Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2016 (11/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Jueves 11 de febrero de 2016 /

El Peruano

Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supero Nº 156-2004-EF. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar el cumplimento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, Secretaria General de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Segunda.Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar las fechas de vencimiento establecidas en el artículo 2º en caso que, así lo amerite. Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL MALAGA CUADROS Alcalde 1343529-1

que afecta la salud, una catástrofe material (incendio, explosión, entre otras), una grave crisis alimentaria, y cuando se manifiesta como un sentimiento que unifica a quienes sufren de una injusta dominación para lograr alcanzar un ideal de independencia, de libertad; Que, la solidaridad ha estado siempre presente en la vida nacional a través de la minka y de la cooperación popular con resultados halagüeños; Que, la solidaridad puede facilitar los procesos y desarrollar las capacidades en el espacio local permitiendo al gobierno municipal, a las organizaciones comunitarias y a las familias promover la concertación y participación para el desarrollo; Que, la Gerencia Municipal, mediante Memorando N° 469-2015-GM-MDJM de fecha 14 de mayo del 2015 y la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil mediante Informe N° 307-2015-MDJM-GAJyRC de fecha 13 de mayo del 2015, consideran factible que se establezca el día 20 de diciembre como el Día de la Solidaridad en Jesús María; En uso de las facultades conferidas por el en el numeral 8 del artículo 9° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CELEBRACIÓN DEL DÍA DE LA SOLIDARIDAD EN EL DISTRITO DE JESÚS MARÍA Artículo Primero.- Disponer que cada 20 de diciembre de todos los años, se institucionalice la celebración del Día de la Solidaridad en Jesús María, con la finalidad de fortalecer un sentimiento de pertenencia, identidad, unidad, paz, amor, patriotismo, justicia y libertad. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al señor Alcalde para que disponga las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 1343727-1

MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
Ordenanza que aprueba la celebración del Día de la Solidaridad en el Distrito de Jesús María
ORDENANZA N° 486-MDJM Jesús María, 12 de enero del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA; POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA; VISTO; El Dictamen N° 007-2015-MDJM-CAJ de la Comisión de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, señala que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el artículo 10° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 en el inciso 1 se establece que corresponde a los Regidores proponer proyectos de Ordenanzas y Acuerdos; Que, el artículo 4° del Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Municipalidad de Jesús María, establece como competencia del gobierno local, el promover el desarrollo integral y sustentable de la localidad, a fin de generar mayores oportunidades para el desarrollo humano y elevar la calidad de vida de la población; Que, el artículo 9 del Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Municipalidad de Jesús María, señala: Son funciones generales del Concejo Municipal las siguientes: Inciso 9.1 función normativa: Dictado de Ordenanzas, Acuerdos y Resoluciones en el marco de la Ley Orgánica de Municipalidades y la legislación especial correspondiente; Que, el 22 de diciembre del año 2005 la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante Resolución 60/209 decidió proclamar el 20 de diciembre de cada año como el Día Internacional de la Solidaridad Humana, por ser uno de los valores fundamentales y universales en que deberían basarse las relaciones entre los pueblos en el siglo XXI; Que, la Solidaridad, es un sentimiento, en que deben sustentarse las relaciones humanas, porque promueve la inclusión social, la unidad, el desarrollo humano y la garantía de una coexistencia pacífica; Que, el valor de la solidaridad, se manifiesta y se acciona en toda su grandeza, para ayudar a quienes sufren una calamidad de desastre natural, una epidemia

MUNICIPALIDAD DE LURÍN
Establecen cronograma de vencimiento de pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, correspondiente al Ejercicio 2016
ORDENANZA MUNICIPAL N° 308-ML Lurín, 28 de enero del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN: POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de enero del 2016, visto el Informe N° 0112016-GR/ML de la Gerencia de Rentas, el Informe N° 0064-2016-GAJ/ML de la Gerencia de Asesoría Jurídica, referido al Proyecto de Ordenanza que establece el Cronograma de Vencimiento de Pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al Ejercicio 2016. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004EF, señala que el Impuesto Predial podrá cancelarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas

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