Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2015 (10/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Jueves 10 de setiembre de 2015 /

El Peruano

Elecciones solicitó al Concejo Distrital de Chuquibamba la remisión de la documentación relacionada al citado pedido. Asimismo, mediante el Oficio N° 01411-2015-SG/JNE, del 8 de abril de 2015, se informó a Britaldo Lozano Chancahuana acerca de la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado debido a que no juramentó en el cargo de regidor. En ese contexto, mediante los Oficios N° 024-2015-MDCH/A y N° 054-2015-MDCH/A, del 22 de abril y 4 de agosto de 2015 (fojas 10 y 23), respectivamente, el Concejo Distrital de Chuquibamba cumplió con remitir la documentación requerida. CONSIDERANDOS 1. El artículo 6 de la Ley N° 26997, además de sus modificatorias, que establece las comisiones de transferencia de la administración municipal, dispone que los ciudadanos proclamados como autoridades municipales deberán juramentar en los cargos para los que fueron elegidos. 2. En este caso, del acta de juramentación del 31 de diciembre de 2014 (fojas 11 a 15), se advierte que Britaldo Lozano Chancahuana no asistió al acto de juramentación, pese a que fue convocado oportunamente para dicho evento (fojas 24). 3. Aunado a lo expuesto, cabe mencionar que, hasta la fecha, Britaldo Lozano Chancahuana no ha recogido la credencial correspondiente al cargo de regidor emitida por el Jurado Nacional de Elecciones. 4. Consecuentemente, ya que se respetaron las reglas de este procedimiento, corresponde aprobar la presente solicitud; por ende, se debe cancelar la credencial otorgada a Britaldo Lozano Chancahuana y convocar al suplente que lo reemplazará en el cargo, de conformidad con el artículo 35 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales. Según esta disposición, para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales, se incorpora al candidato inmediato que no fue proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio final, y que haya figurado en la misma lista que integró el regidor que produjo la vacante. 5. En ese sentido, en aplicación de lo establecido en la norma señalada, corresponde convocar a la candidata no proclamada hábil Elisabet Marín de Llaja, identificada con DNI 33413237, de la organización política Movimiento Regional Fuerza Amazonense, conforme al orden de los resultados electorales remitidos por el Jurado Electoral Especial de Chachapoyas, con ocasión de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, debido a que Britaldo Lozano Chancahuana no juramentó al cargo de regidor del Concejo Distrital Chuquibamba, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Britaldo Lozano Chancahuana, con motivo del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Elisabet Marín de Llaja, identificada con DNI N° 33413237, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital Chuquibamba, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 20152018, para lo cual se le entregará la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA FERNÁNDEZ ALARCÓN AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1285229-2

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Quiaca, provincia de Sandia, departamento de Puno
RESOLUCIÓN N° 0222-2015-JNE Expediente N° J-2015-00215-C01 QUIACA - SANDIA - PUNO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veinticuatro de agosto de dos mil quince VISTO el Oficio N° 113-2015-MDQ/A, recibido el 20 de julio de 2015, remitido por Víctor Ugarte Chambi, alcalde de la Municipalidad Distrital de Quiaca, provincia de Sandia, departamento de Puno, a través del cual solicita la convocatoria de candidato no proclamado, en vista de que Edwin Carrizales Ticona no ha juramentado al cargo de regidor de la citada entidad edil. CONSIDERANDOS 1. El artículo 6 de la Ley N° 26997 y sus modificatorias, que establece las comisiones de transferencia de la administración municipal, dispone que los ciudadanos proclamados como autoridades municipales deberán juramentar de acuerdo con el procedimiento establecido en dicha norma. 2. En el presente caso, del acta de juramentación del 1 de enero de 2015 (fojas 4 a 8), se advierte que Edwin Carrizales Ticona no asistió al acto de juramentación al cargo de regidor, pese a que fue debidamente convocado, conforme se aprecia en la constancia de notificación que obra a folios 3. 3. Aunado a ello, se aprecia que, mediante el Oficio N° 134-2015-MDQ/A (fojas 15), recibido el 18 de agosto de 2015, a través del cual se adjunta el original del comprobante de pago correspondiente a la tasa por nulidad de proclamación por no haber juramentado para asumir el cargo, el alcalde distrital informa que a la fecha, el ciudadano Edwin Carrizales Ticona no se apersona a la entidad edil ni asiste a las sesiones de concejo. 4. En vista de lo expuesto, debe procederse conforme lo dispone el artículo 35 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, que establece que para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio final, y que haya figurado en la misma lista que integró el regidor que produjo la vacante. 5. En consecuencia, de conformidad con esta norma, corresponde proclamar a Valentín Quispe Ticona, identificado con DNI N° 02535431, candidato no proclamado del movimiento regional Moral y Desarrollo, según el Acta de Proclamación del Jurado Electoral Especial de San Antonio de Putina, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Edwin Carrizales Ticona, identificado con DNI N° 41153163, como regidor del Concejo Distrital de Quiaca, provincia de Sandia, departamento de Puno, emitida con motivo de las elecciones municipales de 2014. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Valentín Quispe Ticona, identificado con DNI N° 02535431, candidato no proclamado del movimiento regional Moral y Desarrollo, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Quiaca, provincia de Sandia, departamento de Puno, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para lo cual se le

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