Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2016 (29/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 191

El Peruano / Jueves 29 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
Modifica el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA MuNICIPAL N° 022-2016-MDI Imperial, 16 de diciembre de 2016 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL VISTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Imperial en Sesión Ordinaria de fecha 16 de diciembre de 2016, el Informe N° 206-2016-SGPVCP-MDI de fecha 09 de noviembre de 2016 y el Informe Legal N° 351-2016-OAJ-MDI de fecha 23 de noviembre de 2016, de la Oficina de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, asimismo, la referida Constitución en su artículo 4° precisa que la comunidad y el Estado protegen, entre otros, a los ancianos en situación de abandono; asimismo, el artículo 7° de la Constitución, establece que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad. Que, el artículo 2° de la Ley N° 30490, Ley de las Personas Adultas Mayores, define, como personas adultas mayores a todas aquellas que tengan 60 o más años de edad; Que, de conformidad con el primer párrafo del artículo 10° y 11° de la precitada Ley, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) promueve a través de la Dirección de Personas Adultas Mayores la creación de los Centros Integrales de atención al Adulto Mayor (CIAM), en las Municipalidades Provinciales y Distritales; Que, mediante Ley Nº 27658; Ley Marco de Modernización del Estado, declara que el Estado Peruano se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado al servicio del ciudadano; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de la Administración Pública, en su artículo 28º precisa que se requiere, entre otros, la aprobación del ROF en el siguiente caso: f) para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con la mayor eficiencia su misión y funciones; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, aprobó la Política de Modernización de la Gestión Pública, que es el principal documento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establecerá la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y

el desarrollo del país. Dicha norma, refuerza los objetivos y acciones que deben cumplir las entidades públicas y fortalece las políticas de obligatorio cumplimiento aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 027-2007PCM, que define y establece las Políticas Nacionales, las que se encuentran orientadas a la adopción de un enfoque de gestión basado en procesos; Que, el artículo 9º numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la acotada norma que señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa; Que, asimismo, el artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades antes mencionada, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efectos los acuerdos; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 008-2014MDI, de fecha 14 de Abril de 2014 se aprobó la creación del Centro Integral del Adulto Mayor - CIAM de la Municipalidad Distrital de Imperial; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 007-2011MDI, de fecha 20 de Mayo de 2011 se aprobó el ROF de la Municipalidad Distrital de Imperial; Que, en los documentos de vistos se aprecia que la modificación al Reglamento de Organización y Funciones está alineadas con las normas legales aludidas así como en la necesidad de incorporar las funciones del Centro Integral del Adulto Mayor - CIAM al ROF de la Municipalidad; Que, mediante informe N° 206-2016-SGPVCP-MDI de fecha 09 de noviembre de 2016, de la Sub Gerencia de Participación Vecinal y Centros Poblados que remite el proyecto de Ordenanza Municipal que modifica el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) incorporado las funciones del CIAM de la Municipalidad Distrital de Imperial; Que, mediante Informe Legal N° 351-2016-OAJ-MDI de fecha 23 de noviembre de 2016, el jefe de la oficina de asesoría legal OPINA: el proyecto de Ordenanza que modifica el reglamento de organización y funciones (ROF) incorporado las funciones del CIAM, del Ministerio de la Mujer y Población Vulnerable - (MIMP), en cumplimiento de la META 31 "Creación o Adecuación del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM, en nuestro distrito de imperial, propuesto por la Sub Gerencia de Participación Vecinal y Centros Poblados de la MDI, se adecua al marco legal vigente; Que, mediante dictamen N° 054-2016 de fecha 09 de diciembre de 2016, de la Comisión de Asuntos Legales y Asentamientos Humanos opina: que el proyecto de ordenanza que modifica el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) Incorporado las funciones del CIAM de la Municipalidad Distrital de Imperial, se encuentra confirme con el marco legal vigente; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el concejo municipal con el voto por unanimidad de los miembros del concejo: ORDENANZA QuE MODIFICA EL REgLAMENTO DE ORgANIZACIÓN Y FuNCIONES (R.O.F.) DE LA MuNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL ORDENANZA: Artículo Primero.- MODIFICAR las funciones y atribuciones de la Sub-Gerencia de Participación Vecinal, Centros Poblados y Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM, dispuesto en el literal a) del artículo 100, Artículo 101 y 102 de la Ordenanza Municipal N° 0072011-MDI, de fecha 20 de Mayo de 2011, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera:

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