Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2016 (06/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Viernes 6 de mayo de 2016 /

El Peruano

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Autorizan viaje de funcionarios del INDECOPI a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 78-2016-INDECOPI/COD Lima, 20 de abril de 2016 VISTO: El Informe N° 010-2016/GCT de fecha 31 de marzo de 2016, emitido por la Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales (GCT); CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación electrónica de fecha 16 de marzo de 2016 la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) ha cursado invitación al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, para participar del 13 al 17 de junio de 2016, en las reuniones del Grupo de Trabajo sobre Competencia y Regulación ­ Grupo de Trabajo N° 2, Reunión del Grupo de Trabajo sobre Cooperación y Aplicación ­ Grupo de Trabajo N° 3, y Comité de Competencia de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), que se llevarán a cabo en la Ciudad de París, República Francesa; Que, las reuniones del Grupo de Trabajo sobre Competencia y Regulación ­ Grupo de Trabajo N° 2, Reunión del Grupo de Trabajo sobre Cooperación y Aplicación ­ Grupo de Trabajo N° 3, y Comité de Competencia de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) son organizadas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE); Que, participar en las reuniones del Grupo de Trabajo sobre Competencia y Regulación ­ Grupo de Trabajo N° 2, Reunión del Grupo de Trabajo sobre Cooperación y Aplicación ­ Grupo de Trabajo N° 3, y Comité de Competencia de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), permite la promoción de las actividades del Perú en materia de política de competencia, tomando en cuenta que participar en las reuniones de la OCDE, es parte de las evaluaciones que se hacen a los países que desean ser parte de la OCDE, siendo la participación del Perú, parte de sus obligaciones internacionales; Que, en el año 2014, se suscribió el Acuerdo de Cooperación y el Memorando de Entendimiento entre la República del Perú y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para la implementación del "Programa País", teniendo como objetivo establecer las condiciones para una cooperación mutuamente benéfica entre el Perú y la OCDE orientado a promover la adhesión a los instrumentos de la OCDE y la efectiva implementación de los estándares y mejores prácticas de la OCDE, así como avanzar en la agenda de reformas del Perú en diferentes áreas de políticas públicas, en particular en las áreas de emparejamiento del crecimiento económico sostenible con la inclusión social, fortalecimiento de la competitividad y la diversificación de la economía nacional, incrementando la efectividad de las

instituciones públicas y alcanzando mejores resultados ambientales; Que, asimismo, como parte del citado Acuerdo se firmó el Memorando de Entendimiento relativo al Programa País en mención, el cual establece el detalle de las actividades que forman parte del Programa País acordado con el Perú y se desarrolla a partir de compromisos asumidos respecto a tres tipos de actividades: i) el estudio y la revisión de las políticas públicas y de la institucionalidad de sectores, ii) la adhesión a prácticas estándares e instrumentos legales internacionales, iii) la participación en las sesiones de diversos comités y grupos de trabajo de la OCDE; Que, el Perú - a través de INDECOPI ­ es miembro Participante del Comité de Políticas de Competencia de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y mantiene un elevado interés de ser admitido como miembro pleno de dicho organismo internacional; por lo que, se requiere su participación activa en sus reuniones y su labor, inclusive proporcionando la información que pueda requerir el órgano, debiendo cooperar con las funciones del mencionado comité y de los foros vinculados; Que, es así que, siendo la promoción de la libre competencia una de las políticas públicas más importantes para el desarrollo económico del país; el Perú, a través del INDECOPI, participa en diversas actividades para la promoción y defensa de la competencia y la competitividad de las empresas e instituciones peruanas, entre ellas, los foros OCDE; Que, participar en las reuniones del Grupo de Trabajo Nº 2 sobre Competencia y Regulación, el Grupo de Trabajo N° 3 sobre Cooperación y Aplicación, y Comité de Competencia de la OCDE permite la promoción de las actividades del Perú en materia de política de competencia, tomando en cuenta que participar en las reuniones de la OCDE, es parte de las evaluaciones que se hacen a los países que desean ser miembros, siendo la participación del Perú, parte de sus obligaciones internacionales; Que, el INDECOPI ha sometido a consideración la participación en las reuniones del Grupo de Trabajo Nº 2 sobre Competencia y Regulación, del Grupo de Trabajo N° 3 sobre Cooperación y Aplicación, y Comité de Competencia de la OCDE, a la señora Ena María Garland Hilbck, Presidente de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC), y al señor Juan Manuel Rivas Castillo, Ejecutivo 1 de la Gerencia de Estudios Económicos (GEE), a fin de de abordar temas de carácter institucional que coadyuvarán a la incorporación del Perú a la OCDE; Que, de conformidad con lo expuesto, el viaje de representación de la señora Ena María Garland Hilbck, y del señor Juan Manuel Rivas Castillo resulta de interés nacional para la promoción de las actividades del Perú en materia de política de competencia y en el deseo de incorporación del Perú en la OCDE como miembros plenos, por lo cual se estima necesario autorizar su participación en los eventos a realizarse en la ciudad de París, República Francesa, disponiéndose, para tal efecto, que los gastos por concepto de pasajes y viáticos en los que incurran los mencionados funcionarios, sean asumidos íntegramente por el INDECOPI; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y, el inciso g) del Artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0092009-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 1072012-PCM; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Ena María Garland Hilbck, Presidente de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del Indecopi y del señor Juan Manuel Rivas Castillo, Ejecutivo 1 de la Gerencia de Estudios Económicos (GEE), del 11 al 18 de junio de 2016, a la ciudad de Paris, República Francesa.

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