Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2016 (02/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Sábado 2 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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se haya fijado fecha para la vista de causa hasta el 31 de agosto de 2016. e) Adoptar las acciones administrativas pertinentes, con la finalidad de evitar el quiebre de los procesos penales. Artículo Sexto.- La Oficina Desconcentrada del Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca deberá remitir un informe al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial respecto al funcionamiento y producción del Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Cajabamba. Artículo Sétimo.- Los gastos de implementación, administrativos y de funcionamiento que demande el cumplimiento de la presente resolución administrativa, serán asumidos con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 016: Corte Superior de Justicia de Cajamarca. Artículo Octavo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Presidentes de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1399277-2

d) La Sexta y Sétima Salas Superiores Especializadas en lo Contencioso Administrativo, con subespecialidad en temas tributarios y aduaneros, donde sean parte el Tribunal Fiscal o la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT). e) La Octava Sala Superior Especializada en lo Contencioso Administrativo, con sub especialidad en temas donde sea parte el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI)." Segundo. Que mediante Resolución Administrativa N° 111-2013-CE-PJ de fecha 14 de junio de 2013, se dispuso modificar la denominación de las Salas y Juzgados Contenciosos Administrativos creados por Resolución Administrativa N° 206-2012-CE-PJ, por el de "Salas y Juzgados Contenciosos Administrativos con Subespecialidad Tributaria, Aduanera y de Mercado". Tercero. Que el artículo segundo de la Resolución Administrativa N° 323-2014-CE-PJ de fecha 24 de setiembre de 2014, dispuso modificar a partir del 1 de noviembre de 2014 la denominación de la 8° Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con subespecialidad tributaria, aduanera y de mercado de la Corte Superior de Justicia de Lima, en 5° Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con subespecialidad tributaria, aduanera y de mercado de la misma Corte Superior. Cuarto. Que la Resolución Administrativa Nº 102-2015-CE-PJ de fecha 11 de marzo de 2015, dispuso en su artículo segundo que el 23º Juzgado Contencioso Administrativo con subespecialidad Tributaria, Aduanera y de Mercado de la Corte Superior de Justicia de Lima, adquiera las mismas competencias del 24º, 25º y 26º Juzgado Contencioso Administrativo con subespecialidad Tributaria, Aduanera y de Mercado, en temas donde sea parte el INDECOPI. Quinto. Que mediante Resolución Administrativa Nº 277-2015-CE-PJ del 11 de setiembre de 2015, se dispuso a partir del 1 de octubre de 2015 modificar la denominación de los siguientes órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima: a) El 18º, 19º, 20º, 21º y 22º Juzgados Contenciosos Administrativos con subespecialidad Tributaria, Aduanera y de Mercado, se denominarán 18º, 19º, 20º, 21º y 22º Juzgados Contenciosos Administrativos con sub especialidad Tributaria y Aduanera. b) El 23º, 24º, 25º y 26º Juzgados Contenciosos Administrativos con subespecialidad Tributaria, Aduanera y de Mercado, se denominarán 23º, 24º, 25º y 26º Juzgados Contenciosos Administrativos con subespecialidad en Temas de Mercado. Sexto. Que por Oficio N°192-2016-P-CSJLI/ PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 009-2016-CEPR-UPD-CSJLI/PJ del Área de Estudios, Proyectos y Racionalización de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo; y el Informe N° 45-2016-ALCSJLI/PJ de la Asesoría Legal, ambos de dicha Corte Superior, a través de los cuales solicitan se evalúe la propuesta del doctor Julio Martín Wong Abad, Juez Superior Coordinador de las Salas y Juzgados Contenciosos Administrativos con subespecialidad en temas de Mercado de la Corte Superior de Justicia de Lima y Presidente de la 5° Sala Contenciosa Administrativa con Subespecialidad Tributaria, Aduanera y de Mercado, contenida en los Oficios Nros. 130 y 131-2015-JMWA-CSJLI-PJ, solicitando ampliar la competencia de los órganos jurisdiccionales especializados en lo Contencioso Administrativo con subespecialidad en temas de Mercado, para que conozcan de forma permanente las causas donde sean parte los Organismos Públicos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos como son SUNASS, OSINERGMIN, OSIPTEL y OSITRAN, así como aquellos procesos donde sea parte la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, en lo concerniente a los temas de mercado y protección al

Modifican denominación y amplían competencia funcional de diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima y disponen otras acciones administrativas
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 159-2016-CE-PJ Lima, 22 de junio de 2016 VISTOS: El Oficio N° 657-2016-OPJ-CNPJ-CE-PJ e Informe N° 041-2016-OPJ-CNPJ-CE/PJ, así como el Oficio N° 675-2016-OPJ-CNPJ-CE-PJ, cursados por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial; y el Oficio N°1922016-P-CSJLI/PJ, remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima. CONSIDERANDO: Primero. Que, la Resolución Administrativa Nº 206-2012-CE-PJ de fecha 24 de octubre de 2012, dispuso en su artículo primero lo siguiente: "Artículo Primero.- Crear en la Corte Superior de Justicia de Lima los siguientes órganos jurisdiccionales con carácter permanente: a) Los Juzgados Décimo Octavo, Décimo Noveno, Vigésimo, Vigésimo Primero, Vigésimo Segundo y Vigésimo Tercero Especializados en los Contencioso Administrativo, con subespecialidad en temas tributarios y aduaneros donde sean parte el Tribunal Fiscal o la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT). b) Los Juzgados Vigésimo Cuarto, Vigésimo Quinto y Vigésimo Sexto Especializados en lo Contencioso Administrativo, con sub especialidad en temas donde sea parte el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) (...)

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