Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2016 (27/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Miércoles 27 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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N° 250-2016/MIDIS/VMPS/DGDCPS, emitido por la Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales, hoy Dirección General de Coordinación de Prestaciones Sociales; el Informe N° 62-2016-MIDIS/SG/OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 034-2016-MIDIS/SG/OGPPM/OM, emitido por la Oficina de Modernización; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 38 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública específica en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen; Que, mediante Decreto Legislativo N° 657, se creó el Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES, con el objeto de financiar infraestructura social, económica y productiva mediante su intervención directa en las zonas rurales y urbano ­ marginales con altos niveles de pobreza; Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se creó el sector Desarrollo e Inclusión Social, que comprende a todas las entidades del estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29792, dispuso la adscripción del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la cual operó a partir del 1 de enero de 2012; Que, mediante Resolución Ministerial N° 108-2012-MIDIS, se aprobó la Directiva N° 002-2012-MIDIS, "Lineamientos para la elaboración del manual de operaciones de los programas sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social", con la finalidad de que los programas sociales adscritos a aquél cuenten con instrumentos que optimicen su gestión y la prestación de los servicios a su cargo, siendo dicha directiva objeto de modificación por Resolución Ministerial N° 158-2015-MIDIS; Que, por su parte, el artículo 36 de los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) por parte de las entidades de la Administración Pública", aprobados mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, establece que los programas y proyectos contarán con un manual de operaciones en el que se consignará, por lo menos: i) La descripción del programa o proyecto, incluyendo el objetivo, la descripción de éste y la identificación de entidades, órganos o unidades orgánicas ejecutoras que tienen responsabilidades respecto del programa o proyectos; ii) La organización, funciones y responsabilidades; iii) Procesos principales tales como programación y aprobación de actividades, ejecución de recursos, procesos de coordinación, desembolsos, según corresponda; y iv) Procesos de supervisión, seguimiento y evaluación, tales como supervisión técnica, informes (financieros, registros contables, de progreso), auditorías, inspección y supervisión, según corresponda; Que, bajo ese marco normativo, mediante Resolución Ministerial N° 178-2012-MIDIS, se aprobó el Manual de Operaciones del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (FONCODES); instrumento de gestión que definió su estructura, funciones y procesos básicos de las unidades que lo conforman; Que, a efectos de actualizar y adecuar el Manual de Operaciones del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES a la normativa vigente, en lo que respecta a la estructura, funciones de las unidades orgánicas que lo integran, necesidades de personal, procesos técnicos y/o administrativos, la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para

el Desarrollo Social ­ FONCODES, mediante Oficios N° 651-2016-MIDIS-FONCODES/DE y N° 673-2016-MIDIS-FONCODES/DE, solicitó la aprobación de un nuevo manual de operaciones; Que, mediante Informe Nº 62-2016-MIDIS/ SG/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en su calidad de órgano técnico competente en la materia, emitió opinión favorable sobre el proyecto de nuevo manual de operaciones del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES, propuesto por la Dirección Ejecutiva del indicado programa, recomendando su aprobación; Que, en atención a lo expuesto, a fin de que el de Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES cuente con un documento técnico normativo de gestión actualizado y adecuado a la normativa vigente, de conformidad con los lineamientos establecidos por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, corresponde aprobar la propuesta de nuevo manual de operaciones en los términos propuestos por el Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES; Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Coordinación de Prestaciones Sociales, de la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2016-MIDIS; el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) por parte de las entidades de la Administración Pública, y; la Resolución Ministerial N° 108-2012-MIDIS, que aprobó la Directiva N° 002-2012-MIDIS; y su modificatoria, aprobada por Resolución Ministerial N° 158-2015-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Aprobar el Manual de Operaciones del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES, según texto que, en anexo, forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución ministerial y del anexo a que se refiere el artículo precedente en el portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe), el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe) y el Portal Institucional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES (www.foncodes.gob. pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano. Artículo 3.- Derogación Derogar la Resolución Ministerial N° 178-2012-MIDIS, que aprobó el Manual de Operaciones del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (FONCODES). Artículo 4.- Vigencia La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1409574-2

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