Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2016 (14/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Sábado 14 de mayo de 2016 /

El Peruano

interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar al señor JOSÉ EDUARDO SAMANEZ PACHECO el Permiso de Operación para realizar Otras Actividades Aeronáuticas ­ Aerodeportivo de acuerdo al inciso d) del Artículo 167º de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de acuerdo al siguiente detalle: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Otras Actividades Aeronáuticas ­ Aerodeportivo. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - ROTORWAY A600 TALON / RW 162f Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas al señor JOSÉ EDUARDO SAMANEZ PACHECO deben adecuarse a lo señalado por las Regulaciones Aeronáuticas del Perú ­ RAP Nº 103. Artículo 3º.- El presente permiso de operación que se otorga al señor JOSÉ EDUARDO SAMANEZ PACHECO no autoriza la realización de actividades comerciales. Artículo 4º.- El presente Permiso de Operación será revocado de inmediato en forma automática, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolución. Artículo 5º.- Si la administración verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección General de Aeronáutica Civil, procederá conforme a lo señalado en el Artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 6º.- El señor JOSÉ EDUARDO SAMANEZ PACHECO deberá respetar la riqueza cultural, histórica y turística que sustenta la buena imagen del país. Artículo 7º.- El presente Permiso de Operación queda sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil del Perú - Ley Nº 27261 y su Reglamento, la Regulación Aeronáutica del Perú; y demás disposiciones legales vigentes, así como a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil 1350912-1

VISTOS, el Informe Nº 016-2016-VIVIENDAOGGRH, el Informe Nº 074-2016-VIVIENDA-OGA, el Informe Nº 004-2016-VIVIENDA-OGA-JCBV, el Informe Nº 00013-2016-VIVIENDA-OGA-OT-EC, y la Carta Nº 589-2015-VIVIENDA-OGGRH; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor y del Auxiliar Coactivo; se efectuará mediante Concurso Público de Méritos; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27204, Ley que precisa que los cargos de ejecutor y de auxiliar coactivo no son cargos de confianza, establece que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, no implica que dichos cargos sean de confianza; Que, mediante Informe Nº 074-2016-VIVIENDAOGA, la Directora General de la Oficina General de Administración (OGA), remite el Informe Nº 65-2016-VIVIENDA-OGA-OT del Director de la Oficina de Tesorería de la OGA, que adjunta el Informe Nº 00013-2016-VIVIENDA-OGA-OT-EC; asimismo, hace suyo el Informe Nº 004-2016-VIVIENDA-OGA-JCBV, por el cual se propone el proyecto de Resolución Ministerial que da por concluida la designación del Ejecutor Coactivo y del Auxiliar Coactivo del MVCS, y designa a las personas que los reemplazarán; Que, mediante Informe Nº 016-2016-VIVIENDAOGGRH, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, señala que a través de los respectivos procesos de Contratación Administrativa de Servicios se realizaron las convocatorias públicas para la contratación de un Ejecutor y de un Auxiliar Coactivo, resultando ganadores los abogados Rolando José María Morales Torres y Jhony Alex Chuquipoma Facho, respectivamente; Que, con Resolución Ministerial Nº 054-2015-VIVIENDA, se aprueba el Manual de Clasificación de Cargos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y con Resolución Ministerial Nº 219-2015-VIVIENDA, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los mismos comprenden dichos cargos; Que, en consecuencia procede designar al Ejecutor y al Auxiliar Coactivo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS; y el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida con eficacia anticipada al 01 de enero de 2016, la designación del abogado Jesús Alberto Liceras Esquivel, como Ejecutor Coactivo del Ministerio de Vivienda, Construcción y saneamiento. Artículo 2.- Dar por concluida con eficacia anticipada al 23 de febrero de 2016, la designación del abogado Rolando José María Morales Torres, como Auxiliar Coactivo del Ministerio de Vivienda, Construcción y saneamiento. Artículo 3.- Designar con eficacia anticipada al 23 de febrero de 2016, al abogado Rolando José María Morales Torres, como Ejecutor Coactivo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Designan Ejecutor y Auxiliar Coactivo del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 111-2016-VIVIENDA Lima, 12 de mayo de 2016

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