Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2015 (10/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES
VISTA:

Jueves 10 de setiembre de 2015 /

El Peruano

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento y procedimiento Nº 109 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Júpiter Technology Perú S.A. a operar a través de cajeros corresponsales, en virtud de lo dispuesto en el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de oficinas, Uso de locales compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales aprobado mediante Resolución SBS Nº 6285-2013. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1285155-1

EL SECRETARIO GENERAL

La solicitud presentada por la señora Lidia Rosa Alzamora Gonzales para que se autorice la inscripción de la empresa REFULIO'S CORREDORES DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, pudiendo usar la abreviatura REFULIO'S CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado por Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el citado Registro; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida norma administrativa; Que, la Comisión Evaluadora Interna de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Evaluación Interna de Expediente N° 11-2015-CEI celebrada el 31 de julio de 2015, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 10° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, ha calificado y aprobado la inscripción de la empresa en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus modificatorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas, a la empresa REFULIO'S CORREDORES DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, pudiendo usar la abreviatura REFULIO'S CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. con matrícula N° J-0795. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuniqúese y publíquese. MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 1284680-1

Autorizan a la Edpyme Inversiones La Cruz S.A. el traslado de agencia ubicada en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 4881-2015 Lima, 27 de agosto de 2015 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la EDPYME Inversiones La Cruz S.A. para que se le autorice el traslado de una agencia ubicada en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 1911-2012 de fecha 26 de marzo de 2012 se autorizó la apertura, entre otras, de la oficina en cuestión; Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la EDPYME Inversiones La Cruz S.A el traslado de la agencia ubicada en Av. Proceres de la Independencia N° 1625, Urbanización Las Flores de Lima, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, al inmueble ubicado en Av. Próceres de la Independencia N° 1775 (Mz. W Lote 32 A) Asociación Pro Vivienda San Hilarión, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZARATE Intendente General de Microfinanzas 1284552-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN
Derogan la Ordenanza Regional N° 1452012-GRJ/CR, que autorizan la emisión de Certificados contra Accidentes de Tránsito - CAT, y amplían la cobertura a las Asociaciones de Fondos contra Accidentes de Tránsito - AFOCATs
ORDENANZA REGIONAL Nº 205-GRJ/CR EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 21 días del mes de Julio del 2015,

Autorizan inscripción de persona jurídica en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 5029-2015 Lima, 31 de agosto de 2015

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