Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2016 (06/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 115

El Peruano / Sábado 6 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

577393

EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Oficio N° 061/MAAG/ARSEC del Jefe de la Sección Ejército del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, el Informe N° 070-2016-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 39-2016-GM-MSS de la Gerencia Municipal, entre otros documentos, sobre invitación para participar en el Seminario sobre Emergencias Complejas y Desastres a gran Escala, que se realizará en la Universidad Interamericana de Defensa ubicada en Washington D.C. Estados Unidos de América; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 9° numeral 11) de la Ley N° 27972, establece que, es atribución del Concejo Municipal "Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario"; Que, mediante Oficio N° 061/MAAG/ARSEC del 21.01.2016, el Jefe de la Sección Ejército del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos, de la Embajada de Estados Unidos de América en Lima ­ Perú, cursa invitación al señor Alcalde de Santiago de Surco, para participar en el Seminario sobre Emergencias Complejas y Desastres a gran Escala, que se realizará en la Universidad Interamericana de Defensa ubicada en Washington D.C., el cual, está enfocado en la preparación y disminución moderada de contrahechos complejos, emergencias naturales, desastres tecnológicos y ataques terroristas a gran escala a nivel nacional y el objetivo principal es que el gobierno municipal debe estar preparado y demostrar a su país resultados ante un desastre natural provocado por el ser humano; Que, mediante Informe N° 070-2016-GAJ-MSS del 26.01.2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que, en el mencionado evento, según el temario, será uno donde se abordará temas sobre Emergencias y Desastres Naturales, entre otros, contribuyendo de esta forma a la capacitación del señor Alcalde a efectos que luego pueda volcar su experiencia en esta Corporación Municipal; agregando que, la invitación a participar del mencionado evento no irrogará gastos a la Corporación, por cuanto la misma cubre pasajes aéreos, comida y alojamiento; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica agrega que, el Artículo 9° numeral 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario, por lo que la presente autorización de viaje deberá ser aprobado por el Concejo Municipal; Que, asimismo la citada Gerencia señala que, debe tenerse presente, el Artículo 10° numeral 10.1 de la Ley N° 30372 -Ley del Presupuesto de Sector Público para el Año Fiscal 2016, que establece: "Prohíbase los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los siguientes casos, que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad: a) Los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, en este sentido, Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y

Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, que aprueba el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos en su Artículo 2° establece que "...la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución...", en este caso el viaje del señor Alcalde a Ciudad de Washington D.C. - USA se encuentra sustentado en el temario sobre Emergencias y Desastres Naturales complejos, entre otros, contribuyendo de esta forma a la capacitación del señor Alcalde a efectos que luego pueda volcar su experiencia en esta Corporación Municipal, en concordancia con el Artículo 10° de la Ley de Presupuesto para el sector Público para el año 2016 - Ley N° 30672; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, es de la opinión que, se autorice en comisión de servicios, el viaje del señor Alcalde a la ciudad de Washington D.C. - USA, para participar en el evento denominado Emergencias Complejas y Desastres a gran Escala, a efectuarse en la ciudad de Washington D.C. ­ USA, debiendo elevarse los autos al Concejo Municipal a efectos que se apruebe mediante Acuerdo de Concejo con el quórum correspondiente; Que, mediante Memorándum N° 39-2016-GM-MSS de fecha 27.01.2016, la Gerencia Municipal señala que se requiere autorización, en calidad de comisión de servicios, para la participación del señor Alcalde, por lo cual traslada la documentación a fin de ser elevada al Concejo Municipal; Que, el Artículo 24º de la Ley Nº 27972 establece que "En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; en caso de vacancia del regidor, lo reemplaza; i) Al Teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; ii) A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral"; por lo que se hace necesario encargar el Despacho de Alcaldía en el Teniente Alcalde; Estando al Informe Nº 070-2016-GAJ-MSS, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y de conformidad con el Artículo 9º numeral 11) de la Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal luego del debate de los señores regidores sobre la importancia de este evento y escuchar la exposición del señor Alcalde con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, adoptó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje, en calidad de comisión de servicios, al señor ROBERTO HIPÓLITO GÓMEZ BACA Alcalde de la Municipalidad de Santiago de Surco, a la ciudad de Washington D.C. Estados Unidos de América, desde el 31 de enero al 08 de febrero del 2016 con la finalidad de participar en el Seminario sobre Emergencias Complejas y Desastres a gran Escala, a realizarse, en la Universidad Interamericana de Defensa ubicada en Washington D.C. Artículo Segundo.- PRECISAR que los gastos del viaje son asumidos íntegramente por los organizadores del evento, por lo que la autorización no irrogará egreso al presupuesto institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Teniente Alcalde señor WILLIAM DAVID MARIN VICENTE el Despacho de la Alcaldía, mientras dure el viaje del señor Alcalde, en comisión de servicios. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1342768-1

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