Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2016 (29/12/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 186

609128

NORMAS LEGALES

Jueves 29 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Que, mediante Decreto Supremo N° 400-2015EF publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 25 de diciembre del 2015 se aprobó los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016. Dicha norma establece en su Anexo N° 3 que tres de las metas que deben cumplir las Municipalidades de Ciudades Principales Tipo "A" al 31 de diciembre de 2016 disponen en sus instructivos que no se exijan requisitos adicionales a los establecidos en el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (Meta 23), en la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento (Meta 24) y en la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, su Reglamento y modificatorias; a partir de lo cual, el Ministerio de Economía y Finanzas a través del Consejo Nacional de la Competitividad, como entidad responsable de brindar orientación y acompañamiento para el cumplimiento de estas metas, señala que para ello el TUPA de la municipalidad debe encontrarse adaptado a las normas vigentes de las materias señaladas. Que, la modificación del TUPA propuesta por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe N° 161-2016-GPP-MDVMT, está enmarcada en el cumplimiento de las metas señaladas líneas arriba. Que, el artículo 36º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala en su numeral 36.1 que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, norma de la más alta autoridad regional, Ordenanza Municipal o de la decisión del titular de las entidades autónomas conforme a la Constitución, según su naturaleza, procedimientos que deben ser compendiados y sistematizados en el TUPA aprobado para cada entidad; Que, en ese sentido el artículo 37º de la norma precitada, indica que el TUPA comprende todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal, el cual deberá consignarse expresamente en el TUPA con indicación de la fecha de publicación en el Diario Oficial, así como la calificación de cada procedimiento según corresponda entre procedimientos de evaluación previa o de aprobación automática, entre otros; Que, por su parte el numeral 38.1 del artículo 38º de la norma en mención, indica que el TUPA es aprobado por Ordenanza Municipal en el caso de Gobiernos Locales, y que luego de ello, conforme al numeral 38.5, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía; caso contrario, su aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1 antes citado, es decir mediante Ordenanza, como es el caso de la presente modificatoria, efectuándose la publicación respectiva; Que, en este contexto, de acuerdo con la normatividad señalada, resulta necesario modificar el TUPA vigente de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, adecuando la denominación de los procedimientos, incorporación de procedimientos, base legal, requisitos, calificación, formularios, plazos, autoridad competente para resolver e instancias de resolución de recursos y otros, en beneficio de los administrados; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 664-2016-MVMT-GAJ, señala que resulta legalmente procedente la modificación del Texto único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA presentado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD lo siguiente: ORDENANZA QuE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TuPA) DE LA MuNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIuNFO Artículo modificación Primero.APROBACION de la del Texto único de Procedimientos

Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, aprobado mediante Ordenanza N° 060-2002/MVMT y publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 20 de marzo del 2002, y sus modificatorias, en cumplimientos de las Metas 23, 24 y 25 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016, conforme se detalla en el Anexo N° 1 y Anexo N° 2, los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo. - DIFuSIÓN del Texto Único de Procedimientos Administrativos Institucional. La presente norma y sus correspondientes anexos serán publicados en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.qob. pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo (www.munivmt.gob. pe), conforme al artículo 1º de la Ley Nº 29091. Artículo Tercero.- VIgENCIA. La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.ASEguRAMIENTO del cumplimiento de la presente Ordenanza y de las medidas de publicidad. Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Secretaria General su publicación del texto aprobatorio en el Diario Oficial El Peruano, a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Procesos, como responsable de actualizar la página web, así como el cumplimiento de las formalidades de publicidad establecidos en ley, para que se efectúe en los portales electrónicos mencionados en el Artículo Segundo de la presente Ordenanza en la misma fecha de su publicación. Regístrese, comuníque, publíquese y cúmplase. CARLOS A. PALOMINO ARIAS Alcalde 1467911-1

Prorrogan para el año 2017 la Ordenanza N° 203-2015/MVMT, que determina monto por servicio de emisión mecanizada de actualización de valores y tasas, impresión de cuponera, mensajería y notificación a domicilio del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el año 2016
ORDENANZA N° 228-2016/MVMT Villa María del Triunfo, 23 de diciembre del 2016 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 014-2016-CARPP/MVMT de la Comisión de Administración, Rentas, Planeamiento y Presupuesto del Concejo Municipal de Villa María del Triunfo, el Oficio N° 107-2016-GM/MVMT y el Memorándum N° 632-2016-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, el Informe N° 100-2016-GAT-GM/MVMT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 622-2016-GAJMVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre Ordenanza que Prorroga para el Año 2017 la "Ordenanza que Determina el Monto por Servicio Municipal de Emisión Mecanizada comprendida por la Actualización de Valores y Tasas, Impresión de Cuponera, Mensajería y Notificación a Domicilio del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el año 2016", y;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.