Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2015 (25/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Viernes 25 de setiembre de 2015 /

El Peruano

N° 27261 y su Reglamento, realicen las inspecciones técnicas de vigilancia a que se contraen las Órdenes de Inspección respectivas; Que, los gastos por concepto de viáticos, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, habiendo emitido la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Certificación de Crédito Presupuestario respectiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por el Decreto Supremo No. 304-2012-EF; De conformidad con la Ley N° 30281, la Ley N° 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar los viajes de inspección técnica de vigilancia de los siguientes inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil, en las fechas y a las ciudades que se indican: - Señor Alejandro Alberto Alva Panduro, del 26 setiembre al 02 de octubre de 2015, a la ciudad de Tyumen, Federación de Rusia. - Señor César Hernán Carassa Nole, del 05 al 08 octubre de 2015, a la ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos de América. - Señor Jorge Luis Dupuich Grijalva, del 13 al 16 de octubre de 2015, a la ciudad de San Francisco de Quito, República de Ecuador.
Código: F-DSA-P&C-002

Dichos viajes se efectuarán según el detalle de actividades consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, los inspectores autorizados en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones
Revisión: Original Fecha: 30.08.10

DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR PLAN DE VIGILANCIA INTERNACIONAL DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - EN CUMPLIMIENTO DE LAS RESPONSABILIDADES ASIGNADAS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - LEY N° 27261. COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 26 DE SETIEMBRE AL 16 DE OCTUBRE DE 2015 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 536-2015-MTC/12.04 Y Nº 477-2015-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN Nº 2841-2015MTC/12.04 INICIO 26-sep FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE MTC INSPECTOR ALVA PANDURO, ALEJANDRO ALBERTO CIUDAD TYUMEN PAÍS DETALLE

02-oct US$ 3,000,00

FEDERACIÓN Inspección Técnica de la Organización DE RUSIA de Mantenimiento Extranjero (OMAE) UTAIR ENGINEERING JSC, según Programa de Vigilancia de la seguridad operacional DGAC ESTADOS UNIDOS DE AMÈRICA Inspección de la Organización de Mantenimiento Aprobada Extranjera (OMAE) GULFSTREAM PRODUCT SUPPORT CORPORATION según Programa de Vigilancia de la seguridad operacional DGAC.

2842-2015MTC/12.04

05-oct

08-oct US$ 1,760,00

MTC

CARASSA NOLE, CESAR HERNÁN

MIAMI, FLORIDA

2843-2015MTC/12.04

13-oct

16-oct US$ 1,110.00

MTC

DUPUICH SAN REPÚBLICA Inspección de la Organización de GRIJALVA, JORGE FRANCISCO DE ECUADOR Mantenimiento Aprobada Extranjera LUIS DE QUITO (OMAE) DIRECCIÓN DE INDUSTRIA AERONÁUTICA ­ DIAF según Programa de Vigilancia de la seguridad operacional DGAC.

1291047-1

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu. com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN

4. 5.

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