Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2016 (12/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Jueves 12 de mayo de 2016 /

El Peruano

Artículo 5.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo 6.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES SEÑOR DE LOS MILAGROS E.I.R.L. - ECO-MILAGROS E.I.R.L., los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUMBERTO VALENZUELA GÓMEZ Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1375446-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de Moquegua, Lima, Cajamarca, Ancash e Ica
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 1167-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 26 de noviembre del 2015 Visto el Expediente Nº 1022-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 3 015,98 m², ubicado al margen derecho de la carretera Panamericana Sur, altura del Km 1163 (Tramo Moquegua ­ Ilo) en la margen izquierda del río Moquegua, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua;

ORGANISMOS EJECUTORES

INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR
Designan Director de la Oficina Planeamiento y Presupuesto del IPEN
INSTITUTO PERUANO DE ENERGÍA NUCLEAR RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 083-16-IPEN/PRES Lima, 11 de Mayo de 2016 VISTO: La Resolución de Presidencia N° 056-16IPEN/PRES de fecha 31 de marzo de 2016, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 056-16IPEN/PRES de fecha 31 de marzo de 2016, se encargó al señor Luis Alberto Espinoza Gómez las funciones de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Peruano de Energía Nuclear ­ IPEN; Que, es necesario efectuar acciones de personal; De conformidad con la Ley Nº 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos y los artículos 9º y 10º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano de Energía Nuclear, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2005-EM; Con los vistos de la Secretaria General y de la Directora de la Oficina de Asesoría; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, la Resolución de Presidencia N° 056-16-IPEN/ PRES, agradeciendo al señor Luis Alberto Espinoza Gómez por los servicios prestados a la institución. Artículo Segundo.- Designar, a partir de la fecha, al señor Richar Natividad Antonio Castillo en el cargo de confianza de Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Peruano de Energía Nuclear ­ IPEN. Artículo Tercero.- La Unidad de Recursos Humanos queda encargada de las acciones correspondientes. Artículo Cuarto.- Publicar la presente Resolución en las Normas Legales del Diario Oficial "El Peruano", así como en la página web del IPEN. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA PETRICK CASAGRANDE Presidente Instituto Peruano de Energía Nuclear 1378833-1

de

CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 3 015,98 m², ubicado al margen derecho de la carretera Panamericana Sur, altura del Km 1163 (Tramo Moquegua ­ Ilo) en la margen izquierda del río Moquegua, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua; Que, efectuada la consulta catastral, la Zona Registral Nº XIII- Sede Tacna, remitió el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 21 de setiembre del 2015 sobre la base del Informe Técnico Nº 1550-2015-ZRNº XIII/UREGORM-R de fecha 16 de setiembre de 2015 (fojas 25 al 27), señala que el predio se encuentra totalmente sobre ámbito que no se puede determinar sus antecedentes registrales; Que, el tercer párrafo del artículo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 097-2013-SUNARP-SN señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspección técnica con fecha 22 de octubre del 2015 (fojas 29), se verificó que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular, presenta relieve ligeramente ondulado, topografía con pendiente entre 5% a 10% aproximadamente, la textura del suelo es arenoso, su acceso al predio es por trocha carrozable; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del predio de 3 015,98 m², de conformidad con el artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva

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