Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2016 (14/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

Jueves 14 de julio de 2016 /

El Peruano

la visita de la Especialista en Consideraciones Ambientales y Sociales, Arq. Milagros Ortiz, en representación de la Dirección General de Calidad Ambiental - Ministerio del Ambiente, del proyecto: "Recuperación de Áreas Degradas por Residuos Sólidos (Cierre del Botadero - Chilepampa) correspondiente a la Fase II" - MINAM - JICA; y que durante la visita de campo in situ, se inspeccionó las pozas ya cerradas Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6 y la poza Nº 7 actualmente en uso, verificándose la construcción, operación y cierres de las pozas. Sin embargo, se hizo la observación siguiente: a) La poza Nº 7 se encuentra en el límite de los sub lotes Nº 1 (área asignada para el uso del botadero - Fase II) y Nº 2 (área asignado para la construcción del relleno sanitario - Fase I). b) La carretera de acceso a la poza Nº 7 se encuentra dentro del área del sub lote Nº 01. c) Se tiene proyectado la construcción de 03 pozas, durante el año 2015, dentro del sub lote Nº 01. De lo expuesto concluye, que se requiere de manera urgente la delimitación del área en coordenadas (cerco perimétrico proyectado) de uso del botadero municipal controlado de Chilepampa para el año 2016 (donde se proyecta excavar 03 pozas); Asimismo, que a través de los técnicos procedan a delimitar el área; del 15.89%, que adquirió la Municipalidad del área total de 188 ha. más 7,500 m2 (100%), que se encuentra inscrito en los Registros Públicos con Ficha Registral Nº 11035654. Que, mediante Informe Nº 014-2016-MPHCO-GDL/ SCCU/SC-JBR del 29 de febrero de 2016, el personal de la Sub Gerencia de Catastro y Control Urbano, señala que realizó el trabajo de levantamiento topográfico y la colocación de Hitos, en el perímetro del terreno en referencia, con sus nuevas coordenadas UTM; adjunta dos juegos de planos perimétricos y 02 juegos de memoria descriptiva, más CD. Documento que es aprobado por la Gerencia de Desarrollo Local, según Proveído Nº 032-MPHCO-GDL. Que, a través del Proveído Nº 207-2016-MPHCOGAJ de fecha 11 de marzo de 2016, el Gerente de Asesoría Jurídica, en cumplimiento a disposiciones superiores, solicita la remisión de la documentación relacionada al Terreno de Chilepampa (botadero de basura de la Municipalidad Provincial de Huánuco), para la formalización e inscripción de propiedad en Registros Públicos. Requerimiento que es atendido mediante Proveído Nº 020-2016-MPHCO-GA/SGBPM, suscrito por la Sub Gerente de Bienes Patrimoniales y Maestranza. Que, con Informe Técnico Nº 013-2016-MPHCO-GA/ SGBPM/DGO del 14 de marzo de 2016, el Técnico de la Sub Gerencia de Bienes Patrimoniales y Maestranza, comunica que en fecha 05 de febrero del año en curso, se constituyó al terreno del botadero ubicado en la zona de Chilepampa, verificando que en lugar se estaba realizando trabajos de excavación de poza para entierro de los residuos sólidos; precisa que el CD adjunto contiene copia del archivo en Auto Cad, cuyos datos (coordenadas y otros) del plano físico son igual al plano digitalizado. Que, mediante Informe Nº 053-2016-MPHCO-GAJ de fecha 29 de marzo de 2016, el Gerente de Asesoría Jurídica, señala que de la revisión de los actuados se tiene que el Saneamiento del Terreno de Chilepampa, adquirido para el proyecto "Ampliación y Mejoramiento de la Gestión Integral de los Residuos Sólidos Municipales en la ciudad de Huánuco y otros, todavía se encuentra en proceso de Sub división e Independización; habiéndose inscrito en Registros Públicos, la segunda compra 1.765%, equivalente al 33,314.375 m2 del área total del inmueble, inscrita en la Partida Nº 11035654; finalmente recomienda que se dé inició al procedimiento administrativo interno de sub división e independización, para luego inscribir en la SUNARP, como propiedad independiente de 33 hectáreas a favor de la Comuna Provincial. Que, a través del Informe Nº 225-2016-MPHCO-G.A.FS.G.P del 17 de junio de 2016, la Sub Gerente de Bienes Patrimoniales y Maestranza (e), estando a lo indicado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, solicita que mediante Acuerdo de Concejo se apruebe la independización y acumulación (paralelamente) de los predios (1) 29.9927 Has. de área y 2728.27 ml. de perímetro; y, (2) 3.3314 Has. de área y 697.17, disponiéndose asimismo las publicaciones en el Diario Oficial El Peruano, Diario Regional y portal web municipal. Que, con Informe Legal Nº 380-2016-MPHCO-GAJ de fecha 17 de junio de 2016, el Gerente de Asesoría Jurídica, manifiesta que por Decreto Supremo Nº 130-2001-EF, se

dicta medidas reglamentarias para que cualquier entidad pública pueda realizar acciones de saneamiento técnico, legal y contable de inmuebles de propiedad estatal; y en su artículo 7º sobre las Inscripciones a ser realizadas al amparo del presente Decreto Supremo, comprenden los siguientes actos, señalando entre ellos al numeral g) Independizaciones, acumulaciones, desmembraciones y fraccionamientos. Siendo así, y de la revisión de los actuados verifica la compra del terreno de Chilepampa para el botadero de basura de la ciudad de Huánuco, registrado la Compra - Venta por 30 hectáreas de terreno, en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) con partida Nº 11035654, Asiento C0003, de fecha 08 de mayo de 2012, y el Registro de la Segunda Compra - Venta por 1.765%, equivalente al 33,314.375 m2, se encuentra en trámite en SUNARP de Huánuco, con el Título Nº 2016-7284 (0202). Siendo indispensable que se encuentre saneado e inscrito, de conformidad a la normativa antes invocada, para lo cual se deberá derivar a sesión de Concejo, a fin de que se apruebe la Independización y Acumulación de los predios (1) 29.9927 Has. de área y 2728.27 ml. de perímetro; y, (2) 3.3314 Has. de área y 697.17 ml. de perímetro, dando las formalidades del caso, procediéndose a las publicaciones en el Diario Oficial El Peruano, Diario Regional y portal web de la Entidad Edil. Que, mediante Proveído Nº 530-2016-MPHCO/GSG del 17 de junio de 2016, el Gerente de Secretaría General, deriva los actuados a la Comisión Ordinaria de Regidores de Administración y Control Institucional, para su revisión, análisis y dictamen que corresponda. Que, con Dictamen Nº 010-2016-MPHCO/CACI de fecha 20 de junio de 2016, los miembros de la Comisión Ordinaria de Regidores de Administración y Control Institucional, Ratifican la opinión vertida en el Informe Legal Nº 380-2016-MPHCO-GAJ de fecha 17 de junio de 2016, suscrito por el Gerente de Asesoría Jurídica. Que, el Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de fecha 05 de abril de año en curso, luego de deliberar, se pronuncia favorablemente, para aprobar el Dictamen Nº 010-2016-MPHCO/CACI, ampliamente descrito en el considerando precedente. En uso de las facultades otorgadas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, en Sesión de Concejo del Visto, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, en Sesión de Concejo de la referencia, por UNANIMIDAD. SE ACUERDA: Artículo 1º.- APROBAR la Independización y Acumulación del Terreno denominado "Chilepampa" (Partida Electrónica Nº 11035654), ubicado en el Sector Chilepampa, distrito, provincia y departamento de Huánuco (Botadero de Basura de la Municipalidad Provincial de Huánuco), de conformidad a lo siguiente: Predios (1) 29.9927 Has. de área y 2728.27 ml. de perímetro; y, (2) 3.3314 Has. de área y 697.17 ml. de perímetro. Artículo 2º.- ENCARGAR, el cumplimiento y ejecución del presente Acuerdo de Concejo, a la Gerencia de Desarrollo Local y Ordenamiento Territorial, Gerencia de Administración y Finanzas y a la Gerencia de Sostenibilidad Ambiental, a través de sus unidades orgánicas correspondientes. Artículo 3º.- DISPONER, la publicación del presente Acuerdo de Concejo, en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Regional de mayor circulación; asimismo, en el portal web de la Municipalidad Provincial de Huánuco. Artículo 4º.- TRANSCRIBIR, el presente Acuerdo, a Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Local y Ordenamiento Territorial, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Sostenibilidad Ambiental, Gerencia de Planificación y Presupuesto y demás Órganos Estructurales competentes de la Municipalidad Provincial de Huánuco. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANIBAL E. SOLORZANO PONCE Alcalde 1403854-1

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