Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2016 (12/05/2016)


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NORMAS LEGALES

Jueves 12 de mayo de 2016 /

El Peruano

· Resumen Ejecutivo: Es una breve síntesis de los aspectos más importantes contenidos en el Reporte. · Organización de la Entidad: Comprende la norma de creación, funciones, responsabilidades y organigrama. · Misión, visión, valores, objetivos, estratégicos y políticas institucionales. ejes

marco legal detallado en la referida Directiva y sus modificatorias; salvo plazos distintos establecidos por los Entes Rectores de los Sistemas Administrativos previstos en el Anexo Nº 03. Dichos Reportes deben estar debidamente suscritos por los responsables de las unidades orgánicas correspondientes (esta tarea es aplicada según corresponda). V. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

· Información respecto al cumplimiento de las funciones principales: - Estado Situacional al inicio de su gestión: Descripción de la situación en la cual fue encontrado el MTC, sus organismos públicos, proyectos especiales y fondos adscritos en julio de 2011. Se deberá considerar el estado de desarrollo de los proyectos, el avance en actividades relevantes, las gestiones institucionales, los asuntos de importancia sectorial y la situación de la ejecución presupuestal. - Estrategia diseñada en la gestión para el cumplimiento de las funciones establecidas en la Ley N° 29370 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En el caso de los Organismos Públicos adscritos, deberá tomarse en cuenta las funciones establecidas en sus respectivas normas de creación. - Objetivos y metas por función establecidas en su gestión: Debe tomarse en cuenta lo señalado en los Planes Operativos Institucionales del periodo comprendido entre el año 2011 y el año 2016. Desarrollar lo más relevante. Considerar las obras, actividades y otras intervenciones en proceso, lo que incluye la descripción de las actividades y obras en ejecución (consignar estado), el presupuesto total y el presupuesto ejecutado a la fecha de entrega de la información. Se considerará las obras y actividades convocadas. Asimismo, considerar obras, actividades y otras intervenciones por iniciar durante el año 2016, indicando el estado del proceso y, de corresponder, la fecha de otorgamiento de buena pro o del inicio de obra o actividad. Se considerará las obras y actividades por convocar. - Resultados obtenidos al final de la gestión: Considerar los principales logros alcanzados y obras realizadas durante la gestión 2011 ­ 2016, así como las normas de impacto nacional y sectorial propuestas y que fueron aprobadas por el Sector. - Asuntos urgentes de prioritaria atención: Relación de las acciones que requieren de atención prioritaria. Incluir las recomendaciones y sugerencias a fin de orientar a las autoridades entrantes respecto de las funciones que asumen y propiciar la continuidad del servicio o de las actividades a su cargo. · Resumen de información principal sobre: - Presupuesto, se deberá considerar el Presupuesto Institucional de Apertura ­ PIA y el Presupuesto Institucional Modificado - PIM y el nivel de ejecución. Esta información deberá concordar con la información presupuestal del Pliego. - Contabilidad. - Recursos Humanos, considerar la modalidad de contratación. Esta información deberá concordar con la proporcionada por la Oficina de Personal o la que haga sus veces. - Infraestructura. - Mejoras en el Servicio al Ciudadano. · Firma del Titular del MTC o de los organismos públicos adscritos, según corresponda, o de la autoridad encargada, de ser el caso. b. REPORTE DEL ESTADO SITUACIONAL DE LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS: Los Reportes de los Sistemas Administrativos deben ser presentados de acuerdo a los Anexos tres (3) al doce (12) de la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD "Lineamientos preventivos para la transferencia de gestión de las entidades del Gobierno Nacional", aprobada por Resolución de Contraloría Nº 088-2016CG con información al 30 de junio de 2016 y según el

5.1 Para elaborar el Informe para la Transferencia de Gestión, los funcionarios públicos responsables de los órganos, proyectos especiales, fondos, consejos y comisiones adscritas al MTC, deben elaborar los Reportes Misionales y los Reportes de Estado Situacional de conformidad con lo señalado en la Directiva Nº 0032016-CG/GPROD "Lineamientos preventivos para la transferencia de gestión de las entidades del Gobierno Nacional", aprobada por Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG, los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo por el periodo 2011-2016 aprobados por Decreto Supremo Nº 022-2016PCM y los presentes Lineamientos. 5.2 Las entidades y órganos incluidos en el alcance de los presentes lineamientos, deberán remitir la información requerida por el Grupo de Trabajo temporal encargado de la elaboración del Informe Sectorial para la Transferencia de Gobierno, período 2011 ­ 2016 o por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de Secretaría Técnica, en los plazos establecidos por éstas y en forma impresa (debidamente visada), incluyendo la versión digital en PDF y el archivo digital de origen (Word, Excel, etc.), según corresponda. 5.3 En caso que se demuestre que la Autoridad saliente, la Autoridad encargada, la Autoridad entrante, el Grupo de Trabajo, el Equipo Revisor, la Comisión de Transferencia de Gestión, los funcionarios y los servidores de la entidad realicen actos orientados a ocultar información, entorpecer, impedir, incumplir u omitir las obligaciones previstas en los presentes Lineamientos, quedarán sujetos a la responsabilidad administrativa o responsabilidad penal reguladas en la normativa respectiva, correspondiendo en este último caso poner los hechos a conocimiento del Ministerio Público. Lo señalado anteriormente, no incluye las limitaciones legales existentes para entregar información pública, conforme a lo señalado en la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Nº 29733 - Ley de Protección de Datos Personales, sus respectivos Reglamentos u otras normas análogas. VI. RESPONSABILIDADES Los Grupos de Trabajo conformados para la Transferencia de Gestión 2011 ­ 2016 en el MTC y los Organismos Públicos; así como los organismos públicos adscritos, órganos, proyectos especiales, fondos, consejos y comisiones del MTC, son responsables de la aplicación de los procedimientos y plazos establecidos en la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD "Lineamientos preventivos para la transferencia de gestión de las entidades del Gobierno Nacional", aprobada por Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG, los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo por el periodo 2011-2016 aprobados por Decreto Supremo Nº 0222016-PCM y los presentes Lineamientos. 1378390-1

Declaran resuelto Contrato de Concesión Única suscrito con la empresa TUVES PERÚ S.A.C. para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, aprobado por R.M. N° 002-2010-MTC/03
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 298-2016 MTC/01.03 Lima, 9 de mayo de 2016

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