Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2016 (19/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Viernes 19 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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Que, en el marco de la referida facultad, la Dirección Técnico Normativa con el visado de la Sub Dirección de Normatividad, a través del Informe Nº 031-2016/DTN, propone el proyecto de Directiva de Acreditación de Instituciones Arbitrales por el OSCE; Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE; Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE, señala como función del Consejo Directivo aprobar las Directivas de alcance general en materia de contrataciones del Estado; Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 003-007-2016/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria Nº 003-2016/OSCE-CD, de fecha 17 de febrero de 2016, acordó aprobar la Directiva de Acreditación de Instituciones Arbitrales por el OSCE; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo Directivo; De conformidad con el literal k) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, con los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con las visaciones de la Dirección Técnico Normativa, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 019 -2016-OSCE/ CD, "Directiva de Acreditación de Instituciones Arbitrales por el OSCE", que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la Directiva Nº 019 -2016-OSCE/CD aprobada en el artículo 1º, en el Portal Web del Estado Peruano (www.peru.gob. pe) y el Portal Web del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE (www.osce.gob.pe). Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva 1347206-3

Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el artículo único de la Resolución de Superintendencia Nacional adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000 desconcentran en el Intendente Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000 SE RESUELVE: Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Lima a los funcionarios que se indican a continuación: N° 1 2 3 4 5 6 REG. 8833 9274 8720 8742 8715 8630 APELLIDOS Y NOMBRES BELTRAN SULOAGA WILMER SANTTIAGO AÑAZCO RUIZ ANGELICA VELARDE COILA JESSICA CELIS PAIRA ELIZABETH KARINA IGNACIO SIERRA RUTH DYANA PESANTES LUNA LUCIA MARTINA

Regístrese, comuníquese y publíquese. HARALDO CRUZ NEGRÓN Intendente Intendencia Lima 1346474-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL
Designan Gerente de la Gerencia de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil de la SUCAMEC
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 213-2016-SUCAMEC Lima, 16 de febrero de 2016 VISTO: La Carta de fecha 20 de enero de 2016, suscrita por la señorita Mercedes Patricia Aguilar Ramos; el Oficio Nº 125-2016-SUCAMEC/OGRH, de fecha 02 de febrero de 2016; el Mesmorando Nº 022-2016-SUCAMEC-GG, de fecha 08 de febrero de 2016; los Memorandos Nos. 148 y 173-2016-SUCAMEC-OGRH, de fechas 08 y 12 de febrero de 2016, respectivamente; y por las siguientes consideraciones: 1. Mediante Decreto Legislativo Nº 1127, publicado en el diario oficial El Peruano el 07 de diciembre de 2012, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones. 2. Con fecha 04 de abril de 2013 se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, mediante el cual se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUCAMEC, vigente a partir del

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan a funcionarios como Auxiliares Coactivos de la Intendencia Lima
INTENDENCIA LIMA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 020-024- 0000278 /SUNAT Miraflores, 9 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, es necesario dejar sin efecto la designación de Auxiliares Coactivos y designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Lima para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF, norma que establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la

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