Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2016 (14/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano / Jueves 14 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

592985

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Aprueban la actualización del Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PIGARS) de la provincia de Huaura
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 017-2016/MPH Huacho, 28 de junio de 2016 Por Cuanto: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Huaura VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 12 de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que aprueba la actualización del Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos ­ PIGARS de la Provincia de Huaura; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobiernos Locales, personas jurídicas de Derecho Público y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, conforme lo dispone el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, se aprobó la "Política Nacional del Ambiente", teniendo como objetivo la mejora de la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo, asimismo, el desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona, concordante con el artículo 9º de la Ley Nº 28611 ­ Ley General del Ambiente. Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2011-MINAM, se aprobó el Plan Nacional de Acción Ambiental ­PLANAA - Perú 2011-2021, que compartiendo el mismo objetivo que la Política Nacional del Ambiente, establece en su inciso 2) del punto 6º sobre Metas Prioritarias al 2021, respecto a residuos sólidos: 100% de residuos sólidos del ambiente municipal son manejados, reaprovechados y dispuestos adecuadamente. Asimismo, en su inciso 3) del punto 7º sobre Acciones Estratégicas por Metas Priorizadas, establece la Meta Nº 2, respecto a Residuos Sólidos, siendo dichas acciones estratégicas las siguientes: a) Asegurar el tratamiento y disposición final adecuados de los residuos sólidos del ámbito municipal; b) Minimizar la generación, segregación, recolección selectiva y reciclaje de residuos sólidos del ámbito municipal; c) Reducir la generación de residuos peligrosos del ámbito no municipal, mejorar su tratamiento y disposición final; y, d) Incrementar el aprovechamiento y disposición adecuada de los residuos de aparatos electrónicos; estableciendo Metas al 2012, 2017 y 2021. Que, el artículo 23º del Reglamento de la Ley Nº 27314 ­ Ley General de Residuos Sólidos, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, prescribe que las Municipalidades Provinciales formulan sus Planes Integrales de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PIGARS), con participación de la ciudadanía y en coordinación con las municipalidades distritales, la Autoridad de Salud y las autoridades competentes previstas en la Ley. Estos planes tienen por objetivo establecer las condiciones para una adecuada administración de los residuos sólidos, asegurando una eficiente y eficaz prestación de los servicios y actividades

de residuos en todo el ámbito de su competencia desde la generación hasta su disposición final. De otro lado, mediante Ordenanza Municipal Nº 0182014-A/MPH de fecha 25.07.2014, se aprobó el Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos ­ PIGARS de la Provincia de Huaura. Ahora, mediante Decreto Supremo Nº 400-2015-EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y asignación de los Recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016, que en su artículo 2º preceptúa que el Programa de Incentivos es un instrumento del Presupuesto por Resultados y está orientado a promover las condiciones que contribuyan con el crecimiento y desarrollo sostenible de la economía local, incentivando a las municipalidades a la mejora continua y sostenible de la gestión local. Que, es necesario tener presente que a través del artículo 5º de la norma citada, nuestra entidad es considerada como una de las 210 municipalidades de ciudades principales tipo "B", siendo así, mediante el Anexo Nº 02 y Nº 03 de la norma en comento, se detallan las metas del Programa de Incentivos que deben de cumplir las Municipalidades de Ciudades Principales Tipo "B" al 31 de julio y al 31 de diciembre del 2016, respectivamente. Al respecto, dentro de las metas planteadas para las Municipalidades Tipo "B", se encuentra la Meta Nº 06: "Implementar un Programa de segregación en la fuente de recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios en viviendas urbanas del Distrito, según porcentaje categorizados", que incluye la actividad 3: "Elaboración del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (para Provincias) o Plan de Manejo d Residuos Sólidos (para Distritos)". Bajo este contexto, mediante Informe Nº 42-2016-DLAGGASC/MPH de fecha 13.06.2016, la responsable de la Gestión Integral Provincial de Residuos Sólidos, solicita la actualización del Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos ­ PIGARS de la Provincia de Huaura, a fin de dar cumplimiento a la Actividad 1, Meta 07 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016, contando con el Vº Bº de la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad, mediante Informe Nº 422-2016-GGASC/MPH de fecha 13.06.2016 Al respecto, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe Nº 162-2016-GPP/MPH de fecha 16.06.2016, considera viable la aprobación del proyecto de ordenanza, ya que contribuiría a direccionar e impulsar el manejo adecuado de los residuos sólidos en nuestra Provincia, asimismo, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº 514-2016-GAJ/MPH de fecha 20.06.2016, emite opinión favorable respecto a la actualización del PIGARS, opinión ratificada por la Gerencia Municipal, mediante Informe Nº 66-2016-GM/ MPH de fecha 22.06.2016, de igual manera, mediante Dictamen Nº 002-2016/PSESPACP-MPH de fecha 27.06.2016, la Comisión de Servicios Públicos, emite opinión favorable a la aprobación del Proyecto de ordenanza en mención; Estando a lo expuesto y conforme a las facultades conferidas en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal en forma unánime, aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS SÓLIDOS (PIGARS) DE LA PROVINCIA DE HUAURA Artículo Primero.- APROBAR la actualización del Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos ­ PIGARS de la Provincia de Huaura, en el marco de la Meta 6, Actividad 3; del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016. Artículo Segundo.- En virtud del artículo precedente, DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Municipal Nº 0182014-A/MPH de fecha 25.07.2014 y cualquier norma que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- FACULTAR al señor Alcalde a efecto que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las

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