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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2016 (06/07/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 43

592033 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de julio de 2016 El Peruano /ORGANISMO : Ministerio de Economía y Finanzas ÓRGANO : Despacho Ministerial Nº DE ORDENDENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOREQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIÓN (*)CALIFICACIÓN PLAZO PARA RESOLVER (en días hábiles)INICIO DEL PROCEDIMIENTOAUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVERINSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE RECURSOS Número y DenominaciónFormulario/ Código/ Ubicación(en % UIT)(en S/.)Auto- máticoEvaluación Previa Positivo NegativoRECONSI- DERACIÓNAPELACIÓN Artículos 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 105, 106, 109, 110, 111, 112 y 113 del Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, Aprueba Reglamento de la Ley N°30225 - Ley de Contrataciones del Estado, Publicado el 09/12/2015. 2Identi fi car la nomenclatura del procedimiento de selección del cual deriva el recurso. 3 4El petitorio debe comprender la determinación clara y concreta de la pretensión.Fundamentos de hecho y de derecho. 5Pruebas instrumentales pertinentes. 6La garantía conforme a lo señalado en el artículo 102 del Decreto Supremo Nº 350-2015-EF (1) 7Copia simple de la promesa formal de consorcio cuando corresponda. 8Firma del impugnante o su representante. En caso de consorcios bastará la fi rma del apoderado común señalado como tal en la promesa formal del Consorcio. 9Copia simple del escrito y sus recaudos para la otra parte, si la hubiera. 10Autorización del abogado. Plazos de Presentación del Recurso : a) Contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra actos anteriores a ella : Cinco (05) días hábiles siguientes de haberse noti fi cado el otorgamiento de la Buena Pro, según corresponda dentro del ámbito establecido en el artículo 95 del Reglamento aprobado con Decreto Supremo N°350-2015-EF, para los siguientes procedimientos de selección: Adjudicación Simpli fi cada Selección de Consultores IndividualesComparación de PreciosSubasta Inversa Electrónica b) Contra actos posteriores al otorgamiento de la Buena Pro y la declaratoria de desierto, cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar, según corresponda, dentro del ámbito establecido en el artículo 95 del Reglamento aprobado con Decreto Supremo N°350-2015-EF, para los siguientes procedimientos de selección: Adjudicación Simpli fi cada Selección de Consultores Individuales Comparación de PreciosSubasta Inversa Electrónica (1) Esta garantía será equivalente al tres por ciento (3%) del valor estimado o referencial del procedimiento de selección impugnad o o del ítem que se decida impugnar. La garantía deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática e n el país al solo requerimiento de la Entidad, bajo responsabilidad de las empresas que las emiten, las mismas que deberán estar dentro del ámbito de supervisión de la Superintend encia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Pensiones y contar con la autorización para emitir garantías o estar cons iderada en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. La garantía podrá consistir en un depósit o en una cuenta bancaria de la Entidad y recibirá el mismo tratamiento, de acuerdo a lo establecido en el artículo 110 del Regl amento. (2) El impugnante deberá asumir que su recurso de apelación ha sido desestimado, operando la denegatoria fi cta, cuando la Entidad resuelva y noti fi que luego del plazo de doce (12) días hábiles siguientes a la presentación o subsanación del recurso de apelación, a efectos d e interposición de la demanda contencioso administrativa. 1400169-1