Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2016 (08/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Jueves 8 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

606089

Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 3082-2011; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "D"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702; el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas S.A. la apertura de una oficina especial, ubicada en el Jirón Aguaytía Mz. 12 Lote 01, distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1461132-1

Cora ­ Parinacochas ­ Ayacucho, el viernes 22 de julio del 2016. Asimismo, en el Decreto Regional Nº 0022016-GRA/GR, se aprobó la segunda Audiencia Pública Regional Descentralizada en la ciudad de Ayacucho ­ Huamanga, el día viernes 16 de diciembre de 2016; Que, mediante los Oficio Nº 1602-2016-GRA/GR-GGGRPPAT y Oficio Nº 263-2016-GRA/GG-GRPPAT-SGP, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto y Acondicionamiento Territorial solicita la fecha de postergación de la Audiencia Pública Regional, a razón de que las Instituciones Públicas dentro de los primeros 15 días de cada mes, realizan los procesos administrativos en el SIAF, para el cumplimiento de las actividades programadas, más aun tratándose del último mes del ejercicio presupuestal del 2016 y así poder alcanzar información real de los gastos e inversiones; POR TANTO: En uso de la competencias y facultades conferidas en la Ley Nº 27783-Ley de Bases de la Descentralización, de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Ley Nº 27444; Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 30305 Ley de Reforma, Constitución Política del Estado, Resolución Nº 03662015-JNE; SE DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el ítem 2 del primer artículo del Decreto Regional Nº 002-2016-GRA/GR, en el sentido de que la SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA REGIONAL DESCENTRALIZADA DE RENDICIÓN DE CUENTAS 2016, del Gobierno Regional Ayacucho se realizará el día jueves 29 de Diciembre del presente año, en la Provincia de Huamanga - Departamento de Ayacucho. Artículo Segundo.- DISPONER el cumplimiento del presente Decreto Regional, bajo responsabilidad a la Gerencia General Regional y Gerencias Regionales. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR, el presente Decreto al Consejo Regional, Gerencia General Regional, Gerencias Regionales, Direcciones Regionales Sectoriales, Directores de la Oficinas Sub Regionales, Unidades Operativas e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Ayacucho, con las formalidades de Ley. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. JORGE JULIO SEVILLA SIFUENTES Gobernador (e) 1460984-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO
Modifican Decreto N° 002-2016-GRA/GR en lo referente a la realización de la Segunda Audiencia Pública Regional Descentralizada de Rendición de Cuentas 2016
DECRETO REGIONAL Nº 004-2016-GRA/GR Ayacucho, 30 de noviembre de 2016 VISTOS: EL Decreto Regional Nº 002-2016-GRA/GR, donde se aprueba la convocatoria y el cronograma de la Audiencia Pública del año fiscal 2016, del Gobierno Regional de Ayacucho, Oficio Nº 1602-2016-GRA/GR-GG-GRPPAT y Oficio Nº 263-2016-GRA/GG-GRPPAT-SGP, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 191º de la Constitución Política del Estado, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y sus Leyes modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en atención a los principios enunciados el artículo 24º de la Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, dispone que: el Gobierno Regional realizará como mínimo 02 Audiencias Públicas Regionales al año, una en la capital de la Región y otra en una Provincia en las que dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo; Que, asimismo con Ordenanza Regional Nº 015-2012GRA/CR, de fecha 31 de mayo de 2012 se modifica el Reglamento aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 020-2011-GRA/CR, para el desarrollo de las audiencias públicas regionales del Gobierno Regional de Ayacucho, el cual en su Artículo 9º establece que la convocatoria para la Audiencia Públicas Regional será realizada por la Gobernación Regional Aprobada mediante Decreto Regional; Que, habiéndose llevado acabo la primera Audiencia Pública Regional Descentralizada en la Ciudad de Cora

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN
Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de noviembre de 2016
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 190-2016-GRSM/DREM Moyobamba, 2 de diciembre del 2016 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 009-2008-MEM/ DM, declaran que el Gobierno Regional de San Martín ha concluido la transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas, siendo a partir de la fecha competentes de otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; Que, el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, establece que la autoridad minera competente publicará en el Diario Oficial "El Peruano" la

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