Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2016 (11/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Jueves 11 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES
Localidad Pichanaqui Chanchamayo (La Merced) San Vicente de Cañete Pucallpa Iquitos Desde 01/10/2015 11/11/2015 01/12/2015 01/01/2016 01/02/2016 Hasta 31/10/2015 30/11/2015 31/12/2015 31/01/2016 28/02/2016 Categorías M,N,O M,N,O M,N,O M,N,O M,N,O

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Ultimo digito de placa 0 AL 9 0 AL 9 0 AL 9 0 AL 9 0 AL 9

Que, mediante Resolución Directoral N° 5494-2014MTC/15, de fecha 31 de diciembre de 2014 y publicada el 14 de enero de 2015, se autorizó la ampliación de un (01) nuevo punto de operación de su Centro de Inspección Técnica Vehicular Móvil Tipo Mixta en la localidad de Chincha, adicional a las localidades ya autorizadas mediante Resolución Directoral N° 4197-2014-MTC/15, cuyo plazo de vigencia está condicionado a la duración de la autorización de su CITV Fijo; y su ámbito territorial queda subordinado a la operación de algún Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo en las localidades autorizadas. Que, mediante el Parte Diario N° 150484 de fecha 01 de setiembre de 2015 El CITV, solicita autorización para ampliación de nuevos puntos de operación de su planta móvil a las siguientes localidades: Pichanaqui, Chanchamayo (La Merced), San Vicente de Cañete, Pucallpa e Iquitos, según el siguiente cronograma: Ultimo digito de placa 0 AL 9 0 AL 9 0 AL 9 0 AL 9 0 AL 9

Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa SISTEMAS DE INSPECIONES TÉCNICAS CENTRO SAC-SITEC CENTRO SAC, los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANGEL SÁNCHEZ DEL SOLAR QUIÑONES Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1300121-1

Localidad Pichanaqui Chanchamayo (La Merced) San Vicente de Cañete Pucallpa Iquitos

Desde

Hasta

Categorías M,N,O M,N,O M,N,O M,N,O M,N,O

01/10/2015 31/10/2015 11/11/2015 30/11/2015 01/12/2015 31/12/2015 01/01/2016 31/01/2016 01/02/2016 28/02/2016

Que, el numeral 28.2 del artículo 28° de El Reglamento determina que el Centro de Inspección Técnica Vehicular Móvil es el: "Contenedor, remolque o semirremolque acondicionado con el equipamiento requerido para prestar el servicio de Inspección Técnica Vehicular, que puede trasladarse de un lugar a otro y que se encuentra previamente autorizado por la DGTT para operar en localidades donde no se haya autorizado la operación de algún Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo. Estos Centros estarán a cargo de un Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV Fijo"; Que, mediante Informe Nº 1323-2015-MTC/15.03, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, concluye que El CITV ha cumplido con presentar los documentos que sustentan la ampliación de nuevos puntos de operación de su planta móvil tipo mixta, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicación además los principios de informalismo, presunción de veracidad y privilegio de los controles posteriores contenidos en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, y; Que, de conformidad con la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa SISTEMAS DE INSPECIONES TÉCNICAS CENTRO SAC-SITEC CENTRO SAC, la ampliación de nuevos puntos de operación de su Centro de Inspección Técnica Vehicular Móvil tipo mixta en las siguientes localidades: Pichanaqui, Chanchamayo (La Merced), San Vicente de Cañete, Pucallpa e Iquitos, adicionales a las localidades ya autorizadas mediante las Resoluciones Directorales N°s. 4197-2014-MTC/15 y 5494-2014MTC/15, cuyo plazo de vigencia está condicionado a la duración de la autorización de su CITV Fijo; y su ámbito territorial queda subordinado a la operación de algún Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo en las localidades autorizadas; Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; Artículo Tercero.- Aprobar el cronograma especial del CITV Móvil de la empresa SISTEMAS DE INSPECIONES TÉCNICAS CENTRO SAC-SITEC CENTRO SAC, como sigue:

Autorizan a Escuela de Conductores Integrales - Cusco en Ruta S.R.L., la modificación de los términos de su autorización contenida en la R. D. Nº 1692013-MTC/15
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 165-2016-MTC/15 Lima, 14 de enero de 2016 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 198860, 198861, 220320, 220322-2015 y la Hoja de Ruta N° E-000604-2016, presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES-CUSCO EN RUTA S.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 169-2013MTC/15 de fecha 09 de enero de 2013, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30 de enero de 2013, se autorizó a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES-CUSCO EN RUTA S.R.L., con RUC N° 20491121221 y domicilio en Av. Los Incas N° 900 (4° piso), esquina con Anselmo Álvarez, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela; conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; Que, con Parte Diario N° 198860 de fecha 18 de noviembre de 2015, La Escuela solicita la modificación de los términos de su autorización contenida en la Resolución Directoral N° 169-2013-MTC/15, cambiando la ubicación del local situado en: Av. Los Incas N° 900 (4° piso), esquina con Anselmo Álvarez, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, al nuevo local ubicado en Av. La Cultura N° 1028-B (3er nivel), distrito de Wanchaq, provincia y departamento del Cusco; Que, mediante Parte Diario N° 198861 de fecha 18 de noviembre de 2015, La Escuela comunica dirección para efectuar la notificación y otros; Que, con Oficio Nº 8477-2015-MTC/15.03 de fecha 16 de diciembre de 2015 y notificado con fecha 16 de diciembre de 2015, esta Administración formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriéndole la subsanación correspondiente, para lo cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante Oficio N° 8607-2015-MTC/15.03 de fecha 22 de diciembre de 2015, se programó la fecha de

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