Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2016 (29/06/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Miércoles 29 de junio de 2016
Detalles del Programa Anual de Promoción 2016 Condición

NORMAS LEGALES
Detalles del Programa Anual de Promoción 2016 Condición

591167

- Los hogares que se encuentren dentro del nivel socioeconómico del estrato Bajo, según el Plano Estratificado a nivel de manzana por ingreso per cápita del hogar, elaborado por el INEI, serán financiados al 100%, sin cargo a devolución al FISE. - Los hogares que se encuentren dentro Criterios para la devolución del del nivel socioeconómico del estrato Medio Aporte FISE para los beneficiarios Bajo, según el Plano Estratificado a nivel de de los Programas de Promoción manzana por ingreso per cápita del hogar, de Masificación del Uso de Gas elaborado por el INEI, serán financiados al Natural residencial 100%, siendo devuelto al FISE el 25% del (Informe N° 106-2016-MEM/ referido financiamiento. DGH) - Los hogares que se encuentren dentro del nivel socioeconómico del estrato Medio, según el Plano Estratificado a nivel de manzana por ingreso per cápita del hogar, elaborado por el INEI, serán financiados al 100%, siendo devuelto al FISE el 50% del referido financiamiento. Para el Servicio Integral de Instalación Interna, OSINERGMIN establecerá el precio Actividades comprendidas máximo por dicho servicio que será cubierto (Informe N° 106-2016-MEM/ por el FISE (Literal iii. del numeral 10.5 del DGH) artículo 10 del Reglamento de la Ley de FISE). La entidad encargada de la Administrador del FISE ejecución del proyecto

La entidad encargada de la Administrador del FISE ejecución del proyecto

4. Programa Masivo Fotovoltaico para zonas aisladas no conectadas a Red
Detalles del Programa Anual de Promoción 2016 Objetivo del Proyecto

Condición Cerrar la brecha de acceso a la energía eléctrica en el país.

El monto total comprometido S/. 12'351,009 estimado Plazo de ejecución Fuente de financiamiento Inicio: 31 de agosto de 2016 Final: 30 de agosto de 2031 Recursos FISE - Ley N° 29852 -"Campaña de Sensibilización" que se realizará en las zonas donde se desarrollará el proyecto / De junio 2016 - agosto 2017. - "Constatación de Puesta en Operación Comercial de las Instalaciones RER" / De setiembre 2016 a setiembre 2017. - Constituir un "Fondo de Contingencia" de 2 meses que permita pagar el Cargo RER Autónomo / De agosto 2016 - agosto 2031. - Compensar la Tarifa RER 1 en la parte no cubierta por el usuario / De agosto 2016 - agosto 2031.

Actividades comprendidas

3. Programa de Promoción de Vehículos de GNV en las Regiones de Lima, Callao, Ica, Lambayeque, Piura, Ancash y La Libertad.
Detalles del Programa Anual de Promoción 2016 Objetivo del proyecto El monto total comprometido S/. 64'697,917 estimado Plazo de ejecución Fuente de financiamiento Inicio: 04 de julio de 2016 Final: 31 de diciembre de 2016 Recursos FISE ­ Ley N° 29852 Condición Conversiones vehiculares

Dirección General de Electrificación Rural, La entidad encargada de la Empresas Concesionarias de Distribución ejecución del proyecto Eléctrica y ADINELSA S.A. conforme al Decreto Supremo N° 036-2014-EM.

1398318-1

INTERIOR
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30037, Ley que previene y sanciona la violencia en los Espectáculos Deportivos
DECRETO SUPREMO N° 007-2016-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30037, Ley que previene y sanciona la violencia en los Espectáculos Deportivos, modificada por la Ley N° 30271, se establecen disposiciones aplicables para la prevención, seguridad interna y sistemas de vigilancia en tales espectáculos, así como el empadronamiento de barras, control de ventas de entradas e imposición de sanciones sobre la materia; Que, conforme a la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30037, el Poder Ejecutivo reglamentará la citada Ley; y, De conformidad con lo previsto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y la Ley N° 30037, Ley que previene y sanciona la violencia en los Espectáculos Deportivos; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del Reglamento Apruébese el Reglamento de la Ley N° 30037, Ley que previene y sanciona la violencia en los Espectáculos Deportivos, modificada por la Ley N° 30271, que consta de diez (10) capítulos, sesenta y cinco (65) artículos, y nueve (09)

1. Personas naturales, jurídicas y entidades públicas que sean propietarios de vehículos de la categoría M1 con las siguientes características: -Sistema de combustible a gasolina o GLP automotriz. -Tener una antigüedad no mayor a 10 años. Criterios para la -Haber aprobado la pre-inspección técnica determinación de realizada por el taller donde se realizará la beneficiarios de los conversión a GNV. Programas de Promoción -Solo se beneficiará con el Fondo FISE la de Masificación del Uso de conversión de GNV a un vehículo por propietario o Gas Natural vehicular arrendamiento financiero ­ leasing, para lo cual se (Informe N° 106-2016-MEM/ exigirá los documentos que acrediten. DGH) 2. Personas naturales, jurídicas y entidades públicas que sean propietarios de vehículos nuevos a gasolina destinados al servicio público de transporte de personas que se conviertan a GNV, cumpliendo los criterios señalados en el punto anterior. Criterios para la devolución Para todos los hogares a nivel nacional, el FISE de fondo FISE por los financiará el 100% de los costos de conversión de beneficiarios de los vehículos a GNV o la compra de vehículos nuevos Programas de Promoción que utilicen GNV. El financiamiento se recuperará de Masificación del Uso de en su totalidad más la tasa de interés legal efectiva Gas Natural vehicular determinada por la Superintendencia de Banca, (Informe N° 106-2016-MEM/ Seguros y AFP. DGH) El Administrador desarrollará las acciones y Actividades comprendidas gestiones necesarias para promover el programa (Informe N° 106-2016-MEM/ de promoción de vehículos de GNV (literal ii del DGH) numeral 10.6 del artículo 10 del Reglamento de la Ley del FISE)

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.