Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2016 (27/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de julio de 2016 /

El Peruano

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, para proyectos de inversión pública de infraestructura vial
DECRETO SUPREMO N° 230-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprueban, entre otros, los créditos presupuestarios correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, mediante Decreto Supremo N° 059-2010-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 009-2013-MTC, se aprueba la Red Básica del Metro de Lima ­ Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, la misma que estará conformada sobre la base de seis (06) líneas, entre las cuales se encuentra la Línea 2 que conecta el Este (Ate) y el Oeste (Callao); Que, con fecha 28 de abril de 2014 se suscribe el Contrato de Concesión del Proyecto "Línea 2 y Ramal Av. Faucett ­ Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao", el cual requiere para su implementación generar planes de desvíos en la vías urbanas de las Municipalidades Distritales de El Agustino, La Molina, Carmen de la Legua Reynoso y San Luis, conforme lo establecido en el numeral 6.74 de la Sección VI Inversiones Obligatorias y Pruebas de Puesta en Marcha del citado Contrato de Concesión; Que, el literal a) de la Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza, excepcionalmente, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el Año Fiscal 2016, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Locales, para financiar actividades y proyectos de inversión pública de infraestructura vial urbana, a fin de facilitar la ejecución de la Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao; estableciéndose que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último; Que, asimismo, en la citada Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, para el fin indicado en el considerando precedente, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, quedando exonerado de lo dispuesto en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41, el artículo 76 y el artículo 80 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, a través de los Memorándum N°s. 763, 710, 705 y 631-2016-MTC/33.1 la Directora Ejecutiva de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao ­ AATE, adjunta los Informes N°s. 089, 086, 084 y 077-2016-MTC/33.4 del Jefe (e) de la Oficina de Programación, Evaluación e Información de la AATE, en los que recomienda solicitar a la Oficina General de Planificación y Presupuesto del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones gestionar la emisión de los Decretos Supremos orientados a formalizar la Transferencia de Partidas hasta por la suma de CINCUENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 57 294 076,00) a favor de cuatro (04) Municipalidades Distritales, para el financiamiento de catorce (14) proyectos de inversión pública de infraestructura vial, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 30372; Que, a través de los Memorandos N°s. 1434, 1412, 1374 y 1262-2016-MTC/09.03, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes

y Comunicaciones adjunta los Informes N°s. 842, 827, 805 y 742-2016-MTC/09.03 de la Oficina de Presupuesto de la citada Oficina General, en los cuales se considera procedente las transferencias de recursos a diversas Municipalidades Distritales, e informa que se cuenta con disponibilidad presupuestal en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del presupuesto institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 012: Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE para los indicados financiamientos; en virtud de lo cual, a través de los Oficios N°s. 1515, 1490, 1454 y 1304-2016MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita dar trámite a las referidas transferencias de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de CINCUENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 57 294 076,00), del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 012: Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, a favor de los pliegos 150111: Municipalidad Distrital de El Agustino, 150114: Municipalidad Distrital de La Molina, 070103 Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso y 150134: Municipalidad Distrital de San Luis, para financiar la ejecución de catorce (14) proyectos de inversión pública de infraestructura vial, conforme a lo indicado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de CINCUENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 57 294 076,00), del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor de los pliegos 150111: Municipalidad Distrital de El Agustino, 150114: Municipalidad Distrital de La Molina, 070103 Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso y 150134: Municipalidad Distrital de San Luis, para financiar la ejecución de catorce (14) proyectos de inversión pública de infraestructura vial, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Soles

: Gobierno Central 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 012 : Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE PROGRAMA PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad en el Sistema de Transporte PRODUCTO 3000753 : Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao ­ AATE ACTIVIDAD 5005735 : Operación y Mantenimiento de las Actividades Ferroviarias Urbanas Concesionadas FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios PROYECTO 1 : Recursos Ordinarios 6 497 392,00

2233850 : Construcción de la Línea 2 y Ramal Av. Faucett ­ Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao Provincias de Lima y Callao, Departamento de Lima FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

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