Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2016 (08/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

606086
ENTIDAD :

NORMAS LEGALES

Jueves 8 de diciembre de 2016 /

El Peruano

FORMATO N° 3: PLAN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL AÑO :

FECHA DE COMPONENTE AMBIENTAL A EVALUAR (5) PROGRAMA DE INICIO Y FRECUENCIA MONITOREO O FIN DEL UBICACIÓN / DE AGUA VIGILANCIA DE MONITOREO AIRE AIRE DIRECCIÓN (2) MONITOREO (efluentes, SUELO FLORA FAUNA LA CALIDAD O (emisiones) (ruido) (3) vertimientos) AMBIENTAL (1) VIGILANCIA (4)

Otros

RESPONSABLE (6)

INSTRUCCIONES 1.- Indicar el nombre del programa de monitoreo o vigilancia de la calidad ambiental 2.- Indicar la ubicación geográfica que involucra la ejecución del monitoreo y vigilancia de la calidad ambiental a realizarse. Deberá detallarse el departamento, provincia, distrito, precisando algunas referencias de ser el caso(zona, cuenca, etc). 3.- Indicar la frecuencia de ejecución del programa de monitoreo de la calidad ambiental (por ejemplo mensual, bimensual, trimestral, etc) 4.- Indicar la fecha de inicio y fin del monitoreo y vigilancia de la calidad ambiental 5.- Indicar el componente ambiental que será evaluado (agua, aire, suelo, flora, fauna, otros) 6.- Indicar el responsable del monitoreo de la calidad ambiental (precisando el área de la EFA correspondiente) FORMATO N° 4: PLAN DE SUPERVISIÓN AMBIENTAL ENTIDAD : ADMINISTRADOS A SER SUPERVISADOS (1) ENE FEB MAR PROGRAMACIÓN DE SUPERVISIONES (2) ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV AÑO : TOTAL ANUAL DE DIC SUPERVISIONES

TOTAL DE SUPERVISIONES POR MES INSTRUCCIONES 1.- Indicar el nombre del administrado a ser supervisado por parte de la EFA, de ser persona natural indicar el nombre completo y de ser persona jurídica indicar la razón social. En caso de que el administrado cuente con más una unidad de producción, comercio o servicio, se deberá repetir el nombre del administrado precisando la unidad de producción, comercio o servicio. 2.- Colocar una "X" en el mes o meses en el cual se realizará la supervisión.

1461972-1

Disponen la publicación en el portal institucional del OEFA, del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprobaría el Reglamento de Supervisión Ambiental
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 027-2016-OEFA/CD Lima, 7 de diciembre de 2016 VISTOS: El Informe N° 506-2016-OEFA/DS, emitido por la Dirección de Supervisión y la Coordinación General de Proyectos Normativos e Investigación Jurídica; y, el Informe N° 595-2016-OEFA/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013,

Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización ambiental; Que, a través de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de los administrados, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión y fiscalización ambiental ­a cargo de las diversas entidades del Estado­ se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente; Que, de acuerdo a lo previsto en el Literal a) del Numeral 11.2 del Artículo 11° de la Ley N° 29325,

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