Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2016 (11/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

Jueves 11 de febrero de 2016 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Modifican Ordenanza que aprobó el Reglamento de Edificaciones y Normas Complementarias de la Zonificación del Distrito de San Borja
ORDENANZA Nº 556-MSB San Borja, 26 de enero de 2016. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS; en la II-2016 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de enero de 2016, el Dictamen N° 003-2016-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, el Dictamen N° 002-2016-MSB-CDU de la Comisión de Desarrollo Urbano, el Informe N° 003-2016-MSBGDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe N° 21-2016-MSB-GM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 047-2016-MSB-GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado y Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano con Informe N° 003-2016-MSB-GDU de fecha 19 de enero de 2016, señala que teniendo en cuenta la realidad actual, es necesario modificar la Ordenanza N° 491-MSB de fecha 27 de noviembre de 2012, que aprueba el Reglamento de Edificaciones y Normas Complementarias de la Zonificación del Distrito de San Borja, a fin de garantizar un desarrollo más ordenado de las actividades urbanas residenciales y comerciales que se desarrollan en el Distrito, propiciando las condiciones para la mejor calidad de vida de los ciudadanos; Que, dicha modificación se basa en el análisis de los cambios de la realidad urbana del Distrito, las normas que se han emitido por parte de las entidades del gobierno nacional y metropolitano, las tendencias de cambios en las inversiones privadas, los objetivos de desarrollo sostenible y protección del medio ambiente, consultas y propuestas de los administrados; Que, asimismo, señala que desde la aprobación de la Ordenanza N° 491-MSB a la fecha, las inversiones urbanas se han intensificado, afectando la dinámica urbana del Distrito, entre ellas la consolidación del Centro Cultural de la Nación (Biblioteca Nacional, Gran Teatro Nacional, Museo de la Nación, Ministerio de Cultura, Ministerio de Educación, Huaca San Borja), la construcción del Centro de Convenciones y el edificio del Banco de la Nación, el intenso uso del Metro de Lima y la animación de la actividad comercial en los centros comerciales del Distrito, afectando el valor del suelo e incrementando las inversiones inmobiliarias, generando expectativas en los propietarios para obtener mejores recursos por sus propiedades, por lo que es necesario propiciar las condiciones para que las inversiones encuentren procesos adecuados para su realización; Que, el objeto de la modificación es complementar y actualizar el Reglamento de Edificaciones y Normas Complementarias de la Zonificación del Distrito de San Borja, teniendo en cuenta la realidad y necesidades urbanas actuales, características y particularidades del Distrito, formulando la modificación, complementariedad y actualización de los Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, perfeccionando los Niveles Operacionales y Estándares de Calidad para las Actividades Urbanas en

el Distrito de San Borja, afinando los aspectos técnicos urbanísticos, condiciones básicas para el funcionamiento y el acondicionamiento de establecimientos comerciales y de servicios aprobado con Ordenanza N° 1429-MML, en función a la ubicación y compatibilidad con el uso de suelo urbano establecido en la zonificación vigente aprobada con Ordenanza N° 1063-MML y su modificatoria con Ordenanza N° 1444-MML; Que, el ámbito de aplicación comprende el área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana, acorde al Plano de Zonificación aprobado con Ordenanza N° 1063-MML, Ordenanza N° 1444-MML y sus modificatorias, no siendo de aplicación en las Zonas de Reglamentación Especial ­ ZRE, que se rigen por sus propias normas específicas. Las disposiciones de la presente norma serán aplicables en los lotes urbanos habilitados del Distrito, que toda persona natural o jurídica desee solicitar Licencia de Edificación o de Funcionamiento; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica en el Informe N° 21-2016-MSB-GM-GAJ; con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 491-MSB, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE EDIFICACIONES Y NORMAS COMPLEMENTARIAS DE LA ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SAN BORJA Artículo Primero.- Aprobar la modificación del Reglamento de Edificaciones y Normas Complementarias de la Zonificación del Distrito de San Borja, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; y a la Gerencia de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal de Transparencia Institucional de la Municipalidad de San Borja (www. munisanborja.gob.pe). Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 1343885-1

Aprueban Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de San Borja - TUSNE
RESOLUCIÓN DE ALCALDIA Nº 014-2016-MSB-A San Borja, 3 de febrero de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA: VISTOS, el Informe N°158-2015-MSB-GPE de la Gerencia de Planificación Estratégica de fecha 30 de diciembre de 2015; el Informe N° 149-2015-MSB-GPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización de fecha 02 de diciembre de 2015; el Informe N° 009-2016-MSB-GMGAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 12 de enero de 2016; el Memorandum N°031-2016-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 15 de enero de 2016; sobre aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de San Borja (TUSNE); y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con la Ley

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