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El Peruano Viernes 22 de mayo de 2015 553133 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Ordenanza que aprueba el Registro y Autorización del Adolescente Trabajador ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2015 Huacho, 29 de Abril de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe N° 703-2015-GDH/MPH de la Gerencia de Desarrollo Humano, sobre proyecto de ordenanza para registro y autorización del adolescente trabajador; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, consagra que las Municipalidades son órganos de Gobierno promotores del Desarrollo Local, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 22° de la Ley 27337, que aprueba el Código de los Niños y Adolescentes, regula el derecho a trabajar del adolescente y preceptúa que: “El adolescente que trabaja será protegido en forma especial por el Estado. El Estado reconoce el derecho de los adolescentes a trabajar con las restricciones que impone este código, siempre y cuando no exista explotación económica y su actividad laboral no importe riesgo o peligro, afecte su proceso educativo o sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social”; así también, el literal b) del artículo 52° del mismo cuerpo legal, refi ere que es competencia de las municipalidades provinciales y/o distritales, inscribir, autorizar y supervisar el trabajo de los adolescentes dentro de su jurisdicción, están incluidos en dicha competencia los trabajadores domésticos, por cuenta propia o que se realicen en forma independiente y dentro de su jurisdicción. En todas las modalidades de trabajo, la inscripción tendrá carácter gratuito. Que, teniendo en consideración el artículo 49° de la norma en comento, la protección al adolescente que trabaja corresponde al MIMDES, ahora MIMP – Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en forma coordinada y complementaria con los sectores de trabajo, salud, y educación, así como con los Gobiernos Regionales y Municipales. En este contexto, de conformidad a lo previsto en el artículo 73°, los Gobiernos Regionales y Locales dictarán las normas complementarias que esta Ley requiere, estableciendo disposiciones y sanciones administrativas adecuadas a las peculiaridades y especifi cidades de los niños y adolescentes de su región o localidad. Que, conforme al Informe N° 091-2015-DEMUNA/ MPH, avalado con informe del exordio, actualmente, nuestra entidad no cuenta con un Registro del adolescente trabajador, motivo por el cual, la Jefatura de la DEMUNA ha presentado el proyecto de Registro y Autorización del Adolescente Trabajador, que permitirá en un inicio tener la estadística actualizada en el distrito para luego ampliar en forma articulada con las municipalidades distritales de la Provincia; propuesta que cuenta con Informe Legal N° 404-2015-OAJ/MPH, Informe N° 090-2015-GM/MPH de la Gerencia Municipal y Dictamen N° 002-2015/CALRCA- MPH de la Comisión de Asuntos Legales, Registro Civil y Archivo del Concejo. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el Numeral 8) del Artículo 9° de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, sometido a debate correspondiente, con el voto unánime de sus integrantes y con la dispensa de aprobación del acta, el Concejo Municipal, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DEL ADOLESCENTE TRABAJADOR Artículo Primero.- APROBAR el Registro y Autorización del adolescente que trabaja por cuenta propia, en forma independiente, el trabajo doméstico y trabajo familiar no remunerado dentro de la jurisdicción y de acuerdo al marco legal vigente; conforme al texto que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, encargando a la Sub Gerencia de Tecnologías, Sistemas de Información y Estadística, la publicación del texto íntegro en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el Portal Institucional www.munihuacho.gob.pe; conforme a lo establecido en el Artículo 4° del Decreto Supremo N° 004-2008-PCM. POR TANTO: Mando que se Registre, Publique y Cumpla. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1239809-1 Ordenanza Municipal que aprueba la recuperación de vías ocupadas por el comercio informal y comercio ambulatorio en la ciudad de Huacho ORDENANZA MUNICIPAL N° 012-2015 Huacho, 29 de abril del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza de Recuperación de Vías Ocupadas por el Comercio Informal y el Comercio Ambulatorio en la Ciudad de Huacho; y, CONSIDERANDO: Que, es función de las Municipalidades en materia de Abastecimiento y Comercialización de Productos y Servicios, regular y controlar el comercio ambulatorio, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 83º Numeral 1.2) y 3.2) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Que, la Administración Municipal ha emitido las Ordenanzas Municipales N° 019-1997 de fecha 04.08.1997; Ordenanza Municipal Nº 032-1997 de fecha 30.09.1997, y Ordenanza Municipal Nº 029-1999 de fecha 10.09.1999, mediante las cuales aprueban el Plan de Recuperación de Vías, ocupada por el comercio informal y ambulatorio en la Ciudad de Huacho y ratifi cada con Ordenanza Municipal N° 017-2009 de fecha 21.09.2009. Que, teniendo en cuenta las Normas de Defensa Civil (D.S. 066-2007-PCM - Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil; la Norma Técnica Peruana - NTP 350.043-1; Ley N° 28551 - Ley que establece la obligación de elaborar y presentar planes de contingencia; Ley Nº 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); Normas de Salud e Higiene (Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo - Decreto Supremo Nº 009-2005-TR); Normas de Comercialización (Ley N° 28976 Ley marco de Licencia de Funcionamiento); y Normas de Medio Ambiente (Ley N° 27314 - Ley General de Residuos Sólidos; Ley N° 28611 - Ley General del Ambiente; Ley N° 28804 - Ley que Regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental; D.S. N° 085-2003-PCM Aprueban Reglamento de Estándares Nacionales de