Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2016 (03/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Domingo 3 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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Que la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 04 de noviembre de 2015, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Víctor Andrés La Rosa Buckley postulante a Corredor de Seguros Generales - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702 y sus modificatorias ­ Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 2348-2013 del 12 de abril de 2013, y la Resolución SBS Nº 655-2016 del 05 de febrero de 2016; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Víctor Andrés La Rosa Buckley con matrícula número N-4424, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General (a.i.) 1362552-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Autorizan viaje de funcionario a la República de Corea del Sur, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 1231-2016/GRP-CR Piura, 30 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú de 1993 modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, en el artículo 191º, establece que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; y en su artículo 192º inciso 1) dispone que: "Los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto"; Que, mediante Ley Nº 27619, de fecha 21 de diciembre de 2001, se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gastos al Tesoro Público, habiendo establecido en su artículo 4º que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior serán calculados conforme a la Escala de Viáticos aprobada por decreto supremo. En ese sentido, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002, se aprobó la Escala de Viáticos por Zonas Geográficas que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, la cual fue modificada mediante Decreto Supremo Nº 0562013-PCM, publicado el 19 de mayo de 2013 en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante Memorando Nº 19-2016/GRP-100000, de fecha 17 de marzo de 2016, el Ing. Pedro Luis Mendoza Guerrero, Director (e) del Instituto Regional de Ciencia, Tecnología e Investigación (IRCTI), informó a la Gerencia

General Regional que fue seleccionado para participar en el 16º Programa de Entrenamiento en Parques Científico Tecnológicos a realizarse en Corea del 18 al 29 de abril de 2016, organizado por la Fundación INNOPOLIS, quien se hará cargo de los gastos de alojamiento, alimentación y transporte local, más no así de los gastos de pasaje aéreo. En tal sentido, solicita se le otorgue los pasajes aéreos Piura-Lima-Piura y Lima-Seúl-Lima, para participar en dicho programa, en la suma de $ 2,200.00 dólares americanos; Que, mediante Informe Nº 659-2016/GRP-460000, de fecha 22 de marzo de 2016, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica opinó que el viaje al exterior irroga gastos para el Gobierno Regional Piura, así como el motivo que se indica para sustentarlo no está comprendido dentro de las excepciones previstas en los literales a), b), c), d), e), f), y g) del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; sin embargo, indica que de acuerdo al referido artículo, el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas desde el literal a) hasta el literal g), en el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, serán autorizados mediante Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, el mismo que se publicará en el diario oficial "El Peruano"; Que, la Oficina Regional de Administración, mediante Proveído de fecha 29 de marzo de 2016, recaído en el Informe Nº 659-2016/GRP-460000, solicitó a la Gerencia Regional de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial emita la correspondiente Certificación Presupuestal por la suma de S/ 7,480.00 (Siete Mil Cuatrocientos Ochenta y 00/100 Soles) para su autorización por el Consejo Regional; Que, mediante Memorando Nº 692-2016/GOB. REG.PIURA-410000, de fecha 30 de marzo de 2016, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en virtud del proveído dispuesto por la Oficina Regional de Administración en el párrafo anterior, otorgó la Certificación Presupuestal - Año Fiscal 2016, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Genérica de Gasto: Bienes y Servicios, por el monto de S/ 7,480.00 soles, para la participación del Ing. Pedro Luis Mendoza Guerrero en el 16º Programa de Entrenamiento en Parques Científico Tecnológicos a realizarse en Seúl, Corea del Sur; Que, estando a lo acordado y aprobado por Unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 07 - 2016, celebrada el día 30 de marzo de 2016 en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios a Seúl, República de Corea del Sur, al Sr. Pedro Luis Mendoza Guerrero, Director (e) del Instituto Regional de Ciencia, Tecnología e Investigación (IRCTI), entre el 18 y 29 de abril de 2016, atendiendo a la invitación para participar en el 16º Programa de Entrenamiento STP, de la Fundación INNOPOLIS, dependiente del Ministerio de Ciencia, ICT y Planificación de la República de Corea; programa que reviste de especial interés por cuanto el Gobierno Regional Piura, a través de la Dirección del Instituto Regional de Ciencia, Tecnología, Investigación e Innovación, viene ejecutando acciones conducentes a establecer el Primer Parque Científico ­ Tecnológico Regional. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del artículo primero del presente Acuerdo de Consejo Regional, que no estén cubiertos por la entidad auspiciante, se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal Gobierno Regional Piura, conforme al siguiente detalle:

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