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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2015 (25/09/2015)

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562210 NORMAS LEGALES Viernes 25 de setiembre de 2015 / El Peruano De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora MARCELA PATRICIA MARÍA HUAITA ALEGRE, Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de México, Distrito Federal, Estados Unidos Mexicanos, del 7 al 10 de octubre de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán asumidos por el Fondo de Población de las Naciones Unidas – UNFPA, no irrogando gastos al Estado. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema no libera, ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 4.- Encargar la Cartera de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a la señora PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ, Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, a partir del 7 de octubre de 2015 y mientras dure la ausencia de la titular. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1292136-7 AGRICULTURA Y RIEGO Aprueban documento denominado “Norma que Promueve la Medición Voluntaria de la Huella Hídrica” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 246-2015-ANA Lima, 24 de setiembre de 2015 VISTO: El Informe Técnico N° 040-2015-ANA-DCPRH-ERH- CLI/FCC, de fecha 23 de setiembre de 2015, emitido por Director de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece que la Autoridad Nacional del Agua es el ente rector y la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, encargado de dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos; Que, conforme al literal b) del artículo 8° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo 01-2010-AG, el Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos tiene por fi nalidad promover el aprovechamiento sostenible, el uso efi ciente, la conservación, y el incremento de la disponibilidad del agua, así como la protección de la calidad de la misma y de sus bienes asociados; Que, la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos, aprobada con Decreto Supremo N° 06-2015-MINAGRI, tiene como objetivo lograr la gestión integrada de los recursos hídricos en el ámbito nacional que permita satisfacer las demandas presentes y futuras así como garantizar la conservación, la calidad y la disponibilidad del recurso hídrico y su aprovechamiento efi ciente y sostenible; Que, bajo ese contexto es necesario promover el uso de indicadores que permitan identifi car el volumen total de agua usado para producir bienes y servicios, así como promover el desarrollo de actividades destinadas a reducir los consumos de agua y mejorar la gestión de los recursos hídricos en las cuencas; Que, en tal sentido, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos a través del Informe del visto propone la implementación normativa del “Proyecto Huella Hídrica”, el cual tendrá como fi n la reducción de consumos de agua en la cadena de producción de bienes y servicios, y la implementación de acciones de responsabilidad social en el uso del recurso hídrico que generen valor compartido; Que, asimismo, la implementación del citado proyecto contribuirá al aprovechamiento sostenible, conservación, protección de la calidad e incremento de la disponibilidad del agua y la protección de sus bienes asociados, así como el uso efi ciente del mismo, por lo que resulta de interés institucional la regulación normativa del citado Proyecto; y, Que, estando a lo anterior, y con los vistos de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, la Ofi cina del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos, la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 06-2010-AG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el documento denominado “Norma que Promueve la Medición Voluntaria de la Huella Hídrica” que consta de cuatro (04) títulos, quince (15) artículos y tres (03) disposiciones complementarias fi nales. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la “Norma que Promueve la Medición Voluntaria de la Huella Hídrica” en la página web de la Autoridad Nacional del Agua. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1291904-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU. y Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 849-2015 DE/SG Lima, 24 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 591 del 26 de agosto de 2015, la Dirección de Seguridad y Defensa de la Dirección de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra, de acuerdo a la lista indicada en el citado documento; Que, con Ofi cio 3038 W – c.2 del 10 de setiembre de 2015, el Director de Relaciones Internacionales del