Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2016 (02/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Sábado 2 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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Recursos y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, los numerales 11.8 y 11.9 del artículo 11 del Reglamento de Organizaciones y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2010-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA y la Resolución Ministerial Nº 375-2015/MINSA que aprueba el cuadro para Asignación de Personal Provisional del Seguro Integral de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la abogada Estrella Cynthia Haydee Asenjo Valdivieso en el cargo de confianza de Directora Adjunta de la Oficina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud. Artículo 2.- Disponer que la Secretaría General efectúe la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano" y, en coordinación con la Oficina General de Tecnología de la Información, en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese y Comuníquese; JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO Jefe del Seguro Integral de Salud 1362914-1

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Disponen publicar Informes Técnicos "Procedimiento de Determinación de los Costos de Conexión Eléctrica para el periodo setiembre 2015 - agosto 2019" y "Procedimiento de Determinación de los Importes Máximos de Corte y Reconexión del Servicio Público de Electricidad para el periodo setiembre 2015 - agosto 2019" en la página web de OSINERGMIN
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 065-2016-OS/CD Lima, 29 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Osinergmin N° 159-2015-OS/ CD, publicada en el diario oficial El Peruano el 23 de julio de 2015, se fijaron los costos de conexión eléctrica aplicables al periodo comprendido del 1° de setiembre de 2015 al 31 de agosto de 2019. Que, asimismo, mediante Resolución Osinergmin N° 175-2015-OS/CD publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 25 de agosto de 2015, se fijaron los importes máximos de corte y reconexión para los usuarios del servicio público de electricidad, aplicables al periodo comprendido del 1° de setiembre de 2015 al 31 de agosto de 2019; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 81° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y el Artículo 162° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (RLCE), aprobado mediante

Decreto Supremo N° 009-93-EM, Osinergmin tiene la obligación de preparar periódicamente información que permita conocer al Sector, los procedimientos utilizados en la determinación de las tarifas de electricidad, mediante la elaboración de un Informe Técnico, cuyo resumen corresponde ser publicado, por única vez, en el diario oficial El Peruano; Que, habiéndose culminado los procedimientos regulatorios a través del cual se fijaron los costos de conexión eléctrica y los importes máximos de corte y reconexión del servicio público de electricidad, aplicables al periodo comprendido del 1° de setiembre de 2015 al 31 de agosto de 2019, se han elaborado, en cumplimiento del marco legal señalado en el considerando anterior, los Informes Técnicos N° 183-2016-GRT y 184-2016-GRT de la División de Distribución Eléctrica de la Gerencia de Regulación de Tarifas, denominados "Procedimiento de Regulación de importes máximos de corte y reconexión del servicio público de electricidad para el periodo setiembre 2015 ­ agosto 2019" y "Procedimiento de Regulación de Costos de Conexión Eléctrica para el periodo setiembre 2015 ­ agosto 2019", respectivamente; Que, sin perjuicio de lo señalado en los considerandos precedentes, aún cuando el RLCE dispone que el informe resumen mencionado se publique en el Diario Oficial, debe tenerse en cuenta el Artículo 9° del Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, el cual es de fecha posterior al RLCE y dispone que en el caso de la publicación de normas legales con anexos, se publicará en el diario oficial solamente lo correspondiente a la norma aprobatoria, disponiéndose en la misma que el anexo se publicará mediante el Portal Electrónico de la entidad emisora en la misma fecha de la publicación oficial, bajo responsabilidad; Que, se entiende que la publicación de anexos en el portal electrónico, dispuesta por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, responde al uso eficiente de medios tecnológicos y ahorro de publicaciones escritas; Que, en ese sentido, corresponde en aplicación del referido Decreto Supremo disponer la publicación en la página web de Osinergmin de los Informes Técnicos N° 183-2016-GRT y 184-2016-GRT, denominados "Procedimiento de Determinación de los Costos de Conexión Eléctrica para el periodo setiembre 2015 ­ agosto 2019" y "Procedimiento de Determinación de los importes máximos de corte y reconexión del servicio público de electricidad para el periodo setiembre 2015 ­ agosto 2019", respectivamente; Que, se ha emitido el Informe N° 185-2016-GRT de la Coordinación Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, el cual complementa la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Artículo 3°, de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, en el Reglamento General del Osinergmin aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 12-2016. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación en la página web de OSINERGMIN del Informe Técnico N° 183-2016-GRT, denominado "Procedimiento de Determinación de los Costos de Conexión Eléctrica para el periodo setiembre 2015 ­ agosto 2019". Artículo 2º.- Disponer la publicación en la página web de OSINERGMIN del Informe Técnico N° 184-2016-GRT, denominado "Procedimiento de Determinación de los Importes Máximos de Corte y Reconexión del Servicio

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