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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 2015 (27/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 40

El Peruano Miércoles 27 de mayo de 2015 553346 4 OBLIGACIONES REFERIDAS AL IMPACTO AMBIENTAL DE LOS PROYECTOS ELÉCTRICOS 4.1 Generar erosión o inestabilidad de taludes u otras condiciones inestables para el ambiente durante la etapa de construcción, operación o abandono Genera daño potencial a la fl ora o fauna Artículos 34° y 39° del Reglamento de Protección Ambiental, Literal h) del Artículo 31° de la Ley de Concesiones Eléctricas y Literal p) del Artículo 201° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas GRAVE De 3 a 300 UIT Genera daño potencial a la salud o vida humana GRAVE De 5 a 500 UIT Genera daño real a la fl ora o fauna MUY GRAVE De 10 a 1000 UIT Genera daño real a la salud o vida humana MUY GRAVE De 15 a 1500 UIT 4.2 A f e c t a r severamente la biodiversidad en el área del proyecto durante la etapa de construcción u operación Genera daño real a la fl ora o fauna Artículo 35° del Reglamento de Protección Ambiental, Literal h) del Artículo 31° de la Ley de Concesiones Eléctricas y Literal p) del Artículo 201° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas MUY GRAVE De 15 a 1500 UIT Genera daño real a la salud o vida humana MUY GRAVE De 20 a 2000 UIT 4.3 No recuperar o no resembrar las áreas alteradas o desforestadas Genera daño potencial a la fl ora o fauna Artículo 35° del Reglamento de Protección Ambiental, Literal h) del Artículo 31° de la Ley de Concesiones Eléctricas y Literal b) del Artículo 201° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas GRAVE De 3 a 300 UIT Genera daño potencial a la salud o vida humana GRAVE De 5 a 500 UIT Genera daño real a la fl ora o fauna MUY GRAVE De 10 a 1000 UIT Genera daño real a la salud o vida humana MUY GRAVE De 15 a 1500 UIT 4.4 No mitigar los efectos sobre la salud producidos por la contaminación térmica, ruidos y efectos electromagnéticos Genera daño potencial a la salud o vida humana Literal e) del Artículo 42° del Reglamento de Protección Ambiental, Literal h) del Artículo 31° de la Ley de Concesiones Eléctricas y Literal b) del Artículo 201° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas GRAVE De 15 a 1500 UIT Genera daño real a la salud o vida humana MUY GRAVE De 20 a 2000 UIT 4.5 No contar con un plan de manejo de materiales p e l i g r o s o s destinado a prevenir impactos adversos sobre el ambiente o, en caso de tenerlo, no implementarlo En caso de no contar con un plan de manejo de materiales peligrosos destinado a prevenir impactos adversos sobre el ambiente Genera daño potencial a la fl ora o fauna Literal j) del Artículo 42° del Reglamento de Protección Ambiental, Literal h) del Artículo 31° de la Ley de Concesiones Eléctricas y Literal p) del Artículo 201° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas GRAVE De 5 a 500 UIT Genera daño potencial a la salud o vida humana GRAVE De 8 a 800 UIT Genera daño real a la fl ora o fauna MUY GRAVE De 10 a 1000 UIT Genera daño real a la salud o vida humana MUY GRAVE De 15 a 1500 UIT En caso se verifi que la no implementación del plan de manejo de materiales peligrosos destinado a prevenir impactos adversos sobre el ambiente Genera daño potencial a la fl ora o fauna GRAVE De 3 a 300 UIT Genera daño potencial a la salud o vida humana GRAVE De 5 a 500 UIT Genera daño real a la fl ora o fauna MUY GRAVE De 8 a 800 UIT Genera daño real a la salud o vida humana MUY GRAVE De 10 a 1000 UIT