Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2016 (25/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Sábado 25 de junio de 2016 /

El Peruano

2007-MTC/27, para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, en la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, conforme al Anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2°.- Aprobar la Adenda al Contrato de Concesión, mediante la cual se formalizará la transferencia descrita en el artículo precedente, la misma que contendrá los términos y condiciones establecidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3°.- Reconocer a la empresa TVS WIRELESS S.A.C. como titular de diez (10) canales de la banda de 2,5 GHz, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados del objeto de la transferencia. Artículo 4°.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda no es suscrita por las empresas TVS WIRELESS S.A.C. y TC SIGLO 21 S.A.A. en un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de su notificación. Artículo 5°.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Adenda correspondiente que se aprueba en el artículo 2° de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 6°.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1396677-1

De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión - Ley N° 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021 -2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la banda y localidad que se detalla a continuación, serán otorgadas mediante concurso público:
MODALIDAD RADIODIFUSIÓN SONORA BANDA FM LOCALIDAD SAMAN-TARACO DEPARTAMENTO PUNO

Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA CADILLO ANGELES Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 1396260-1

Autorizan a Consorcio Conducete Ya S.A.C. para impartir cursos de capacitación en su calidad de Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2313-2016-MTC/15 Lima, 6 de mayo de 2016 VISTOS:

Declaran que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en FM, en la localidad de Saman-Taraco del departamento de Puno, serán otorgadas mediante concurso público
RESOLUCIÓN DIRECTORAL R.D. N° 0988-2016-MTC/28 Lima, 14 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16° de la Ley de Radio y Televisión - Ley N° 28278, concordado con el artículo 40° de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante concurso público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que configurada la situación prevista en el artículo 40° del mismo cuerpo legal, se expedirá la resolución directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por concurso público; Que, mediante Informe N° 1721 -2016-MTC/28 se da cuenta que en la banda y localidad que se detalla a continuación, el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión deberán otorgarse por concurso público; correspondiendo además expedir la resolución que así lo declare:
MODALIDAD RADIODIFUSIÓN SONORA BANDA FM LOCALIDAD SAMANTARACO DEPARTAMENTO PUNO SOLICITUDES ADMITIDAS 2 FRECUENCIAS DISPONIBLES 1

Las Hojas de Ruta N°s E-086760-2016 y E-1052412016, presentadas por la empresa denominada CONSORCIO CONDUCETE YA S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 2291-2013MTC/15, de fecha 03 de junio de 2013, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 23 de junio de 2013, se autorizó a la empresa denominada CONSORCIO CONDUCETE YA S.A.C. con domicilio Jr. Mariscal Ramón Castilla N° 1650 (referencia Jr. Arequipa y Mariscal Castilla), distrito de Chilca, provincia de Huancayo y departamento de Junín, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela; conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; Que, con Hoja de Ruta N° E-086760-2016 de fecha 29 de marzo de 2016, La Escuela solicita autorización para impartir los cursos de capacitación a quienes aspiran obtener una licencia de conducir de la clase A categoría I.; Que, mediante Oficio Nº 1990-2016-MTC/15.03 de fecha 05 de abril de 2016 y notificado el 08 de abril de 2016, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial formuló observaciones respecto de la solicitud, de la vigencia de poder y del horario de clases; requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se otorgó a La Escuela un plazo de diez (10) días hábiles; Que, con Hoja de Ruta N° E-105241-2016 de fecha 15 de abril de 2016, La Escuela presenta diversa documentación a fin de subsanar las observaciones advertidas en el Oficio Nº 1990-2016-MTC/15.03; Que, el numeral c) del artículo 47° de El Reglamento, indica que es obligación de las Escuelas de Conductores "Informar a la DGTT sobre cualquier modificación de los términos de la resolución de autorización como Escuela de Conductores, debiendo de ser el caso gestionar la modificación de la misma, o sobre cualquier información

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