Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2016 (11/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Jueves 11 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

577741

Hugo Iván Vergara Soto, Jefe (e) de la Oficina General de Administración, como funcionario responsable de proporcionar la información institucional de acceso público de la Sede Central del Instituto Peruano del Deporte; Que, mediante Resolución N° 009-2016-IPD/P de fecha 15 de enero de 2016 se da por concluida la designación del señor Lic. Hugo Iván Vergara Soto como Jefe de la Oficina General de Administración y se resuelve designar en dicho cargo al señor Iván Pereyra Villanueva a partir del 18 de enero de 2016; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27444; Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y sus modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 018-2004-PCM así como el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2004.PCM; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General del Instituto Peruano del Deporte; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación del señor Lic. Hugo Iván Vergara Soto como funcionario responsable de proporcionar la información institucional de acceso público de la Sede Central del Instituto Peruano del Deporte. Artículo 2°.- Designar a partir del día 18 de enero de 2016, al señor Iván Pereyra Villanueva, como funcionario responsable de proporcionar la información institucional de acceso público de la Sede Central del Instituto Peruano del Deporte, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento. Regístrese, comuníquese y publíquese. SAUL BARRERA AYALA Presidente 1344014-1

OFICINA NACIONAL DE GOBIERNO INTERIOR
Delegan facultades en diversos funcionarios de la ONAGI
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0022 -2016-ONAGI-J Lima, 21 de enero del 2016 VISTO: El Informe N° 014-A-2016-ONAGI-OGAJ, de fecha 20 de Enero del 2016, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1140 se crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior (ONAGI) como Organismo Público Ejecutor con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y presupuestaria en el ejercicio de sus funciones, con calidad de pliego presupuestal, adscrita al Ministerio del Interior; Que, el numeral 15 del artículo 10° del Decreto Legislativo N° 1140 que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior, establece que corresponde al Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Interior delegar las facultades y atribuciones que estime conveniente en el Secretario General u otros funcionarios de ONAGI; Que, conforme al literal n) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-IN, establece que son funciones de la Jefatura Nacional de la Oficina Nacional

de Gobierno Interior Delegar las atribuciones y funciones que no le sean privativas, en el Secretario General u otros funcionarios de las ONAGI; Que, mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el mismo que establece en su numeral 7.1 del artículo 7° que el Titular de la Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva, pudiendo delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, la Ley de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, el tercer párrafo del inciso c) del artículo 8° de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Ley Nº 30225, señala que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la mencionada Ley, no pudiendo ser objeto de delegación la declaración de nulidad de oficio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra, la aprobación de las contrataciones directas salvo aquellas que disponga el Reglamento de acuerdo a la naturaleza de la contratación, y los otros supuestos que se establezcan en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF; Que, teniendo en consideración las normas antes citadas, con el propósito de lograr una mayor fluidez a la gestión administrativa de la Entidad y cumplir de manera oportuna y eficaz las funciones institucionales de la ONAGI, resulta necesario delegar en diversos servidores, facultades y atribuciones que corresponden al Titular del de la Entidad, que no son privativas a su función; en tal sentido, debe expedirse la resolución correspondiente; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Administración y Finanzas, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Legislativo N° 1140- Ley que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior; Decreto Supremo N° 003-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº.304-2012-EF, y; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el Secretario General de la Oficina Nacional de Gobierno Interior ONAGI, con eficacia anticipada al 1 de enero de 2016, las siguientes facultades: 1.1. En materia Presupuestal: a. Aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular del Pliego 071: Oficina Nacional de Gobierno Interior, previo informe técnico favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, suscribiendo la documentación respectiva. b. Suscribir en representación de la ONAGI la documentación que debe ser remitida a la Contraloría General de la República en el marco de lo dispuesto en la Resolución de Contraloría N° 314-2015-CG, lo cual incluye la suscripción de los contratos con las sociedades de auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control. c. Aprobar directivas internas para la racionalización del gasto y para el manejo adecuado de recursos asignados por toda fuente de financiamiento durante la ejecución presupuestaria del ejercicio, pudiendo dictar medidas complementarias que resulten necesarias, a excepción de aquellas que correspondan a la Oficina General de Administración y Finanzas o la que haga sus veces, conforme a las disposiciones que dicta la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público. 1.2. En materia de Contrataciones del Estado: a. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, así como sus modificaciones.

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