Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2016 (06/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Viernes 6 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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(fojas 15 -16), señalando que parte del predio en consulta se encuentra comprendido en zona donde no se aprecia información con antecedentes registrales; Que, siendo el área en consulta de 8 979,42 m², dado la existencia de superposiciones en el predio submateria, se efectúa el recorte a un área de 8 977,09 m²; Que, realizada la inspección técnica con fecha 17 de abril de 2015, se verificó (fojas 28) que se trata de un terreno de naturaleza urbana, topografía plana y suelo nivelado, sin edificaciones en su interior; y, cercado parcialmente con muro de ladrillos, únicamente en uno de sus lados, con frente a la carretera Panamericana Norte; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del predio de 8 977,09 m², de conformidad con el artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº1171-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 28 de setiembre de 2015 (fojas 29 a 32); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 8 977,09 m², ubicado a la altura del kilómetro 42 de la carretera Panamericana Norte, distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima; según plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral NºIX- Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese y publíquese.CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1376383-1 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 1026-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 20 de octubre del 2015 Visto el Expediente Nº 762-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 2 640 545,99 m², ubicado a la altura del km. 374 de la carretera Panamericana Norte, margen izquierda de la ruta Lima ­ Casma, distrito de Comandante Noel, provincia de Casma y departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional

de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 8 595 392,00 m², ubicado a la altura del km. 374 de la carretera Panamericana Norte, margen izquierda de la ruta Lima ­ Casma, distrito de Comandante Noel, provincia de Casma y departamento de Ancash, se encontraría sin inscripción registral; Que, efectuada la consulta catastral, con Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 04 de agosto de 2015 sobre la base del Informe Técnico Nº 0670-2015-Z.R.NºVII/ORC-OR-CASMA-R de fecha 03 de agosto de 2015 (fojas 12 al 14), la Zona Registral Nº VII-Sede Huaraz, señala que el predio se encuentra totalmente sobre ámbito que no se puede determinar sus antecedentes registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 25 de setiembre de 2015 (fojas 15) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular, árido, sin vegetación, el mismo que presenta suelo arenoso rocoso y una topografía accidentada en la zona occidental del predio por la presencia de un cerro, a la fecha de la inspección el predio se encontraba desocupado; Que, tomando en consideración que dentro del ámbito del predio de mayor extensión existen áreas que se encuentran en proceso de inscripción se procedió a redefinir el área materia de consulta a fin de ser incorporado a favor del Estado, el cual se ha determinado un área de 2 640 545,99 m², ubicado a la altura del km. 374 de la carretera panamericana norte, margen izquierda de la ruta Lima ­ Casma, distrito de Comandante Noel, provincia de Casma y departamento de Ancash; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 2 640 545,99 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 1269-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 20 de octubre de 2015 (fojas 21 al 22); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 2 640 545,99 m², ubicado a la altura del km. 374 de la carretera panamericana norte, margen izquierda de la ruta Lima ­ Casma, distrito de Comandante Noel, provincia de Casma y departamento de Ancash; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.

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