Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2016 (07/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Jueves 7 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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Establecen disposiciones en la Corte Superior de Justicia de Lima Este para casos de discordia, impedimento, recusación, inhibición, abstención o cualquier otro motivo legal que genere la necesidad de completar la Sala Laboral Permanente con uno o más Jueces Superiores
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 003-2016-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, 5 de enero de 2016 VISTAS: Las Resoluciones Administrativas N° 286-2015-CEPJ y 227-2014-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y CONSIDERANDO: Primero.- Mediante Resolución Administrativa N° 286-2015-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial creó en este Distrito Judicial órganos jurisdiccionales para que tramiten en forma exclusiva procesos judiciales laborales, con aplicación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo - Ley Nº 29497. Segundo.- El artículo undécimo de la Resolución Administrativa N° 227-2014-CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial autoriza a esta Presidencia en casos de impedimentos por inhibiciones, recusaciones u otros relacionados con Jueces de un órgano jurisdiccional de un determinado distrito de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, pueda disponer su remplazo por un Juez de otro órgano jurisdiccional y distrito, ubicado dentro de la competencia territorial de esta Corte Superior. Tercero.- Teniendo en consideración que la Sala Laboral Permanente es única y con competencia en todo el Distrito Judicial, corresponde establecer las reglas que se deben seguir, bajo criterios de equidad cuando exista la necesidad de completar el Colegiado con uno o más Jueces Superiores. Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3°, y 9° del artículo 90°, 145° y 150° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- ESTABLECER que en los casos en que se produzca discordia, impedimento, recusación, inhibición, abstención o cualquier otro motivo legal que genere la necesidad de completar la Sala Laboral Permanente con uno o más Jueces Superiores, el señor Presidente del respectivo Colegiado, procederá de la siguiente forma: - Durante los meses de enero a junio se hará el llamado comenzando por el Magistrado menos antiguo de la Sala Civil Descentralizada Transitoria de Ate. - Durante los meses de julio a diciembre, se hará el llamado comenzando por el Magistrado menos antiguo de la Sala Superior Especializada en lo Civil Descentralizada y Permanente del Distrito de San Juan de Lurigancho. Artículo Segundo.- REMITIR copia de la presente resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de este Distrito Judicial, Salas Superiores correspondientes, Oficina Desconcentrada de Control

de la Magistratura y Oficina de Administración Distrital de este Distrito Judicial para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MARÍA DEL CARMEN PALOMA ALTABÁS KAJATT Presidenta 1330836-1

Establecen conformación de las Unidades de Línea de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este para el año judicial 2016
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 004-2016-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, 6 de enero de 2016 VISTOS: El oficio N° 0615-2015-J-ODECMA-CSJLE/PJ, remitido por el Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (Odecma) y el Acuerdo de Sala Plena del día 05 de enero de 2016; y, CONSIDERANDO: Primero.- El inciso 1) del artículo 8º e inciso 12) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Oficina de Control de la Magistratura ­ OCMA, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 242-2015-CE-PJ, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 01 de agosto de 2015; el Órgano de Dirección de la ODECMA es la Jefatura Desconcentrada de Control, cuya competencia se extiende a todo el Distrito Judicial, entre cuyas funciones se encuentra el proponer para su designación, al Consejo Ejecutivo Distrital, si lo hubiere, o a la Sala Plena o al Presidente de la Corte Superior respectiva, en caso no hubiere Sala Plena, la nómina de magistrados que integrarán los órganos de línea de la ODECMA. Segundo.- Por oficio de vistos el doctor JIMMY GARCIA RUIZ, Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, remite la Resolución de Jefatura N° 01-2016-J-ODECMA-LE/PJ mediante la cual presenta la propuesta de conformación de las Unidades de Línea de su Jefatura para el presente año judicial, indicando los Magistrados que desempeñarán el cargo en adición a sus funciones jurisdiccionales, para su aprobación en Sesión de Sala Plena. Tercero.- Los señores Jueces Superiores en sesión de Sala Plena de fecha cinco de enero de 2016, aprobaron por unanimidad la propuesta presentada, por lo que debe de oficializarse el acuerdo adoptado. Por tales consideraciones, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3), 6) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- OFICIALIZAR el acuerdo de Sala Plena de fecha 05 de enero del año 2016, que aprueba la propuesta de conformación de las Unidades de Línea de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este para el presente año judicial, con los Magistrados que desempeñarán el cargo en adición a sus funciones jurisdiccionales, conforme al cuadro que se indica:

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