Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2016 (05/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Martes 5 de abril de 2016 /

El Peruano

aplicable al descuento en la compra del balón de gas" y "Disposiciones Complementarias para la Operatividad a Nivel Nacional del FISE Aplicable al Descuento en la Compra del Balón de Gas de Usuarios que tienen Servicio Eléctrico", respectivamente; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2015EM se modificó el artículo 6° del Reglamento del FISE, estableciendo que las Instituciones Educativas Públicas y Comedores Populares, a las que se les asignará la compensación social, serán aquellas que se encuentren bajo el ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar "Qali Warma" y del Programa de Complementación Alimentaria, respectivamente, la cual se implementará gradualmente, conforme a la disponibilidad presupuestal del FISE y de acuerdo a la priorización establecida por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, asimismo, el referido Decreto Supremo N° 0082015-EM incorporó al Reglamento de la Ley N° 29852 la tercera disposición complementaria, que establece que el Procedimiento para la entrega de los vales FISE a instituciones educativas públicas y comedores populares se determinará mediante Resolución Ministerial expedida por el Ministerio de Energía y Minas a propuesta del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, en ese sentido, mediante la Resolución Ministerial N° 518-2015-MEM/DM, el Ministerio de Energía y Minas aprobó el "Procedimiento para la entrega de Vales de Descuento FISE a los Comedores Populares que forman parte del Programa de Complementación Alimentaria ­ PCA y a las Instituciones Educativas Públicas bajo el ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma", a fin de establecer disposiciones para la entrega de los Vales de Descuento FISE a los Comedores Populares pertenecientes al PCA (Programa de Complementación Alimentaria ) y a las Instituciones Educativas Públicas bajo en ámbito del PNAE (Programa Nacional de Alimentación Escolar) Qali Warma; Que, entre las disposiciones aprobadas por el referido procedimiento, en los literales b) y c) del numeral 6.1, se indica que el Administrador FISE, en el plazo de 15 días hábiles, debe consolidar los listados de Comedores e Instituciones Educativas que le sean remitidos por los Gobiernos Locales Distritales y/o Provinciales, y remitirlos a las empresas distribuidoras eléctricas según su ámbito de operación; Que, a fin que el Administrador del FISE pueda realizar de manera oportuna las actividades establecidas a su cargo resulta necesario establecer especificaciones operativas que además faciliten el cumplimiento de las actividades a cargo de los Gobiernos Locales Distritales y/o Provinciales que ejecutan el Programa de Complementación Alimentaria, el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma y las Distribuidoras Eléctricas, en el marco de lo dispuesto en el numeral 9.1 del artículo 9° de la Ley 29852, que faculta al Administrador del FISE a aprobar los procedimientos necesarios para la correcta administración del fondo; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8° y en el artículo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo N° 0542001-PCM, así como en el artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, el 12 de marzo de 2015, OSINERGMIN publicó el proyecto normativo denominado «Especificaciones Operativas para la Entrega de Vales de Descuento FISE a Comedores Populares e Instituciones Educativas Públicas», otorgando a los interesados un plazo de quince (15) días calendario para la remisión por escrito o vía correo electrónico de comentarios o sugerencias; sin embargo, vencido dicho plazo, no se recibió comentario o sugerencia alguna; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión N° 12-2016;

Con la opinión favorable de la Gerencia General y la Gerencia de Asesoría Jurídica. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación Aprobar las «Especificaciones Operativas para la Entrega de Vales de Descuento FISE a Comedores Populares e Instituciones Educativas Públicas», que forman parte de la presente resolución. Artículo 2°.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe). Artículo 3°.- Vigencia La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN ANEXO I ESPECIFICACIONES OPERATIVAS PARA LA ENTREGA DE VALES DE DESCUENTO FISE A COMEDORES POPULARES E INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto La presente norma tiene como objetivo establecer disposiciones operativas respecto a la entrega de los Vales de Descuento FISE a Comedores Populares que forman parte del Programa de Complementación Alimentaria e Instituciones Educativas Públicas bajo el ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, respecto de las actividades que se encuentran a cargo del Administrador del FISE, de acuerdo con el procedimiento aprobado por Resolución Ministerial N° 518-2015-MEM/ DM. Artículo 2.- Alcance Esta norma forma parte del marco normativo desarrollado para el Programa de Compensación Social y Promoción para el acceso al GLP de los sectores vulnerables. Artículo 3.- Base Normativa La presente norma tiene como sustento las siguientes normas: a. Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético y modificatorias. b. Decreto Supremo N° 021-2012-EM Reglamento de la Ley N° 29852 c. Decreto Supremo N° 008-2015-EM, modifica el Reglamento de la Ley N° 29852. d. Resolución Ministerial N° 518-2015-MEM/DM, que aprueba el "Procedimiento para la entrega de Vales de Descuento FISE a los Comedores Populares que forman parte del Programa de Complementación Alimentaria ­ PCA y a las Instituciones Educativas Públicas bajo el ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma". e. Resolución de Consejo Directivo N° 173-2012-OS/ CD, que aprueba «Disposiciones Complementarias para la Operatividad a Nivel Nacional del FISE aplicable al Descuento en la Compra del Balón de Gas de Usuarios que tienen Servicio Eléctrico». f. Resolución de Consejo Directivo N° 148-2013-OS/ CD, que aprueba «Disposiciones para la implementación y funcionamiento del Vale Digital FISE aplicable al descuento en la compra del balón de GLP».

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