Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2015 (10/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Jueves 10 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede Institucional del Gobierno Regional de La Libertad, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil quince. CESAR ACUÑA PERALTA Gobernador Regional 1284776-1

Ratifican el Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2015 La Libertad
ORDENANZA REGIONAL N° 007-2015-GR-LL/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: VISTO: En Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha diez de Julio del dos mil quince; el Dictamen emitido por la Comisión Ordinaria de Defensa Nacional y Seguridad Ciudadana, recaído en el texto sustitutorio del Proyecto de Ordenanza Regional relativo a Ratificar el Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2015 La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680 "Ley de Reforma Constitucional", concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867 "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales", los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 5° de la citada norma, establece que la misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región. Asimismo, en su Artículo 6°, señala que el desarrollo Regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, en el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades; Que, el Artículo 61° del mismo cuerpo legal, sobre las funciones del Gobierno Regional en materia de defensa Civil, prescribe: literal a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, controlar, administrar las políticas regionales en materia de defensa y seguridad ciudadana, en concordancia con la política general, del Gobierno y los planes sectoriales y locales y literal c) Organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindas ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitación de las poblaciones afectadas; Que, el Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, en su artículo Nº 17 inciso a), establece que es una de las funciones del Comité

Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC): "Aprobar el Plan Regional de Seguridad Ciudadana". Asimismo en su artículo Nº 19 inciso e) indica que, es una de las funciones de la Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana "Presentar al Consejo Regional el Plan Regional de Seguridad Ciudadana aprobado por el CORESEC, para su ratificación mediante Ordenanza Regional". Asimismo, el último párrafo del Artículo 47° del mismo cuerpo legal prescribe: Además de su aprobación por los Comités Regionales, provinciales o distritales de Seguridad Ciudadana, los planes deberán ser ratificados por los Consejos Regionales de los Gobiernos Regionales y por los Concejos Municipales Provinciales y Distritales, según corresponda (...); Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0102015-IN, se aprueba la Directiva Nº 001-2015-IN, la cual señala cuales son los "Lineamientos para la formulación, aprobación, ejecución y evaluación de los Planes de Seguridad Ciudadana, Supervisión y Evaluación de los Comités de Seguridad Ciudadana"; Que, mediante Acta de fecha 23 de febrero del 2015, el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de La Libertad, aprobó el Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2015 La Libertad; Que, con Oficio Nº 1179-2015-GRLL-GGR/GRAJ de fecha 28 de abril del 2015, suscrito por el Gerente Regional de Asesoría Jurídica, se remite el INFORME LEGAL Nº 092-2015-GRLL-AJ/OACL de fecha 27.04.2015 al Secretario del Consejo Regional, el cual recomienda actualizar la normatividad legal del Plan Regional de Seguridad Ciudadana, para su posterior ratificación por el Consejo Regional de conformidad al Artículo Nº 19 inciso e) concordante con el Artículo Nº 47 del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, Reglamento de la Ley Nº 27933; Que, con Oficio Nº 327-2015-GRLL-GGR/ORDN de fecha 29 de abril del 2015, suscrito por el Gerente Regional de Defensa Nacional, se remite el Informe Técnico Nº 003-2015-GRLL-GGR/ORDN-SGRSC de fecha 23.04.2015, el cual concluye que el Plan Regional de Seguridad Ciudadana de La Libertad 2015, ha sido formulado considerando los lineamientos establecidos en la Directiva N° 001-2015-IN y teniendo como base legal lo prescrito por la Ley N° 27933, Decreto Supremo N° 0112014-IN que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27933 Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; Que, con Oficio Nº 474-2015-GRLL-GGR/ORDN de fecha 08 de junio del 2015, suscrito por el Gerente Regional de Defensa Nacional, se remite al Presidente del Consejo Regional, opinión técnica, levantamiento de observaciones y propuesta de Ordenanza Regional del Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2015 La Libertad; Que, mediante Oficio N° 1660-2015-GRLL-GGR/ GRAJ de fecha 10 de junio del 2015, suscrito por el Gerente Regional de Asesoría Jurídica, hace suyo el contenido de la Razón N° 046-2015-GRLL-GGR-GRAJ/ OACL, que ratifica la viabilidad del Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2015 La Libertad, expuesta en el Informe Legal N° 092-2015-GR-LL-GGR/OACL de fecha 27.04.2015; Que, en el uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y su modificatoria Ley N° 27902. Asimismo, por voto unánime se consideró ratificar el Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2015 La Libertad; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de fecha diez de Julio del año dos mil quince, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional, y en uso de las facultades establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, sus modificatorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional; con dispensa de lectura y aprobación de Acta. HA APROBADO SIGUIENTE: LA ORDENANZA REGIONAL

Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2015 La Libertad, aprobado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC), mediante Acta de fecha 23 de febrero del 2015; de conformidad con lo establecido en el artículo Nº 19° inciso e) del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, el mismo que cuyo índice contiene la siguiente estructura:

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