Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2016 (08/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Jueves 8 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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ambiental (EFA), así como aquellas que utiliza para la ejecución de sus funciones de fiscalización ambiental, sean generales o propias. a. Marco legal general: En esta sección se señala la normativa sectorial y transversal vigente aplicada por la EFA en el desarrollo de sus funciones de fiscalización ambiental. b. Marco legal aprobado por la EFA: En esta sección se señalan los instrumentos aprobados por la EFA ­ reglamentos, protocolos y otros­ para el desarrollo de sus funciones de fiscalización ambiental. IV. ESTADO SITUACIONAL En esta sección se realizará el diagnóstico de la problemática ambiental identificada en el ámbito de intervención de la entidad, la cual servirá de base para la planificación de las acciones de evaluación y supervisión que desarrollará durante el periodo comprendido en el PLANEFA. V. ESTRUCTURA ORGÁNICA En esta sección se identificará a la o las unidades orgánicas que desarrollan las acciones de fiscalización ambiental a cargo de la EFA. VI. COMPONENTES DEL PLANEFA En esta sección se detallará la siguiente información: - Plan de implementación de instrumentos legales: En este apartado se consignan los instrumentos legales que debe aprobar la EFA para el adecuado desempeño de sus funciones de fiscalización ambiental,

así como las acciones que desarrollará para su elaboración y aprobación, de ser el caso. Dicha información deberá estar contenida en el Formato N° 1 del PLANEFA. - Universo de Administrados: En este apartado la EFA deberá consignar el universo de administrados que desarrollan actividades en su jurisdicción, sin perjuicio de que estos sean o no considerados en las actividades de supervisión. El universo de administrados deberá estar contenida en el Formato N° 2 del PLANEFA. - Plan Anual de Evaluación Ambiental: En este apartado la EFA deberá consignar las acciones de evaluación ambiental que desarrollará durante el periodo comprendido en el PLANEFA. La programación de las acciones de evaluación ambiental deberá estar contenida en el Formato N° 3 del PLANEFA. - Plan Anual de Supervisión Ambiental: En esta sección la EFA deberá consignar las acciones de supervisión ambiental que desarrollará durante el periodo comprendido en el PLANEFA. La programación de las acciones de supervisión ambiental deberá estar contenida en el Formato N° 4 del PLANEFA. VII. DOCUMENTOS ADJUNTOS En esta sección se adjuntarán los Formatos 1, 2, 3 y 4 que contienen la información respecto de las acciones de fiscalización ambiental que desarrollará la entidad.

FORMATO N° 1A: ENTIDADES DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL (EFA) DE NIVEL NACIONAL
INSTRUMENTOS LEGALES PARA EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL ENTIDAD : Nombre del Instrumento (1) Reglamento de supervisión ambiental Reglamento de procedimiento administrativo sancionador Reglamento de infracciones y sanciones Lineamientos o reglas de medidas administrativas Procedimiento de atención de denuncias ambientales Protocolo de monitoreo Aprobado (2) En proyecto (3) No cuenta con proyecto (4) AÑO : Observaciones (5)

INSTRUMENTO (6)

ENE

FEB

MAR

ABR

MAY

Programación (7) JUN JUL

AGO

SEP

OCT

NOV

DIC

INSTRUCCIONES

(1) Listado de los instrumentos legales básicos para el ejercicio de funciones de fiscalización ambiental. (2) Marcar con una (x) si cuenta con los instrumentos y contiene los alcances necesarios para el ejercicio de la función de fiscalización ambiental. (3) Marcar con una (x) si la EFA cuenta con un proyecto de instrumento legal. (4) Marcar con una (x) si no cuenta con dicho instrumento para el ejercicio de las funciones de fiscalización ambiental (5) Señalar información relevante respecto al instrumento legal referido. En caso se indique que la EFA no cuenta con proyecto, precisar qué normativa del marco legal general se aplica. (6) Indicar el nombre del instrumento que se aprobará para el ejercicio de sus funciones de fiscalización ambiental. (7) Indicar los meses en los cuales se va a formular y aprobar el instrumento para el ejercicio de sus funciones de fiscalización ambiental. Las acciones para la formulación del instrumento pueden programarse para diferentes meses, por lo que debe precisarse, en cada casilla del respectivo mes programado, si el proyecto de instrumento estará en elaboración (E) o revisión (R). Finalmente, indicar en qué mes se prevé la aprobación (A) del instrumento.

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