Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2016 (07/01/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Jueves 7 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

574681

hasta que se resuelva, y los que se encuentren pendiente de señalamiento de fecha para la vista de causa y que proviene de los órganos jurisdiccionales que son de competencia territorial de la Sala Mixta de Pisco, se remitirán a la Sala Mixta de la provincia de Pisco en adición de sus funciones Sala Penal de Apelaciones." Segundo. Que mediante Oficio N° 170-2015-SMP/ CSJI/PJ/P, los Jueces Superiores de la Sala Mixta de Pisco, Corte Superior de Justicia de Ica, solicitan se deje sin efecto la mencionada Resolución Administrativa N° 281-2015-CE-PJ. Tercero. Que, por Oficio N° 708-2015-OPJ-CNPJ-CEPJ, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 123-2015-OPJCNPJ-CE/PJ, a través del cual informa lo siguiente: a) De conformidad con la Resolución Administrativa Nº 245-2014-CE-PJ de fecha 16 de julio de 2014, la Comisión Nacional de Productividad Judicial tiene bajo su competencia el seguimiento, monitoreo y propuestas de creación, prórroga, conversión y/o reubicación de los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios a nivel nacional bajo función estándar, que tramitan expedientes bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo y la liquidación con el anterior modelo laboral; así como los liquidadores penales del antiguo régimen procesal; por lo tanto, el monitoreo de la Sala Mixta de la Provincia Pisco se encuentra a cargo de la Oficina de Productividad Judicial, razón por la cual debió consultarse y/o coordinarse con esta oficina, la propuesta promovida por el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal respecto a la ampliación de competencia de la referida Sala Mixta para que en adición de sus funciones actúe como Sala Penal de Apelaciones. b) La adición de funciones de la Sala Mixta de Pisco como Sala Penal de Apelaciones, traería como consecuencia el traslado de los magistrados a las provincias de Chincha e Ica para llevar a cabo las audiencias con reos en cárcel, generándose una recarga injustificada en las labores judiciales, con el correspondiente retraso en el trámite de los expedientes en materia civil, familia y laboral que actualmente atienden; considerando además que la Sala Mixta de Pisco registraría a diciembre del presente año un ingreso total de 915 expedientes y 750 resueltos, lo cual representa aproximadamente el doble a lo registrado por la Sala Mixta Descentralizada de la Provincia de Chincha, la cual registró un ingreso total de 553 y 417 expedientes resueltos. c) La carga procesal y la responsabilidad funcional de la Sala de Penal de Apelaciones de la provincia de Chincha se está disminuyendo, toda vez que en función a sus ingresos a julio de 2015, los cuales son bastante bajos, presenta subcarga procesal, y se encuentra en el puesto N° 24 de las veintinueve Salas Penales de Apelaciones a nivel nacional existentes hasta el año 2012; asimismo, la carga procesal proyectada a diciembre del presente año, dejando de considerar la carga procesal proveniente de la provincia de Pisco, ascendería a 379 expedientes, y teniendo que su estándar anual es de 440 expedientes conforme a la Resolución Administrativa N° 174-2014-CE-PJ, se acentuaría su situación de subcarga procesal; por lo que resulta innecesaria la reducción de su competencia territorial. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 12102015 de la quincuagésimo sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Álvarez Díaz, en uso de las atribuciones por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sin la intervención del señor Lecaros Cornejo por encontrarse de vacaciones. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa N° 281-2015-CE-PJ, de fecha 11 de setiembre de 2015.

Artículo Segundo.- La Sala Penal de Apelaciones de Chincha, Corte Superior de Justicia de Ica, mantendrá su competencia territorial en las Provincias de Chincha y Pisco. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto cualquier disposición administrativa contraria a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Presidentes de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidentes de la Corte Superior de Justicia de Ica, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VICTOR TICONA POSTIGO Presidente 1330531-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 361-2015-CE-PJ Mediante Oficio Nº 007-2016-CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 361-2015-CEPJ, publicada en la edición del 1 de enero de 2016. DICE: "Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de enero de 2016, el funcionamiento del siguiente órgano jurisdiccional: HASTA EL 31 DE ABRIL DE 2016 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO · 4° Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Puno". DEBE DECIR: "Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de enero de 2016, el funcionamiento del siguiente órgano jurisdiccional: HASTA EL 31 DE ENERO DE 2016 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO · 4° Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Puno". 1330584-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen conformación de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima y designan juez supernumerario
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 005-2016-P-CSJLI/PJ Lima, 6 de enero de 2016 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso número 5767-2015, la doctora Flor De María Concha Moscoso, Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia de la República

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.