Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2016 (02/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Sábado 2 de julio de 2016

NORMAS LEGALES
ENTIDAD DE DESTINO Poder Judicial

591535

GERENTE PÚBLICO Hugo Horacio Taipe Medrano

CARGO Jefe de la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho

del literal A de la Sección VII, del Procedimiento General "Tránsito Aduanero" INTA-PG.08 (versión 4), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N°272-2009/SUNAT/A, con el texto siguiente: "II. ALCANCE Todas las dependencias de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria - SUNAT y a los operadores de comercio exterior que intervienen en el procedimiento del régimen de Tránsito Aduanero." "III. RESPONSABILIDAD La aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente procedimiento es responsabilidad del Intendente Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero, del Intendente Nacional de Sistemas de Información, del Intendente de Gestión y Control Aduanero, de los intendentes de aduana de la República, jefaturas y del personal de las distintas unidades organizacionales que participan en el presente procedimiento." "V. BASE LEGAL - Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 1053 publicado el 27.6.2008 y normas modificatorias. - Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2009-EF publicado el 16.1.2009 y normas modificatorias. - Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Supremo Nº 031-2009-EF publicado el 11.2.2009 y normas modificatorias. - Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley emitidas con relación a los CETICOS, aprobado por Decreto Supremo N° 112-97-EF publicado el 3.9.1997. - Reglamento de los Centros de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios ­ CETICOS, aprobado por Decreto Supremo N° 023-96-ITINCI publicado el 04.01.1997, modificado por los Decretos Supremos Nos. 003-97-ITINCI y 005-97-ITINCI. - Ley de la Zona Franca y Zona Comercial, Ley N° 27688 y normas modificatorias. - Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2002-MINCETUR, publicado el 23.2.2005 y normas modificatorias. - Decreto Legislativo que aprueba medidas en frontera para la protección de los derechos de autor o derechos conexos y los derechos de marca aprobado por Decreto Legislativo Nº 1092, publicado el 28.6.2008. - Reglamento del Decreto Legislativo que aprueba medidas en frontera para la protección de los derechos de autor o derechos conexos y los derechos de marca, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2009-EF publicado el 13.1.2009 - Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008 publicada el 19.6.2003 y normas modificatorias. - Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros, aprobado por Decreto Supremo Nº 121-2003-EF publicado el 27.8.2003 y normas modificatorias. - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 publicada el 11.4.2001 y normas modificatorias. - Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT publicado el 1.5.2014 y normas modificatorias." "VI. NORMAS GENERALES (...) 3. El tránsito aduanero es solicitado: - En el despacho anticipado, dentro del plazo de treinta días calendario antes de la llegada del medio de transporte.

Artículo Segundo.- El vínculo laboral especial con el Poder Judicial, se iniciará una vez cumplidas las formalidades a cargo de la referida Entidad de destino. Artículo Tercero.- Publicar en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1398802-2

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican Procedimientos "Tránsito Aduanero" INTA-PG.08 (versión 4) y Tránsito Aduanero Interno por Vía Marítima INTA-PE.08.02 (versión 01)
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 17-2016/SUNAT/5F0000 MODIFICAN PROCEDIMIENTOS DE "TRÁNSITO ADUANERO" INTA-PG.08 (VERSIÓN 4) Y "TRÁNSITO ADUANERO INTERNO POR VÍA MARÍTIMA" INTAPE.08.02 (VERSIÓN 1) Callao, 30 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 272-2009/SUNAT/A se aprobaron los Procedimientos "Tránsito Aduanero" INTA-PG.08 (versión 4) y Tránsito Aduanero Interno por Vía Marítima INTA-PE.08.02 (versión 01), dentro del marco de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Legislativo N° 1053; Que resulta necesario modificar los citados procedimientos a fin de adecuarlos a las modificaciones normativas de la Ley General de Aduanas establecidas en el Decreto Legislativo N° 1235; Que conforme al artículo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, el 11.02.2016 se procedió a publicar en el portal web de la SUNAT el proyecto de la presente norma; En mérito a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 89° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias, a la Resolución de Superintendencia N° 172-2015-SUNAT. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modificación de las Secciones II, III, V, el numeral 3 de la Sección VI, el inciso b) del numeral 1 y el numeral 10 del literal A de la Sección VII, del Procedimiento General "Tránsito Aduanero" INTAPG.08 (versión 4) Modifíquense la Sección II, III, V, el numeral 3 de la Sección VI, el inciso b) del numeral 1 y el numeral 10

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