Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2015 (25/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Viernes 25 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

562209

Que, la Organización Panamericana de la Salud (OPS), de la cual el Perú es estado miembro, es el organismo especializado en salud del sistema interamericano y actúa como Oficina Regional para las Américas de la Organización Mundial de la Salud (OMS), constituyendo el Consejo Directivo el órgano de dirección que se reúne anualmente para evaluar y adoptar las políticas de la Organización, por lo cual resulta de importancia la participación del Ministro de Salud en el evento en mención, atendiendo además a que el mismo representa el foro de debate y adopción de políticas sanitarias vinculantes entre los países y estados de la Región de las Américas; Que, asimismo, el citado evento se constituye en un espacio que congrega a ministros de salud y representantes de los estados miembros de la citada organización, con el objeto de adoptar decisiones referidas a los temas de agenda del evento en mención, vinculados a prestación de cooperación técnica y desarrollo de mecanismos de colaboración para mejorar la salud y la calidad de vida en los países de la región; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, éste es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene entre sus funciones rectoras formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, prevención de enfermedades, recuperación y rehabilitación en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; y, asimismo, coordinar con organismos multilaterales y bilaterales de la cooperación internacional; Que, en tal sentido, atendiendo a la temática y los objetivos que se contemplan en la mencionada reunión de Alto Nivel, resulta de sumo interés e importancia para el país la participación del señor Ministro de Salud en el evento antes señalado, los días 28 y 29 de setiembre de 2015, siendo necesario además disponer las acciones pertinentes para asegurar el normal funcionamiento del Ministerio de Salud; Que, el viaje que realizará el Ministro de Salud, para asistir al referido evento, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora N° 001 del Pliego 011: Ministerio de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; en la Ley N° 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modificatorias; y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del médico cirujano Aníbal Velásquez Valdivia, Ministro de Salud, a la ciudad de Washington D.C, Estados Unidos de América, del 27 al 30 de setiembre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje en cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora N° 001, del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasaje aéreo tarifa económica (incluido TUUA) : US$ US$ US$ 2,370.29 1,320.00 3,690.29

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1292136-6

Autorizan viaje de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a México y encargan su Despacho a la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 227-2015-PCM Lima, 24 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DGM-DAS) Nº 142 del 24 de agosto de 2015, la Ministra Consejera Encargada de la Dirección para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, la carta de invitación que dirige la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe ­ CEPAL para participar en la Segunda Reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe, a llevarse a cabo del 6 al 9 de octubre de 2015, en la ciudad de México, Distrito Federal, Estados Unidos Mexicanos; Que, asimismo, se indica que el tema central de la reunión es la implementación del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo para la superación de las desigualdades en el marco de los derechos humanos, siendo que la Secretaría presentará una guía operacional para la implementación y el seguimiento del referido Consenso, que constituye la contribución de la Mesa Directiva de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe; así como, corresponderá a las delegaciones presentar las experiencias nacionales en cuanto a su implementación, en especial los progresos realizados en el establecimiento o fortalecimiento de un mecanismo de coordinación nacional, con la participación de las organizaciones de la sociedad civil, que facilite la implementación y el seguimiento de los compromisos asumidos; Que, mediante Informe Nº 046-2015-MIMP/OGPPOCIN del 18 de setiembre de 2015, la Oficina de Cooperación Internacional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables manifiesta que resulta importante la participación de la Titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables a efectos de presentar los avances realizados en la implementación del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo; además, se precisa que los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos por el Fondo de Población de las Naciones Unidas ­ UNFPA, no irrogando gastos al Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ni al Tesoro Público; Que, en tal sentido, por ser de interés para el país, resulta necesario autorizar el viaje de la señora Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a la ciudad de México, Distrito Federal, Estados Unidos Mexicanos; Que, asimismo, en tanto dure la ausencia de la titular, es necesario encargar la Cartera de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

- Viáticos por 3 días (US$ 440 x 3, incluido gastos de instalación) : TOTAL :

Artículo 3.- Encargar la Cartera de Salud al señor Daniel Ysau Maurate Romero, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, a partir del 27 de setiembre de 2015 y en tanto dure la ausencia del Titular.

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