Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2016 (30/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de abril de 2016 /

El Peruano

Se aprueban nuevas versiones del PDT Predios - Formulario Virtual N° 3530 y del PDT Precios de Transferencia - Formulario Virtual N° 3560 y se modifica el Formulario Virtual N° 1630
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 110 -2016/SUNAT Lima, 28 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que el Decreto Supremo N° 085-2003-EF establece la obligación de los propietarios de predios de presentar anualmente ante la SUNAT la Declaración de Predios indicando aquéllos que se encuentren en su patrimonio al 31 de diciembre de cada año, así como información relativa a dichos predios; Que los artículos 4° y 7° del referido decreto disponen que por resolución de superintendencia, la SUNAT establecerá los datos que se deben declarar así como dictará las normas complementarias que resulten necesarias para la mejor aplicación de dicha norma, incluyendo las que regulen los medios, condiciones, forma, plazos y lugares para presentar la Declaración de Predios, respectivamente; Que mediante la Resolución de Superintendencia N° 190-2003/SUNAT y normas modificatorias se dictan las normas complementarias para la presentación de la Declaración de Predios a que se refiere el Decreto Supremo N° 085-2003-EF; Que el artículo 10° de la referida resolución de superintendencia señala la información, relativa al sujeto obligado y los predios a declarar, que contendrá la Declaración de Predios; Que asimismo, el artículo 13° de la citada resolución de superintendencia aprueba el PDT PREDIOS ­ Formulario Virtual N° 3530 y el Formulario Virtual N° 1630, a través de los cuales se presentará la Declaración de Predios; Que por otro lado, el primer párrafo del inciso g) del artículo 32°-A del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 179-2004-EF y normas modificatorias, dispone que los contribuyentes sujetos al ámbito de aplicación de las normas de precios de transferencia deberán presentar anualmente una declaración jurada informativa de las transacciones que realicen con partes vinculadas o con sujetos residentes en territorios o países de baja o nula imposición, en la forma, plazo y condiciones que establezca la SUNAT; Que la Resolución de Superintendencia N° 1752013/SUNAT aprueba la versión 1.3 del PDT Precios de Transferencia ­ Formulario Virtual N° 3560; Que la Resolución de Superintendencia N° 301-2013/ SUNAT dicta disposiciones para la presentación de la declaración jurada anual informativa y del estudio técnico de precios de transferencia; Que por otro lado, el numeral 6 del artículo 87° del Código Tributario, aprobado por Decreto Legislativo N° 816, cuyo último TUO ha sido aprobado por el Decreto Supremo N° 133-2013-EF y normas modificatorias, prevé que los administrados deben proporcionar a la administración tributaria la información que esta requiera sobre las actividades del deudor tributario o de terceros con los que guarde relación, de acuerdo a la forma, plazos y condiciones establecidas; Que resulta necesario para el cumplimiento de las funciones propias de la administración tributaria, aprobar nuevas versiones del PDT PREDIOS ­ Formulario Virtual N° 3530 y del PDT Precios de Transferencia ­ Formulario Virtual N° 3560, así como modificar el Formulario Virtual N° 1630, en los que se proporcione información adicional de los contribuyentes no domiciliados, así como modificar la Resolución de Superintendencia N° 190-2003/SUNAT; En uso de las facultades conferidas por los artículos 4° y 7° del Decreto Supremo N° 085-2003-EF; el primer párrafo del inciso g) del artículo 32°-A del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta; el numeral 6 del artículo 87° del

Código Tributario; el artículo 11° del Decreto Legislativo N° 501, Ley General de la SUNAT y normas modificatorias; el artículo 5° de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y norma modificatoria; y, el inciso o) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: CAPÍTULO I DECLARACIÓN DE PREDIOS Artículo 1°.- APROBACIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT PREDIOS ­ FORMULARIO VIRTUAL N° 3530 Apruébase la versión 1.1 del PDT PREDIOS ­ Formulario Virtual N° 3530. Artículo 2°.- MODIFICACIÓN DEL FORMULARIO VIRTUAL N° 1630 Modifícase el Formulario Virtual N° 1630, a efecto que se proporcione en este la información a que se refiere el último párrafo del inciso a) del numeral 10.1 del artículo 10° de la Resolución de Superintendencia N° 190-2003/ SUNAT, modificado por la presente resolución, respecto de los Sujetos Obligados no domiciliados. Artículo 3°.- OBTENCIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN PDT PREDIOS ­ FORMULARIO VIRTUAL N° 3530 Y EL FORMULARIO VIRTUAL N° 1630 La nueva versión del PDT PREDIOS ­ Formulario Virtual N° 3530 y el Formulario Virtual N° 1630, modificado por la presente resolución, estarán a disposición de los interesados a partir del 1 de mayo de 2016, en SUNAT Virtual. La SUNAT, a través de sus dependencias, facilita la obtención del citado PDT. Artículo 4°.- USO DE LA NUEVA VERSIÓN PDT PREDIOS ­ FORMULARIO VIRTUAL N° 3530 Y EL FORMULARIO VIRTUAL N° 1630 El PDT PREDIOS ­ Formulario Virtual N° 3530, versión 1.1 y el Formulario Virtual N° 1630, modificado por la presente resolución, deben ser utilizados a partir del 1 de mayo de 2016, independientemente del periodo al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones sustitutorias o rectificatorias. Artículo 5°.- USO DEL PDT PREDIOS ­ FORMULARIO VIRTUAL N° 3530, VERSIÓN 1.0 El PDT PREDIOS ­ Formulario Virtual N° 3530, versión 1.0 solo puede ser utilizado hasta el 30 de abril de 2016. CAPÍTULO II DECLARACIÓN JURADA ANUAL INFORMATIVA Y ESTUDIO TÉCNICO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA Artículo 6°.- APROBACIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN PDT PRECIOS DE TRANSFERENCIA ­ FORMULARIO VIRTUAL N° 3560 Apruébase la versión 1.4 del PDT Precios de Transferencia ­ Formulario Virtual N° 3560, la cual estará a disposición de los interesados a partir del 1 de mayo de 2016, en SUNAT Virtual. La SUNAT, a través de sus dependencias, facilita la obtención del citado PDT. Artículo 7°.- FORMA Y CONDICIONES DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL INFORMATIVA Y EL ESTUDIO TÉCNICO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA Los sujetos obligados a presentar la declaración jurada anual informativa y, de corresponder, el estudio técnico de precios de transferencia lo harán, a partir del 1 de mayo de 2016, mediante el PDT Precios de Transferencia ­ Formulario Virtual N° 3560 ­ versión 1.4. Lo señalado en el párrafo anterior también será de aplicación a las declaraciones sustitutorias y

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