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El Peruano Viernes 29 de mayo de 2015 553591 perimétricas y el área total, de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal; así como la referencia al informe expedido por la Ofi cina de Catastro del Registro respectivo, y/o el Certifi cado de Búsqueda Catastral, según corresponda; c) La orden de notifi cación al sujeto pasivo del bien a expropiarse; y d) La orden de anotación preventiva ante la correspondiente ofi cina registral del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp); Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 5.1 del Artículo 5° de la Ley N° 30025, mediante Ofi cio N° 376- 2015/VIVIENDA–VMCS-DGPRCS-DC, la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento remitió a la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao (en adelante, la AATE), el Informe Técnico de Tasación correspondiente al predio identifi cado con Código TE-167, afectado por la ejecución del Proyecto Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao (en adelante, el Proyecto), en el cual se consigna como fecha de tasación el 23 de enero de 2015; Que, la Unidad Gerencial de Supervisión y Control de Obras de la AATE hace suyo el Informe Técnico N° 048-2015-RJQ y, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5° de la Ley N° 30025, identifi ca al sujeto pasivo de la expropiación; detalla la ubicación precisa del predio identifi cado con Código TE-167, estableciendo los linderos, medidas perimétricas y el área total, de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal; adjunta el informe expedido por la Ofi cina de Catastro del Registro de Predios de Lima y determina el valor total de tasación correspondiente al referido predio; Que, por Informe N° 156-2015-MTC/33.8, la Ofi cina de Asesoría Legal de la AATE concluye que, estando a lo señalado por la Unidad Gerencial de Supervisión y Control de Obras de la AATE, resulta legalmente viable emitir el proyecto de Resolución Ministerial que apruebe el valor total de tasación correspondiente al predio afectado por el Proyecto, recomendado que se prosiga con el trámite respectivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30025 y en el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Valor Total de la Tasación Aprobar el Valor Total de Tasación correspondiente a un (01) predio afectado por la ejecución del Proyecto Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Notifi cación al sujeto pasivo Disponer que la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao – AATE notifi que la presente Resolución al sujeto pasivo de la expropiación indicado en el Anexo de esta Resolución, conjuntamente con la oferta de adquisición correspondiente, conforme a lo dispuesto en el literal c) del numeral 5.4 y en el numeral 5.5 del Artículo 5° de la Ley N° 30025. Artículo 3.- Anotación Preventiva Disponer que la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao – AATE realice las acciones necesarias ante la correspondiente Ofi cina Registral del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), a fi n que se proceda a realizar la anotación preventiva del proceso de expropiación, conforme a lo establecido en el literal d) del numeral 5.4 del Artículo 5° de la Ley N° 30025. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR TOTAL DE TASACIÓN CORRESPONDIENTE A UN (01) PREDIO AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO LÍNEA 2 Y RAMAL AV. FAUCETT – AV. GAMBETTA DE LA RED BÁSICA DEL METRO DE LIMA Y CALLAO Nº CÓDIGO DE IDENTIFI- CACIÓN DEL PREDIO SUJETO ACTIVO SUJETO PASIVO UBICACIÓN MONTO DE LA TASACIÓN EN NUEVOS SOLES MAS EL 10% A QUE SE REFIERE EL NUMERAL 5.3 DEL ARTÍCULO 5 DE LA LEY N° 30025 COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL 1 TE-167 MINIS- TERIO DE TRANS- PORTES Y COMUNICA- CIONES EDITH MARILU HUAYANAY LÓPEZ LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL AREA TOTAL DE EDIFICACIÓN: • Por el frente: Colinda con la Av. 28 de Julio con 4.80 ml. • Por la derecha: Colinda con la Propiedad de la Compañía de 16.40 ml. • Por la izquierda: Colinda con la Propiedad de la Compañía con 16.40 ml. • Por el Fondo: Colinda con la Propiedad de la Compañía de 4.80 ml. ÁREA DEL TERRENO: 40.85 m2 (área que representa el porcentaje de participación sobre el terreno considerado como bien común, según lo establecido en el Informe Técnico de Tasación). ÁREA AFECTADA DE LA EDIFICACION: 80.85 m2. PARTIDA REGISTRAL No. 07052857 del Registro de Predios de Lima de la Zona Registral No. IX Sede Lima, Ofi cina Registral Lima. Informe Técnico N° 13951-2014- SUNARP-Z.R.No. IX/OC emitido por la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral No. IX Sede Lima, Ofi cina Registral Lima de SUNARP. S/. 532,921.41 VÉRTICE LADO DISTANCIA ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 16.40 280716.2122 8665901.8447 B B-C 4.80 280718.4777 8665885.6020 C C-D 16.40 280713.7237 8665884.9389 D D-A 4.80 280711.4582 8665901.1817 1242795-1