Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2016 (14/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Jueves 14 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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Administración de justicia electoral Con la Resolución N.° 0333-2015-JNE, de fecha 23 de noviembre de 2015, se establecieron, para este proceso electoral, sesenta circunscripciones administrativas y de justicia electoral, sobre las cuales se constituyeron igual número de Jurados Electorales Especiales que se fueron instalando progresivamente, de acuerdo con las competencias asignadas y el cronograma del proceso electoral aprobado mediante la Resolución N.° 03382015-JNE, de fecha 23 de noviembre de 2015. CONSIDERANDOS 1. El domingo 10 de abril de 2016, se llevó a cabo la elección de presidente y vicepresidentes de la República, congresistas y representantes peruanos ante el Parlamento Andino, y el domingo 5 de junio de 2016 se realizó la segunda elección presidencial, entre las fórmulas de candidatos presentadas por los partidos políticos que obtuvieron las más altas mayorías relativas. 2. Durante el proceso electoral, los Jurados Electorales Especiales cumplieron con conocer, según su competencia, la inscripción de candidatos, resolución de tachas, actas observadas y otras materias derivadas del proceso electoral, asimismo, emitieron las respectivas actas descentralizadas de proclamación de resultados correspondientes a la votación emitida en el ámbito de su competencia territorial, en los tres tipos de elección. 3. De esta forma, recibidas las actas descentralizadas de proclamación de resultados de los sesenta Jurados Electorales Especiales y los resultados del cómputo remitidos por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), y luego de verificar que se hubieran resuelto todos los recursos presentados por los personeros, el Jurado Nacional de Elecciones ha cumplido con su función prevista en el artículo 178, numeral 5, de la Constitución Política del Perú, y el artículo 5, literal i, de su Ley Orgánica, Ley N.° 26486, de proclamar y entregar credenciales a los candidatos electos que ejercerán los cargos de presidente y vicepresidentes de la República, congresistas y representantes peruanos ante el Parlamento Andino, en el periodo 2016-2021, conforme se consigna en las siguientes resoluciones:
RESOLUCIÓN Resolución N.° 0617-2016-JNE, del 09.05.2016 Resolución N.° 1011-2016-JNE, del 28.06.2016 Resolución N.° 0660-2016-JNE, del 30.05.2016 Resolución N.° 0661-2016-JNE, del 30.05.2016 PROCLAMACIÓN POR TIPO DE ELECCIÓN PROCLAMACIÓN DE PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTES DE LA REPÚBLICA

de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Banco de la Nación, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines que se estime pertinentes. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA FERNÁNDEZ ALARCÓN CHANAMÉ ORBE CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1404148-6

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Disponen el embanderamiento de todos los inmuebles ubicados en el Cercado de Lima
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009 Lima, 13 de julio de 2016 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA CONSIDERANDO:

PROCLAMACIÓN DE CONGRESISTAS DE LA REPÚBLICA PROCLAMACIÓN DE REPRESENTANTES PERUANOS ANTE EL PARLAMENTO ANDINO

4. Finalmente, actuando con arreglo a los artículos 48 y 334 de la Ley N.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, los Jurados Electorales Especiales han presentado sus informes finales y han entregado las respectivas rendiciones de gastos, con lo que se tiene por culminadas las actividades correspondientes al proceso de Elecciones Generales y de Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino 2016. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DECLARAR concluido el proceso de Elecciones Generales y de Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino 2016, convocado mediante el Decreto Supremo N.° 080-2015-PCM. Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la República, del Congreso de la República, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Contraloría General

Que, el día 28 de julio próximo se conmemora el centésimo nonagésimo quinto aniversario de la independencia del Perú; Que, es un deber de los gobiernos locales incentivar la participación cívica de los vecinos, resaltando los valores y el respeto a los símbolos patrios; Que, atendiendo a lo señalado es conveniente propiciar una mayor identificación patriótica, promoviendo en la ciudadanía la reafirmación de su identidad con la gesta emancipadora y su mensaje de libertad, mediante el embanderamiento de los inmuebles del Cercado de Lima; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que a través de los decretos se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, se sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; De conformidad a lo establecido en el inciso 6 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1°.- Disponer el embanderamiento general de todos los inmuebles ubicados en el Cercado de Lima a partir del 15 hasta el 31 de julio de 2016, con ocasión de conmemorarse el centésimo nonagésimo quinto aniversario de la proclamación de la independencia del Perú, incluyendo todos los predios, privados o públicos.

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