, mediante las cuales aprueban el Plan de Recuperacion de Vias, ocupada por el comercio informal y ambulatorio en la MORDAZA de MORDAZA y ratificada con Ordenanza Municipal N° 017-2009 de fecha 21.09.2009. Que, teniendo en cuenta las Normas de Defensa Civil (D.S. 066-2007-PCM - MORDAZA Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil; la MORDAZA Tecnica Peruana - NTP 350.043-1; Ley N° 28551 - Ley que establece la obligacion de elaborar y presentar planes de contingencia; Ley Nº 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD); Normas de Salud e Higiene (Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo - Decreto Supremo Nº 009-2005-TR); Normas de Comercializacion (Ley N° 28976 Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento); y Normas de Medio Ambiente (Ley N° 27314 - Ley General de Residuos Solidos; Ley N° 28611 - Ley General del Ambiente; Ley N° 28804 - Ley que Regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental; D.S. N° 085-2003-PCM Aprueban Reglamento de Estandares Nacionales de

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