Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2016 (06/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 120

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NORMAS LEGALES

Sábado 6 de febrero de 2016 /

El Peruano

y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2016 como el Acuerdo de Concejo Nº 420 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la misma que ratificó a la Ordenanza antes señalada; Que, mediante el Informe Nº 056-2016-SGATGR-MDS, de fecha 18 de enero del 2016, emitido por la Sub Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 003-2016-GR-MDS, de fecha 20 de enero del 2016, emitido por la Gerencia de Rentas, el informe Nº 023-2016-GAJ-MDS, de fecha 20 de enero del 2016, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 050-2016-GPPCIMDS, de fecha 20 de enero del 2016, emitido por la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Cooperación Internacional, todas como áreas técnicas competentes opinan favorablemente por la viabilidad técnica, legal y presupuestal de la Ordenanza; Que, en ese sentido, resulta pertinente y necesario otorgar un beneficio de descuento por el pronto pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del año 2016, a los contribuyentes puntuales que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2016; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, con la opinión favorable de la Gerencia de Rentas, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional y la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LOS DESCUENTOS POR EL PRONTO PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2016 Artículo 1º.- APRUÉBESE el descuento por el PRONTO PAGO del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2016, del 15% del Insoluto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2016, para los contribuyentes cuyos predios correspondan al uso de Casa Habitación en general, siempre que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios del ejercicio 2016 hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales 2016. Artículo 2º.- APRUÉBESE el descuento por el PRONTO PAGO del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2016, del 12% del insoluto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2016, para los contribuyentes cuyo predio sea de uso Comercio, Servicio, Industria y Otros con un metraje de hasta 100m2 de área construida, siempre que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales 2016 hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2016. Artículo 3 .- APRUÉBESE el descuento por el PRONTO PAGO del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2016, del 8% del Insoluto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2016, para los contribuyentes cuyo predio sea de uso Comercio, Servicio, Industria y Otros con un metraje mayor a 100m2 de área construida, siempre que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales 2016 hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2016. Artículo 4 .- APRUÉBESE el descuento por el PRONTO PAGO del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2015, del 6% del Insoluto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2015, para los contribuyentes cuyos predios correspondan al uso de Centro Comercial, simpre que cumplan con cancelar el total del Impuiesto Predial y los arbitrios del ejercicio 2016 hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales 2016. DISPOSICIONES FINALES Primera.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Estadística e Informática y demás

áreas competentes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como la prórroga de la misma. Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 1342297-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 352-MDS Mediante Oficio Nº 033-2016/SG-MDS, la Municipalidad Distrital de Surquillo solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 352-MDS, publicada en la edición del día 28 de enero de 2016. DICE: "POR CUANTO: VISTOS, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Memorándum Nº 016-2016-GM-MDS de fecha XXX de enero de 2016..." DEBE DECIR: "POR CUANTO: VISTOS, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Memorándum Nº 016-2016-GM-MDS de fecha 18 de enero de 2016..." 1342350-1

MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 207-2016/MVMT Mediante Oficio Nº 085-2016-SG-MVMT, la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza N° 207-2016/ MVMT, publicada en la edición del día 26 de enero del 2016. 1.- En la parte resolutiva de la Ordenanza (página 576502) DICE: Artículo Primero.- APROBAR la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, el mismo que consta de 164 artículos, Diez Disposiciones Complementarias y Una Disposición Final, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. DEBE DECIR: Artículo Primero.- APROBAR la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, el mismo que consta de 167 artículos, Diez Disposiciones Complementarias y Una Disposición Final, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. 2.- En la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Villa María del Triunfo (página 576503)

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